domingo, 25 de marzo de 2012

la traición es propia de la raza COBRIZA

LA TRAICIÓN ES PROPIA DE LA RAZA COBRIZA
Don Isaac Humala, se jacta de la supremacía de la raza cobriza, pero, "por sus hechos los conocerás" -dice la Biblia-  la conducta de la panaca gubernamental,  íntegramente cobriza, nos demuestra que tal supremacía no existe, sino, por el contrario, la raza cobriza carece de moral y la traición es consustancial con su propia existencia. La raza cobriza sucumbió en la historia, por las traiciones que existieron entre Huáscar y Atahuallpa y los generales de ambos, que, sumados al "Felipillo", facilitaron la entrada de los europeos en este reino cobrizo.
Para abreviar, destaco la traición de nuestros militares, que nos dejaron a nuestra suerte en la guerra del Pacífico y que los chilenos nos recuerdan con sorna. Cada tribu peleaba por su caudillo y nadie peleó por el Perú. Recientemente, recuero la traición de Morales Bermúdez a Velasco Alvarado, en Tacna, en 1975,  el vuelco total que ha dado Ollanta  Humala traicionando a sus electores, no cumpliendo ninguna de sus promesas, teniendo en cuenta su propaganda: "Tienes mi palabra", la cual también ha traicionado, lo que exalta su condición de traidor nato y contra sí mismo.
Hoy, el mundo es testigo de esa naturaleza traicionera de la raza cobriza, pues, si no querían que los albiones vengan al Perú,  desde un principio se lo hubieran hecho saber y rechazar cualquier contacto, pero no decir sí y no, esto es, aceptar que la nave de guerra venga a Perú y cuando ya estaba en alta mar, denegar su ingreso. Esa traición habla por sí sola.
A la panaca cobriza no les importa dónde podrán repostar combustible y alimentos los marineros  de esa nave guerrera en medio del  mar.
En estos días la Televisión nos ha mostrado a una mujer que tuvo dos hijos de un cachudo que científicamente no puede tener hijos y  al entrevistar a la fémina cobriza, ésta traidora, lejos de mostrar arrepentimiento, agrede verbalmente al traicionado.
Así pasa con los cobrizos que piden una oportunidad para trabajar y, cuando tienen remuneraciones para no morirse de hambre,  traicionan  al país, y se prodigan  en la coima, la malversación y el saqueo de las arcas del Estado. Sin ninguna clase de moral, la raza cobriza- ya está demostrado, no es la superior, sino la más envilecida de las razas que hay en el Perú.
Que les aproveche a los cobrizos Humala, en Ppalacio y en la cárcel, lo mismo da. Y que esta desenmascarada les sirva de campanazo de alerta a los capitalistas, para que se curen en salud, de la pronta traición que les depara la panaca de don Isaac

miércoles, 21 de marzo de 2012

VARGAS LLOSA Y SU DEMOCRACIA SIN POPULISMOS

VARGAS LLOSA  Y LA DEMOCRACIA SIN POPULISMOS 
Qué pena que Vargas Llosa haya vivido tan empecinado en ganar un Nobel, que se dedicó a escribir novelas en base a su vida privada, que al final se ha metido a vivir una novela, muy apartado de la realidad peruana, y así afirmar, sin pizca de contenido analítico político, que vivimos la mejor democracia y completa el sinsentido, pidiendo que no se caiga en populismos.
Craso error.
Demo viene del idioma griego y significa pueblo. Su correlato en idioma latín, es "populi" por lo que tanto democracia, como populismos, se refiere al gobierno por y para la mayoría, en este caso, el pueblo. No es posible pues afirmar que vivimos la mejor democracia, y pedir que se gobierne sin tomar en cuenta las necesidades del pueblo. Vargas Llosa está fuera de la realidad. y como la mayoría de indígenas peruanos, cree que un título (premio Nobel) le da autoridad para opinar como un erudito en todo. El temido "sabiondo" que tanto daño ha hecho al proyecto de transformación nacional. Acá todos son sabios y con un conocimiento apenas epidérmico de cualquier ciencia o técnica, hacen afirmaciones apodícticas acerca de temas en los cuales son neófitos. Recuérdese el discurso del verborrágico Alan García, recetando la nanología para el desarrollo nacional. También recuérdese que a Víctor Raúl Haya de la Torre, alguien le dijo que tenía un mar de conocimientos, pero de un centímetro de profundidad.
Tal afirmación le cabe, como anillo al dedo, al comentarista político Mario Vargas Llosa, que  que desluce su título como premio Nobel y lo convierte en un comentarista novel.
La afirmación de Vargas Llosa, me recuerda a María Antonieta, la Reina de Francia que de política no sabía nada y por su estupidez de opinar sin profundidad, perdió la cabeza.
No es posible que exista la mejor democracia, cuando el hermano del Presidente goza de privilegios en una cárcel dorada, cuando la esposa del Presidente se entromete en los asuntos de gobierno, sólo porque su marido es quien gobierna, y cuando todos los funcionarios públicos, sin excepción, se someten servilmente a la voluntad del gobernante de turno, sin hacer respetar sus fueros, y donde el presidente gobierna el país como si fuera su chacra.
No es posible la democracia, cuando los funcionarios públicos no respetan la dignidad de los ciudadanos y disponen de la cosa pública como si los ciudadanos no existieran y toman decisiones sin tomar en consideración la voluntad de la mayoría, ni la imperatividad de la ley y los jueces demoran la expedición de sentencias, esperando el visto bueno de sus superiores, para que no se las vayan a revocar o sancionarlos por haber fallado en contra de algún amigo o influyente de los magistrados de más alto nivel.
No hay democracia, cuando el Presidente calla ante las evidencias de corrupción enquistadas en todos los estamentos del Estado, y declara que éstos son temas menores, y no aclara cuáles son los temas mayores, porque, en la realidad, no existe ninguna obra de envergadura, ni siquiera planes para prevenir los desastres, a pesar que el sismo de Pisco, de 2007, ha demostrado que cuando no existe planificación, no es posible ninguna reconstrucción y si no ha aprendido de la desgracia, menos va a aprender de los éxitos económicos que nos va deparando el sistema capitalista universal. El Perú, camina a la deriva y todos callan, porque es la lógica del sistema. Callan los cobardes, en cambio guardan silencio los prudentes. Y en esta seudo democracia (verdadera Oligarquía) no existe ninguna persona prudente. Vale decir, todos son cobardes, que callan ante el Poder de la corrupción, por la avidez del dinero que tiene la gran mayoría de seudo políticos que nos gobiernan.
No es posible la democracia, cuando a los pobres no se les dice la verdad, sino que se les engaña con vanas promesas e ilusiones de prestidigitadores, para hacerles creer que pronto se les resolverá los problemas de la comunidad, con la certeza del oferente que nunca se hará realidad lo prometido.
No es posible la democracia, cuando no existen partidos políticos que propongan una ideología, para que el pueblo se organice y trace su destino, y nos gobiernan oportunistas, que se unen con el fin de participar en un proceso electoral y luego se esfuman o cambian por otro nombre. sin ideologías, ni doctrina, no es posible establecer las fuerzas políticas, que renueven las ideas del país, y creen corrientes de opinión y fundamentalmente, tengamos interlocutores válidos para discutir los temas del Estado, (determinen cuáles son los temas prioritarios y cuáles son los temas menores).
El Perú, para mal del Premio Nobel, tiene una realidad plagada de traiciones, componendas y corrupción. Y lógicamente, donde hay corrupción, no hay democracia, porque todo se vende, todo se compra y siempre, el perjudicado es el pueblo, porque la mayoría, no tiene dinero para comprar justicia y menos la conciencia de quienes la administran. Como abogado, desafío a Vargas Llosa, que demuestre cómo opera la "mejor democracia que existe en el Perú", en el Poder Judicial, el Ministerio Público, el Congreso, el Consejo de Ministros, y demás instituciones administrativas donde cada uno, sin que el Presidente se lo pida, está ansioso por agradarlo y hacer su voluntad, y al final, el Presidente descubre que tiene un poder omnímodo sobre todos los servidores públicos, que se han convertido en sus siervos, sin que lo declaren públicamente el vasallaje, como en la antigüedad, y sin que los obligue a postrarse de rodillas, lo que significa la tiranía, embozada tras el pañuelo del mago que nos distrae y no nos deja ver la realidad.

lunes, 19 de marzo de 2012

Cuando los imbéciles toman el poder

 El antiguo Código Maúrtua calificaba a la mayoría de peruanos como salvajes y semicivilizados y en "La Rebelión de las Masas" Ortega y Gasset determina que el hombre masa es dañino para sí mismo. "Destruye aquello que más le va a servir", dice el filósofo. En el aprendizaje del Derecho, por ahí leí que el imbécil no puede determinarse por la consecuencia de sus actos. Y bueno, en el Perú, la mayoría de los que hoy gobiernan, pueden encajar perfectamente dentro lo la tipología que he mencionado. Son tan imbéciles, que no se dan cuenta de que lo son. El imbécil es la categoría más leve de los deficientes mentales, y son tan imbéciles, que no tienen la solidez del estúpido, que se comporta con mayor eficiencia de su estado deficiente que todo el mundo lo puede apreciar. Y es menos perfecto que el idiota, cuyo estado de deficiente mental nadie lo puede poner en duda. Pero el imbécil es un idiota imperfecto y un estúpido ineficiente, por lo que la gente se confunde y en la mayoría de los casos  no los puede identificar como deficientes mentales.
El imbécil, pues, tiene una apariencia física de un ser normal. Sus gestos y ademanes son los de un sujeto normal. La diferencia entre un imbécil y un ser normal, es que éste tiene inteligencia y objetividad, es decir,  sabe relacionar medios con fines y que la realidad está fuera de su cabeza. En cambio el imbécil, cree que las tonterías que bullen en su cerebro, son cosas de la vida real, que las cosas tienen que ser así, como los concibe en su magín y no de otra forma y carece de la capacidad para relacionar los medios con los fines.
Ejemplos: Hace años, se publicó la noticia de que un conductor de moto car, subió en su vehículo a sus padres, esposa, hijos y unos hermanos, en total nueve personas, para ir, desde su cerro, a la playa. En su magín, imaginó que podía conducir perfectamente a todos, en el endeble vehículo, que los frenos y engranajes los habían fabricado para soportar cualquier peso, y que tenía la capacidad suficiente para conducir el vehículo de bajada, desde un cerro con pendientes de hasta 40 grados. El asunto es que la realidad le demostró lo contrario. Cuando tomó velocidad, la moto car no la pudo detener con toda su pericia, con todo su peso sobre los frenos, y con todos los gritos horrorizados de sus familiares. al tomar la primera curva, el vehículo siguió la línea recta y se desbarrancó.  Murieron todos. Así como ese imbécil, hay gente que cree que tiene capacidad para gobernar un país, sólo porque algunos otros imbéciles le dicen que son conocidos, que tienen gente y que pueden gobernar.
Sin ideas, sin ideologías, sin doctrina, se lanzan a la política y creen poder resolver todos los problemas de su pueblo, con apenas unos años de estudios primarios, con suerte, con una secundaria completa y, raramente, con estudios universitarios incompletos o concluidos a la torera. Después, cuando ganan el proceso electoral, no saben qué hacer y comienzan los errores clásicos y predichos por los sabios. "El inteligente previene, el torpe (ignorante o más exacto, el imbécil) se lamenta (llora sobre la leche derramada) y comienza por destruir lo que les es más útil.
Así, por la arrogancia conque dejan en evidencia su ignorancia, se creen reyes o dioses, se apartan del pueblo que les dio su voto para que lleguen a ser autoridades, y con su conducta despreciable y vil, y sus represalias contra todos aquellos que no son de su simpatía,  destruyen la democracia, que es el sistema que les ha dado razón de su existencia, envilecen la administración pública, incluido el servicio de justicia y hacen que el pueblo, en revancha, elija a otros peores, para que se termine de fregar el sistema, "agudizar las tensiones sociales", dicen los comunistas, de tal forma que cada dia el sistema se envilece, se pervierte más, hasta llegar al estado actual, en el cual, ya nadie confía en la democracia y están a la espera de un cambio, el que sea, con tal de terminar con éste. he ahí la razón de tanta violencia. Ahí la explicación del incremento del índice de criminalidad. Ahí la razón por la cual la juventud ha preferido el camino de vicio y la degradación. Esa es la consecuencia de elegir a imbéciles, para que gobiernen. Como dije al principio, Tales imbéciles no pueden determinarse por la consecuencia de sus actos. Actúan y listo. para ellos no existe más razón que su propia voluntad.

viernes, 16 de marzo de 2012

EL GOBIERNISTA BAMBAREN

Monseñor Bambarén cree que todos tenemos su mala memoria y sin que nadie se lo pregunte, afirma que sus comentarios a favor del gobierno las hace porque si, que muchos dirán que es gobiernista, pero que no lo es. Pero, los que vivimos la masacre contra la G.Cy saqueo a Lima el 5 de febrero de 1975, sabemos lo gobiernista y rastrero que es Luis Bambarén. Aún recordamos cómo es que el 4 de febrero a las 3 de la tarde pidió a los oficiales de la GCy cadetes amuallados dentro de las comisarías de la calle Bolívar y 28 de Julio en la Victoria, fueron convencidos por el curita, para que le entreguen las armas, para-. según él- dar muestras de voluntad de diálogo y se comprometió a hablar con Pedro Ritcher, para buscar la solución pacífica a la huelga policial. Los policías le creyeron y a las cinco de la tarde salió Bambarén de la 29º Comandancia en un camión del ejército llevándose fusiles, revólveres y hasta espadas, que entregó al Ministro del Interior y a las tres de la mañana del cinco de febrero, llegaron los tanques y soldados del ejército, pidiendo que los desarmados GC se rindan. Como los heroicos GC no dieron respuesta, un tanque rompió la puerta de la comisaría que da a la calle Bolívar, ingresó al patio, aplastando dos patrulleros que la PNP había puesto para trancar la puerta, que el tanque dejó como latón aplastado, y estacionado en el forado, comenzó a ametrallar a los efectivos inermes, que, sin posibilidad de resistir, murieron ametrallados, cantando el himno de la Guardia Civil. No quedó ninguno vivo en el patio de honor, y cerca de las seis de la mañana llegaron camiones del E.P. y se llevaron los cuerpos para enterrarlos en un lugar cercano al río Rimac. posteriormente, llegaron camiones cisterna y lavaron la sangre. A eso de las ocho de la mañana, cuando la gente llegaba a curiosear, los del E.P. se vistieron con uniformes de la GC. y se pusieron cascos, para ocultar la cara y hacer creer que nada había pasado, pero la gente de la Victoria acusó el engaño y comenzaron a tirar piedras a los soldados disfrazados, gritando que eran traidores y asesinos disfrazados, la gente salió por cientos y después por miles a las calles y empezando por la calle 28 de Julio fueron hacia el cuartel del comando conjunto de las FFAA, y cerca de la Plaza J. Chávez, se apostaron los tanques, amenazando a la geste con matarlas igual que a los de la GC, apuntando las ametralladoras contra el tumulto, entonces la gente incendió el Banco de la Nación de 28 de Julio y Petit Thouars, luego unos camiones del E.P. estacionados frente al Ministerio de Transportes, prendieron fuego al mismo Ministerio y se fueron por el diario el Correo, que incendiaron y de ahí se fueron por la Av. Garcilaso, hasta el centro. El saqueo fue bárbaro y se robaban hasta las tazas de los WC, dejando las casas limpias hasta de cordones de luz. utilizaban para abrir las puertas de fierro de las tiendas, el cuerpo de las persona más débiles que utilizaban como arietes.  Después, la Iglesia sacó a relucir un documento que seguidamente copio:

ARZOBISPADO DE LIMA

Plaza de Armas
Apartado 1512
Lima Perú.

Lima, 7 de febrero de 1975
Querido Padre Párroco:

Le remito el (comunicado al arzobispado de Lima) firmado por el señor Cardenal, para ser leído en las misas del domingo 9.
Para conocimiento de los agentes pastorales y no para ser leído en público, le informo de la participación de la Iglesia previa a los lamentables hechos del miércoles cinco.
1°.- El martes por la tarde una comisión de la guardia civil en huelga, pidió mi intervención para plantear ante el ministerio del Interior los pedidos siguientes:
a)      Mejora de sueldos (para el bienio 75-76, sólo recibirían un aumento de S/. 400.00)
b)      Mejor trato.
c)      Paso de la mutualista de subalternos de la GC a manos de ellos,  previa auditoría.
d)      No represalias contra el personal en paro.

2°.- Hechas las gestiones, los puntos b) y c) estaban aceptados. Los puntos a) y d) dependían del concejo de Ministros y que el propio ministro del Interior ya había dialogado con los interesados en la comandancia 29° a las 10 de la mañana.
Insista en la real y precaria situación de los subalternos que explicaba la acción y la necesidad de atenderles en justicia.
...................................................................
Estuve ...... con....... trato directo con el personal en huelga.
A las 3 a.m. cuando ya los tanques y las tropas rodeaban la Comisaría 29°, al ministerio del Interior, planteando .
a)      Que no atacase el ejército para evitar derramamiento de sangre
b)      Que el personal está demandando en la Comandancia.
c)      Que aceptan salir para evitar el enfrentamiento y posibles muertos.

Se me respondió que en ese momento salía personalmente el Ministro para evitar el derramamiento de sangre.
4 El ataque empezó a las 3.30 y 4 a.m. a las 5 a.m. Monseñor. Alcides Mendoza y yo, fuimos al lugar de los hechos, cuando aún seguían los disparos. Atendimos a los heridos que fueron trasladados al hospital militar, 4 al hospital de policía y 1 al hospital dos de mayo. Atendimos a todos. Ofrecimos visitar a sus familiares e indicamos que cualquier gasto en medicina no se les cargase a su sueldo, sino que se nos pasase la cuenta.
Creemos que en el momento oportuno la Iglesia ha intervenido a solicitud de los interesados, dentro de la línea pastoral, de compromiso y de evitar situaciones de violencia que lesionan la paz. Durante la vigencia del “toque de queda”, la última misa conviene que termine a las siete p.m.
                                                                       Afectísimo en Cristo.

                                                                                  Luis A. Bambarén C.
                                                                                  Obispo Auxiliar
Tome como referencia que de cerca de 300 GC que estaban en las comisarías y de no se cuántos cadetes, el curita da cuenta de solo 5 heridos, que tal vez sea un dato falso, porque no hubieron sobrevivientes.
Esto lo informo para que no se olvide, ninguno de lo que lee mi blog, qué clase de gobiernista es el párroco de Lima, monseñor Bamba- rén.

miércoles, 14 de marzo de 2012

TIENEN OJOS Y NO VEN LA JUGADA DE LOS HNOS. HUMALA
No se cómo es posible que los periodistas limeños, que se creen lo máximo, ni los grandes empresarios, que se supone tienen los mejores asesores políticos, no se han dado cuenta la jugada de los hermanos Humala.
Si tenemos como antecedentes la gran ambición de Isaac Humala, de establecer un gobierno cobrizo; que todos sus hijos han sido criados para gobernar (esto significa el establecimiento de una panaca imperial incásica), y que el loco (no tan loco) Antauro ha demostrado ser el brazo armado del humalismo (el poder nace del fusil) fácil es advertir que toda la familia trabaja de consuno y común acuerdo en todo y para todo.
Entonces, habiendo tomado el poder, por la vía democrática y estar jugando a ser buenito con los inversionistas, por el lado de Ollanta, manteniendo una línea de comunicación con Rusia y países que comulgan con sus idéas, por parte de Ulises, y la voluntad de mantenerse como militar activo, de Antauro, ya estamos todos cogido por los huérfanos, porque si el Congreso se pone bravo contra Ollanta, éste cumple su objetivo de cerrar el Congreso y convocar a una Asamblea Constituyente, para hacerse la Constitución a su medida, como lo ha hecho Ecuador y Venezuela, por ejemplo.
Y si el congreso, evaluando dicha posibilidad, no hace nada, entonces los Humala tendrán camino libre para ejecutar el otro plan siniestro. Trabajar a los oficiales de las Fuerzas Armadas, para tomar el poder por la fuerza, mediante un golpe de estado, (que es un programa difundido a diestra y siniestra por Antauro) y entonces, los tontos capitalinos recién se darán cuenta que fueron tontos útiles de un plan, largamente preparado.
Llevar a Antauro Humala al cuartel donde se encuentra  el comando de instrucción y doctrina del ejército no es una gollería, es la ejecución de un plan, para poner a Antauro en contacto con los militares que van a complotar con él, para tomar el poder por las armas, sin el riesgo de que otras personas vean las reuniones de planificación, elucubración, deliberación y ejecución del gran golpe a la democracia.
Están advertidos, ojos que no ven y oídos que no escuchan y repitiendo a Fujimori. Ni se la huelen.

gratitud a un amigo


Hoy día, tengo que agradecer al ingeniero Jorge Vega Soto, quien me ha abierto los ojos y enseñado la luz, enseñándome como trabajar en un Blog, halagándome diciendo que hay tantos que escriben estupideces, que es necesario que tenga un blog, donde pueda exponer mis ideas. Muchas gracias, por siempre, amigo Jorge. 

martes, 13 de marzo de 2012

DENUNCIA CONTRA ALCALDE DE PISCO Y DIRECTORIO EMAPISCO



CASO Nº 2106094502-2011-806-0
FISCAL RESPONSABLE RENZO MANUEL MEDINA CHÁVEZ
SUMILLA: DENUNCIA DELITO DE ABUSO DE AUTORIDAD Y OTROS

A LA FISCALIA PROVINCIAL PENAL DE TURNO DE PISCO.
PEDRO JULIO ROCCA LEÓN, abogado con D.N.I Nº 22272508 y domicilio en calle Fermín Tangüis Nº 106, Pisco, Secretario colegiado del COMITÉ DE LUCHA DE PISCO, Director del comité de Lucha Contra la Corrupción, dice:
Que, al amparo del D.L. 52, presento denuncia por DELITO DE ABUSO DE AUTORIDAD. NOMBRAMIENTO Y ACEPTACIÓN ILEGAL DE CARGO Y CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS, contra el Directorio de EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE PISCO, señores  Gualterio Landeo Olivares, Víctor Galindo Santisteban, Humberto Stuchi Vera, Carlos García Huamán, Luís Canelo Acasiete, el responsable del Órgano de Control Alfonso Manrique Quispe, Y EL Gerente comercial MANUEL NICOLAS ELÍAS TORRES, todos  con domicilio en la Av. Fermín Tangüis Nº 106, Pisco, que sanciona los artículos 376º, 381º y 393º  del Código Penal.
Y por delito de Omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales  que sanciona el artículo 377º del Código Penal, contra el alcalde de la Municipalidad Provincial de Pisco, JESÚS ECHEGARAY NIETO, con domicilio en .
1.- FUNDAMENTOS DE HECHO DE LA DENUNCIA:
1.1 De conformidad con el Estatuto y Reglamento de Organización y Funciones y su Manual de Organización y Funciones, de la EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE PISCO, venía ejerciendo el cargo de Gerente Comercial, la Ingeniera MARÍA RÓSULA RECHARTE DE GUADALUPE.
1.2 Luego de las elecciones municipales de 2010, al saberse ganador y virtual alcalde al señor Jesús Echegaray Nieto, y regidora la señora MARÍA CARTAGENA, quienes tiene vínculo directo con el obrero de EMAPISCO, MANUEL NICOLÁS ELÍAS TORREALVA, decidieron en colusión dolosa, cesar en el cargo a la profesional que se menciona en el acápite anterior y decidieron de consuno, designar a don MANUEL NICOLÁS ELÍAS TORREALVA, sin ningún título profesional, en reemplazo de la Ingeniera MARÍA RÓSULA RECHARTE DE GUADALUPE, en el cargo jerárquico de GERENTE COMERCIAL de EMPAPISCO S.A, como demuestro con la fotostática de la Resolución de Directorio Nº 012-2010-EMAPISCO S.A.PRES.DIR. de fecha 20 de diciembre de 2010.
1.3 El asunto es que por imperio de la Ley, DECRETO SUPREMO Nº 023-2005-VIVIENDA Las Municipalidades Provinciales prestan los servicios de saneamiento a través de EPS municipales, constituidas con el exclusivo propósito de prestar tales servicios, debiendo cumplir con los requisitos establecidos en el mencionado reglamento.
1.4 De conformidad con lo que determina el Manual de Organización y Funciones de EMAPISCO S.A. aparece en la Página 145, son requisitos para gerente comercial, contar con Titulo profesional Universitario de Ingeniero, Economista, Lic. En Administración de Empresas, Contador Publico y/o afines. tene Especialización en Gestión Comercial.  estar Capacitado en normas, reglamentos y directivas del Ente Regulador (SUNASS), y en conciliaciones y tener conocimiento y dominio del software de aplicación a la especialidad, sin embargo los denunciados, en pleno conocimiento que estaban violando su Estatuto, el ROF y el MOF, de EMAPISCO S.A. procedieron a nombrar a quien no reúne los requisitos y mantenerlo hasta la actualidad, con el solo fin de que la nueva gestión municipal, que asumió el cargo a partir del 1 de enero del presente año, los mantenga en el Directorio de EMAPISCO S.A., para no morirse de hambre, porque ninguno tiene trabajo fuera de dicha entidad, que les permita satisfacer sus necesidades primarias y tienen que colgarse de la teta del Estado, en ete caso, el directorio de EMAPISCO.
1.5 en efecto, de conformidad con las normas legales vigentes, el Directorio de EMAPISCO, tiene que estar conformado, necesariamente, con un representante del Gobierno Regional actual, dos miembros de la Sociedad Civil y dos de la Municipalidad de Pisco, y consta en los hechos fácticos, que el Alcalde actual  JESUS ECHEGARAY NIETO, no ha convocado a la sociedad civil, ni al Gobierno Regional, ni a Sesión de Concejo, para que se designe a los miembros del Directorio, manteniendo a los Directores que ejercen el cargo desde el año 2007, a cambio de que le conceda como ventaja, nombrar para el cargo de gerente comercial a la pareja sentimental de la regidora MARÍA CARTAGENA, con lo que se ha configurado los delitos denunciados.
2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DEMANDA:
2.1 Invoco el artículo 376º del Código Penal que sanciona al funcionario público que, abusando de sus atribuciones, comete u ordena, en perjuicio de alguien, un acto arbitrario cualquiera, y como acredito con la Resolución de Directorio Nº 012-2010-EMAPISCO S.A.PRES.DIR. de fecha 20 de diciembre de 2010, anexa, se cometió el delito en agravio de la profesional Ing. María Rósula Recharte de Guadalupe.
2.2 En el caso concreto, los denunciados han violado, intencionalmente,  lo que dispone el artículo 381º del Código Penal, desde que los denunciados, funcionarios públicos, han hecho un nombramiento para cargo público a persona en quien no concurren los requisitos legales, y en el caso de autos, es también considerado autor el que acepta el cargo sin contar con los requisitos legales, por lo que todos deben ser reprimidos con la misma pena.
2.3 Asimismo invoco el artículo 393º del Código Penal que reprime al funcionario o servidor público que acepte o recibe promesa o cualquier otra ventaja o beneficio, para realizar u omitir un acto en violación de sus obligaciones o el que las acepta a consecuencia de haber faltado a ellas, con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de ocho años e inhabilitación conforme a los incisos 1 y 2 del artículo 36 del Código Penal.
            En el caso concreto, los denunciados, en condición de servidores públicos han solicitado -directa o indirectamente-, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio, para realizar u omitir un acto en violación de sus obligaciones o a consecuencia de haber faltado a ellas.
            Y es evidente que los denunciados han condiciona su conducta funcional derivada del cargo o empleo a la entrega o promesa de ventaja, a favor del nombrado Gerente Comercial, sin que reúna los requisitos para el cargo.
2.4 El alcalde ha incurrido en la responsabilidad de funcionario público por omisión de sus deberes funcionales  que sanciona el artículo 377º.del Código Penal, que sanciona al funcionario público, con lo que dejo en evidencia que el Alcalde denunciado ha incurrido en las condiciones objetivas y subjetivas del delito denunciado, que reprime al funcionario público que, ilegalmente, omite, rehúsa o retarda algún acto de su cargo, con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con treinta a sesenta días-multa. Y en el caso de autos, el alcalde ha incumplido con la convocatoria al Gobierno Regional y a la Sociedad Civil, para que designe a sus directores, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 del D.S. 023-2005-VIVIENDA.
3. MEDIOS PROBATORIOS: Ofrezco el mérito de los siguientes:
3.1 El Estatuto, el ROF y el MOF de EMAPISCO S.A. que exigirá que entregue el Gerente General de EMAPISCO S.A. con los apercibimientos que estime convenientes.
3.2 La fotocopia de la Resolución de Directorio Nº 012-2010-EMAPISCO S.A.PRES.DIR. de fecha 20 de diciembre de 2010, con objeto de probar los hechos denunciados.
3.3 El informe que solicitará a GOBIERNO REGIONAL, en relación con la designación del Director que le corresponde.
3.4 El informe que solicitará a la Municipalidad Provincial de Pisco, para que informe respecto a la designación de los directores que corresponde a la Municipalidad y a la sociedad civil.
3.5 El informe que solicitará a la SUNASS, en relación a la Resolución de Directorio Nº 012-2010-EMAPISCO S.A.PRES.DIR.
POR LO EXPUESTO:
A la Fiscalía pido admitir la denuncia y darle el trámite que corresponde.
ANEXOS:
1.      La fotocopia de la Resolución de Directorio Nº 012-2010-EMAPISCO S.A.PRES.DIR. de fecha 20 de diciembre de 2010, con objeto de probar los hechos denunciados
2.      Fotostática de mi D.N.I.
Pisco, 13 de junio de 2011.

MODELO DE SOLICITUD ELEVACIÓN DE ACTUADOS, MINISTERIO PÚBLICO


CASO Nº 2106094502-2011-806-0
FISCAL RESPONSABLE RENZO MANUEL MEDINA CHÁVEZ
SUMILLA: PIDE ELEVACIÓN DE ACTUADOS ANTE EL SUPERIOR
A LA SEGUNDA FISCALÌA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE PISCO
PEDRO JULIO ROCCA LEÓN, Secretario colegiado del COMITÉ DE LUCHA DE PISCO, Director del comité de Lucha Contra la Corrupción, en la denuncia por DELITO DE ABUSO DE AUTORIDAD. NOMBRAMIENTO Y ACEPTACIÓN ILEGAL DE CARGO Y CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS, contra el Directorio de EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE PISCO, señores  Gualterio Landeo Olivares, Víctor Galindo Santisteban, Humberto Stuchi Vera, Carlos García Huamán, Luís Canelo Acasiete, el responsable del Órgano de Control Alfonso Manrique Quispe, Y el Gerente comercial MANUEL NICOLAS ELÍAS TORRES, Y contra el alcalde de la Municipalidad Provincial de Pisco, JESÚS ECHEGARAY NIETO, dice:
Que habiendo sido notificado mediante cédula de notificación Nº  13398-2011, de fecha 26 de diciembre de 2011, el día 28 del mismo mes, con la DISPOSICIÓN Nº 02, de 5 de diciembre de 2011, en siete folios, lo que aumenta nuestras públicas sospechas de que en EMAPISCO, se estarían pagando planillas secretas a algunas autoridades, para tenerlas comprometidas en su favor, al amparo de lo que dispone el artículo 334º numeral 5 del D.L. 957, solicito se sirva elevar todo lo actuado por ante el Fiscal Superior Penal de Pisco, donde espero alcanzar justicia.
1.- ERRORES DE HECHO QUE CONTIENE LA DISPOSICIÓN:
1.1 No se ha tomado en consideración el hecho inmutable que el cargo de Gerente Comercial, de EMAPISCO, lo estaba ejerciendo la Ingeniera MARÍA RÓSULA RECHARTE DE GUADALUPE conforme al  Estatuto y Reglamento de Organización y Funciones y el Manual de Organización y Funciones, de la EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE PISCO.
1.2 No se ha tomado en cuenta que la Regidora de la Municipalidad Provincial de Pisco, principal accionista de EMAPISCO, con capacidad de decisión, mantiene vínculo familiar con MANUEL NICOLÁS ELÍAS TORREALVA, quien ha sido la persona que ha reemplazado en el cargo a la anterior, estando comprobado, sin prueba alguna en contrario que éste MANUEL NICOLÁS ELÍAS TORREALVA, NO TIENE TÍTULO PROFESIONAL ALGUNO, y carece por ende de idoneidad para reemplazar en el cargo a la Ingeniera MARÍA RÓSULA RECHARTE DE GUADALUPE, en el cargo jerárquico de GERENTE COMERCIAL de EMPAPISCO S.A, como está acreditado con la Resolución de Directorio Nº 012-2010-EMAPISCO S.A.PRES.DIR. de fecha 20 de diciembre de 2010.
1.3 No se ha tomado en consideración que los fiscales tienen la obligación de defender la legalidad, y dentro de dicho rol, la plena vigencia del DECRETO SUPREMO Nº 023-2005-VIVIENDA que, entre otras obligaciones, impone que las Municipalidades Provinciales prestan los servicios de saneamiento a través de EPS municipales, constituidas con el exclusivo propósito de prestar tales servicios, debiendo cumplir con los requisitos establecidos en el mencionado reglamento.
1.4 No se ha tomado en consideración que el fiscal tiene la obligación de defender la legalidad del Manual de Organización y Funciones de EMAPISCO S.A. que aparece en la Página 145, “son requisitos para GERENTE COMERCIAL, contar con TITULO PROFESIONAL UNIVERSITARIO DE INGENIERO, ECONOMISTA, LIC. EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS, CONTADOR PUBLICO Y/O AFINES. TENER ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN COMERCIAL.  ESTAR CAPACITADO EN NORMAS, REGLAMENTOS Y DIRECTIVAS DEL ENTE REGULADOR (SUNASS), Y EN CONCILIACIONES Y TENER CONOCIMIENTO Y DOMINIO DEL SOFTWARE DE APLICACIÓN A LA ESPECIALIDAD”, que destaco en mayúscula, para llamar la atención del Superior, sobre todos los aspectos que han sido “olvidados”, por el fiscal responsable de la investigación, sabe Dios por qué razones, que nuestras sospechas se inclinan por la posible “planilla secreta de EMAPISCO”, de la que tanto se habla.
1.5 No se ha tomado en consideración, el MOF de Emapisco y se ha tomado en forma tendenciosa, la modificación del ESTATUTO de EMAPISCO, S.a. realizado para ocultar la comisión y efectos del delito, como se aprecia por la fecha de su elevación a escritura pública, el TRECE DE JULIO DE DOS MIL ONCE, como aparece en la Disposición impugnada, que la menciona, como obrante a fojas 40 a 57 y que eleva las sospechas relativas a las famosas “planillas secretas de EMAPISCO”.
1.6 Y es vox populi la existencia de tales planillas secretas, porque ES COSTUMBRE en EMAPISCO, hacer lo que les de la gana en nombramientos y pago de remuneraciones en personas que no reúnen los requisitos legales, y ¡Aquí no pasa nada, porque todos están comprados!, que se acredita con las siguientes declaraciones que cita el propio fiscal responsable de la investigación, para eludir hacer la denuncia penal:
1.6.1 “A fojas 04 obra la declaración del investigado Gualterio Landeo Olivares, quien ha referido:  “Ser miembro del Directorio de EMAPISCO, (..) Asimismo ha señalado que el directorio dispuso designar en su reemplazo de la denunciante al trabajador MANUEL ELÍAS TORREALVA, personal que tiene más de 28 años de servicios de la empresa, de los cuales más de quince años dedicados al área comercial de la empresa, desempeñando varias jefaturas (facturación, cobranza, catastro, medición e incluso ha estado encargado en algunas ocasiones de la gerencia comercial por licencia del titular)  de otro lado ha manifestado que a lo largo de la existencia de la empresa, existen varios casos de trabajadores que han ocupado el cargo de gerentes centrales o de línea e incluso la gerencia general, siendo promovidos por el directorio, como forma de otorgarles la confianza necesaria, así se tiene el caso de Juan Muñoz Lurita, Mercedes Vera Mosaihuate y Marco Chilquillo Nestarez, quienes ejercieron el cargo de Gerente comercial; Luis Vega Arguedas, en la gerencia de Administración, Marco Bravo Peña, en la gerencia de planeamiento y Marco Chilquillo Nestarez, en la gerencia general, ninguno de los cuales TENÍAN LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN EL MOF, de modo que el caso del señor MANUEL ELÍAS TORREALVA, NO ES NUEVO, NI MUCHO MENOS AISLADO”, confesión de parte, que es confirmado por otras declaraciones incriminatorias, que demostraron la verdad de los hechos.
1,6.2 En efecto, el fiscal investigador afirma: “a fojas 08 obra la declaración de Víctor Galindo Santisteban, quien ha manifestado lo mismo que afirmó Gualterio Landeo  Olivares a fojas 04, sin que al fiscal responsable de la investigación le de el olor a corrupción, porque ¡Estamos en el Perú, señores, y aquí el que puede, puede, y NO PASA NADA!
1.6.3 En esa tónica de permisividad ante el delito, el fiscal responsable cita: “A fojas 17 obra la declaración de Manuel Nicolás Elías Torrealva, quien ha referido: “Desempeñarse en el cargo de gerente comercial (¡Y qué! ¿me vas a botar? ¡Despierta compadre. Aquí el que puede, puede, y el que no puede, aplaude! ¡Yo soy el gerente comercial y punto!. El comentario es mío, para destacar la negligencia del fiscal responsable de la investigación, y destacar que ¡no sabe lo que hace!)
1.6.4 El fiscal ha violado el principio Confessio iudicialis unius partis, ceteras relevat ab onere probandi, que significa en castellano y en forma abreviada: “A confesión de parte, relevo de pruebas”, es un axioma jurídico que significa que quien confiesa algo libera a la contraparte de tener que probarlo y entonces, estando probado que los denunciados han cometido el delito, no cabe duda que el fiscal ha delinquido, omitiendo denunciar el delito contra los delincuentes convictos y confesos.
1.6.5 LO QUE ACREDITA QUE los denunciados, ESTÁN ACOSTUMBRADOS A VIOLAR LA LEY, IMPUNEMENTE, PORQUE HAY EN SECTORES DEL  MINISTERIO PÚBLICO FISCALES SIN ENTEREZA MORAL Y AUTORIDAD MATERIAL PARA HACER RESPETAR LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY, y por el contrario, se someten a cualquiera que pueda pagar para que se haga de la vista gorda, ante la evidencia de que están violando la ley, haciendo nombramientos ilegales, pero eso, al fiscal “¿responsable?”, no le interesa, porque existe la posibilidad de poder cobrar sus remuneraciones en el Ministerio Público y tal vez, también cobrar estipendios o donaciones de parte de quien con todo descaro le hace de conocimiento que viola la ley, con la absoluta confianza de que no le va a pasar nada. ¡Estamos en el Perú, señores!
1.6.6 Sin embargo los denunciados, con pleno conocimiento que estaban violando su Estatuto, el ROF y el MOF, de EMAPISCO S.A. proceden a nombrar a quien les de su real gana, aún cuando no tengan los requisitos que imponen sus propias normas y lso mantienen hasta la actualidad, pagándoles sus servicios con fondos públicos, con el solo fin de agradar a la nueva gestión municipal, que asumió el cargo a partir del 1 de enero del año 2011, y los mantenga en el Directorio de EMAPISCO S.A., para que no se mueran de hambre, porque ninguno tiene trabajo fuera de dicha entidad, que les permita satisfacer sus necesidades primarias y tienen que colgarse de la cornucopia de la fortuna del Estado, en este caso, el directorio de EMAPISCO.
1.7 Así podemos constatar que el Fiscal “¿responsable?”, de la investigación, omitiendo sus deberes de función, elude denunciar a los autores convictos y confesos del delito denunciado, tomando como pretexto “la Minuta de Modificación de Estatutos de la empresa Emapisco S.A., efectuada ante Notaría Pública con fecha TRECE DE JULIO DEL DOS MIL ONCE”, que obra a fojas 40 al 57, que en nada enerva la comisión del delito denunciado, por medio de la Resolución de Directorio Nº 012-2010-EMAPISCO S.A.PRES.DIR. de fecha 20 de diciembre de 2010. De lo que podemos afirmar que la MINUTA DE MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS DE LA EMPRESA EMAPISCO S.A., que sirve de pretexto al fiscal, es otro delito cometido para borrar los efectos del primero y que está penado por el artículo 405º del Código Penal, que sancionad: “El que dificulta la acción de la justicia procurando la desaparición de las huellas o prueba del delito u ocultando los efectos del mismo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años.” Y que el fiscal “¿responsable? Ha dejado en la impunidad. Tal vez con la esperanza de ingresar a las planillas secretas de la corrupción, si es que no lo está ya y que para deslindar las sospechas, sería bueno que el Fiscal de la Nación ordene una investigación patrimonial exhaustiva.
1.8 Así tenemos que el Fiscal “¿responsable?”, elude denunciar, pese a la confesión de parte, que fluye de las siguientes afirmaciones, que no comparto: “”habrían procedido amparados por los estatutos, conforme se ha señalado líneas arriba, por lo que se colige que el hecho denunciado no se subsume en el tipo penal, asimismo con relación a Manuel Nicolás Elías Torres, no existen elementos de convicción que vinculen al precitado con el ilícito denunciado, toda vez que la aceptación del cargo de gerente general en la empresa de Agua Potable y Alcantarillado EMAPISCO S.A. no implica por parte del investigado la comisión del delito de abuso de autoridad, aunado a ello, no se observa de la presente investigación irregularidad en cuanto al nombramiento del último mencionado en el cargo cuestionado; más aún si conforme se ha señalado las gerencias son cargos de confianza, y por lo tanto puede ser retirada en cualquier momento sin expresión de causa; por lo que al no existir elementos de convicción que vinculen a los investigados con el hecho denunciado, es menester de éste Despacho Fiscal archivar la presente investigación.
1.8 El fiscal no ha tomado en consideración que el Directorio de EMAPISCO, tiene que estar conformado, necesariamente, con un representante del Gobierno Regional actual, dos miembros de la Sociedad Civil y dos de la Municipalidad de Pisco, y consta en los hechos fácticos, que el Alcalde actual  JESUS ECHEGARAY NIETO, ha abusado del poder y de su autoridad, y NO HA convocado a la sociedad civil, ni al Gobierno Regional, ni a Sesión de Concejo, para que se designe a los miembros del Directorio, manteniendo a los Directores que ejercen el cargo desde el año 2007, a cambio de que le conceda como ventaja, nombrar para el cargo de gerente comercial a la pareja sentimental de la regidora MARÍA CARTAGENA, con lo que se ha configurado los delitos denunciados y con el agravante que DESPUÉS DE LA COMISIÓN DEL DELITO, SE HA PRETENDIDO OCULTAR LAS PRUEBAS DEL DELITO Y SUS EFECTDOS, MODIFICANDO EL ESTATUTO, para eludir la acción penal, una vez que tomaron conocimiento de la presente denuncia.
2. ERRORES DE DERECHO COMETIDOS EN LA RECURRIDA:
2.1 No se ha efectuado un análisis de racionalidad y ponderación del artículo 376º del Código Penal en congruencia con la Resolución de Directorio Nº 012-2010-EMAPISCO S.A.PRES.DIR. de fecha 20 de diciembre de 2010, que demuestra que se cometió el delito de abuso de autoridad en agravio de la profesional Ing. María Rósula Recharte de Guadalupe, para reemplazarla por un sujeto en quien no se reúne los requisitos legales para ejercer la función que realizaba la defenestrada y que explica por qué aquí, en el Perú no existe la meritocracia, y que nada valen los estudios profesionales de los universitarios, ante los arribistas, oportunistas y adulones, ante el poder político de los influyentes, los adinerados, o los grupos de poder. Y eso nadie me lo puede contradecir.
2.2 El fiscal “¿responsable?”, NO HA realizado un análisis de racionalidad y ponderación, de los hechos denunciados en relación con lo que dispone el artículo 381º del Código Penal, dejando en la impunidad, el delito cometido por los funcionarios públicos que han hecho un nombramiento para cargo público a persona en quien no concurren los requisitos legales, y en el caso de autos, es también considerado autor el que acepta el cargo sin contar con los requisitos legales, por lo que todos deben ser reprimidos con la misma pena y pese a que hay confesión de parte, que me releva de más pruebas, nada de eso le importó al fiscal  “¿responsable?” para dejar impune el delito ¿a cambio de qué? El fiscal revisor tiene la respuesta.
2.3 El fiscal “¿responsable?”, NO HA realizado un análisis de racionalidad y ponderación, de los hechos denunciados en relación con el artículo 393º del Código Penal que reprime al funcionario o servidor público que acepte o recibe promesa o cualquier otra ventaja o beneficio, para realizar u omitir un acto en violación de sus obligaciones o el que las acepta a consecuencia de haber faltado a ellas, con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de ocho años e inhabilitación conforme a los incisos 1 y 2 del artículo 36 del Código Penal. Y que se dejó en la impunidad, nadie sabe a cambio de qué, excepto el propio fiscal “¿responsable?”
            Y es evidente que los denunciados han condiciona su conducta funcional derivada del cargo o empleo a la entrega o promesa de ventaja, a favor del nombrado Gerente Comercial, sin que reúna los requisitos para el cargo.
2.4 El fiscal “¿responsable?”, NO HA realizado un análisis de racionalidad y ponderación, de los hechos denunciados  en contra del alcalde de la Municipalidad Provincial de Pisco, por su responsabilidad por omisión de sus deberes funcionales  que sanciona el artículo 377º.del Código Penal, que sanciona al Alcalde denunciado por haber incurrido en las condiciones objetivas y subjetivas del delito denunciado, que reprime al funcionario público que, ilegalmente, omite, rehúsa o retarda algún acto de su cargo, con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con treinta a sesenta días-multa. Y en el caso de autos, el alcalde ha incumplido con la convocatoria al Gobierno Regional y a la Sociedad Civil, para que designe a sus directores, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 del D.S. 023-2005-VIVIENDA; antes de tomar la decisión arbitraria de despojar de su trabajo a una profesional, para dárselo a un empírico, sólo por tener la condición de pareja sentimental con una regidora que tiene poderes de decisión sobre los funcionarios de la EMPRESA MUNICIPAL de agua potable y Alcantarillado de Pisco S.A.
2.5 El fiscal “¿responsable?”, NO HA realizado un análisis de racionalidad y ponderación, de los hechos denunciados a la luz de los medios probatorios ofrecidos, que aunados al principio: ¡A confesión de parte, relevo de pruebas”, omitiendo la verdad material del ESTATUTO vigente al momento de la comisión del hecho delictuoso, el ROF, y el MOF de EMAPISCO, vigente al momento de la comisión del delito, y que corroboran que en dicha entidad, todos comen, todos tragan, hacen lo que les da su gana y con absoluta impunidad, como característica propia del HOMBRE MEDIOCRE, y que el fiscalk “¿responsable?” no pone ni un gramo de sesos para cambiar ese estado vergonzoso del administrador peruano y que nos coloca en último lugar en eficiencia administrativa en todo el mundo.
2.6 El fiscal “¿responsable?” ha omitido sus deberes de función, denegándome justicia, al no actuar, ni valorar, los medios probatorios ofrecidos, con la denuncia: La Resolución de Directorio Nº 012-2010-EMAPISCO S.A.PRES.DIR. de fecha 20 de diciembre de 2010, que demuestran la verdad de los hechos denunciados y que han sido confesados con todo desparpajo por los imputados, con toda impunidad   El informe que debió solicitar al GOBIERNO REGIONAL, en relación con la designación del Director que le corresponde, para saber si los denunciados han actuado con legalidad.  El informe que debió solicitar a la Municipalidad Provincial de Pisco, para que informe respecto a la designación de los directores que corresponde a la Municipalidad y a la sociedad civil. Para cumplir con su rol de defensor de la legalidad. El informe que debió solicitar a la SUNASS, en relación a la Resolución de Directorio Nº 012-2010-EMAPISCO S.A.PRES.DIR.  para que los ciudadanos tengamos la seguridad que el fiscal “¿responsable?” si cumple su rol como defensor de la legalidad.
2.7 Se ha omitido que la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley General de Servicios de Saneamiento, Ley Nº 26338, establece que la conservación del derecho de explotación de los servicios de saneamiento dentro del ámbito de responsabilidad de las entidades prestadoras, esta condicionada a que su constitución sea de conformidad a las normas legales vigentes a la fecha de dación de la mencionada Ley.
2.8 El fiscal “¿responsable?” ha omitido que, según el Reglamento General de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, la SUNASS ejerce sus funciones supervisora, reguladora, normativa, fiscalizadora y sancionadora, Y no se le ha pedido informe en relación con el asunto denunciado. ¿por qué será?
2.9 El fiscal “¿responsable?” ha omitido el artículo 6º del  Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA, modificado por  el Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 031-2008-VIVIENDA, publicado el 30 noviembre 2008, cuyo texto es el siguiente: “Artículo 6.- Las Municipalidades Provinciales prestarán los servicios de saneamiento a través de EPS o PES municipales, privadas o mixtas, las que serán constituidas con el exclusivo propósito de prestar tales servicios, debiendo éstas poseer patrimonio propio, gozar de autonomía funcional y administrativa, así como cumplir con los requisitos establecidos en el presente reglamento.”, con lo que demuestro la participación como autor directo, del alcalde provincial Jesús Echegaray Nieto, y que el fiscal “¿responsable?”, ha dejado en la impunidad.
2.10    El fiscal “¿responsable?” ha omitido que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, TUO de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, las decisiones que adopte la SUNASS serán conocibles y predecibles, incorporando por tanto la participación de todos los actores; y no ha permitido que la SUNASS y todos los actores tomemos conocimiento de los actos delictuosos de los denunciados, para que todo quede en la impunidad.
3.- AGRAVIOS QUE PRODUCE LA IMPUGNADA:
Se ha violado el debido proceso y el derecho a la imparcialidad, que consta con la violación del artículo 1º de su propia Ley Orgánica, que dispone: “El Ministerio Público es el organismo autónomo del Estado que tiene como funciones principales la defensa de la legalidad, (que el fiscal “¿responsable?” ha omitido deleznablemente) los derechos ciudadanos y los intereses públicos, (que el fiscal “¿responsable?” ha omitido deleznablemente) la representación de la sociedad en juicio, para los efectos de defender a la familia, a los menores e incapaces y el interés social,  (que el fiscal “¿responsable?” ha omitido deleznablemente) así como para velar por la moral pública; (que el fiscal “¿responsable?” ha omitido deleznablemente) la persecución del delito (que el fiscal “¿responsable?” ha omitido deleznablemente) y la reparación civil. También velará por la prevención del delito dentro de las limitaciones que resultan de la presente ley y por la independencia de los órganos judiciales y la recta administración de justicia y las demás que le señalan la Constitución Política del Perú y el ordenamiento jurídico de la Nación. (que el fiscal “¿responsable?” ha omitido deleznablemente)
POR LO EXPUESTO:
A la Fiscalía pido se sirva disponer la elevación de actuados, sin perjuicio de las acciones que interpondré antes sus superiores por omisión de deberes de función y denegatoria de denunciar pese a contar con la confesión de parte, que nos releva de la actuación de pruebas.
Pisco, 3 de enero de 2012.

MODELO APELACIÓN ACCIÓN AMPARO


EXPEDIENTE Nº  2012-30-JCP –SB
SECRETARÍA  Dra. REYNA CAHUA B.
SUMILLA APELACIÓN

AL SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO CIVIL DE PISCO.
PEDRO JULIO ROCCA LEÓN, abogado de MAGALY TAGLE BONIFACIO, LUISA YVONNE SOLIER DE DE LA CRUZ, MARGARITA ISABEL CHAICO PASACHE, Y KILDER LUIS REBATTA ARROYO, dice:
Que, habiendo sido notificado el 28 de febrero de 2012, con la Resolución Nº 02, de fecha 24 de febrero de 2012, que declara IMPROCEDENTE la demanda de amparo, dentro del plazo de Ley, al amparo del artículo 57º de la Ley Nº 28237, presento recurso de APELACIÓN  a fin que el superior la revoque, por los siguientes fundamentos:
1.- ERROR DE HECHO DE LA RESOLUCIÓN:
1.1 Es evidente que nuestros jueces no están en capacidad para administrar justicia constitucional, pues se insiste en el error denominado MUTATIO ELENCHI, pues el juez lejos de atender al petitorio de la demanda, se va por las ramas y pretende, como thema decidendum, la Resolución administrativa Nº 000605-2012.GAT.MPP, omitiendo que nuestra Constitución ha determinado que en el Perú, rige el ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHO, y no el simple estado de derecho y por ende, ya no rige el Código de Procedimientos Civiles, que es el que prima en el cerebro del juez, sino el CÓDIGO PROCESAL, que es el que ha sido PROPUESTO Y APROBADO por el Tribunal Constitucional y en consecuencia yerra el juez cuando afirma que nuestro petitorio “debe tratarse dentro de un proceso contencioso administrativo”.
1.2 En un proceso contencioso administrativo es IMPOSIBLE, resolver el conflicto de intereses “para que respete el derecho supremo a la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad,  el derecho a la vida, a la igualdad ante la ley, a nuestra integridad moral, psíquica y  física y al libre desarrollo y bienestar. El derecho a trabajar libremente, El derecho a participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación, El derecho al bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación. El derecho a la tutela procesal efectiva y el debido proceso. El derecho a la supremacía de la constitución y a la interdicción de la arbitrariedad que garantiza los artículos 1º, 2º, numerales 1),  2) y 15), 44º, 51º, 103º y 139º  de la Constitución Política del Perú, que han sido violados por el Alcalde y personal subalterno del demandado, en nuestro agravio,” Que es el contenido concreto del petitorio de la demanda.
1.3 La violación de los artículos 1º, 2º, numerales 1),  2) y 15), 44º, 51º, 103º y 139º  de la Constitución Política del Perú, sólo pueden ser resueltos dentro de un proceso constitucional, por ser el C.P. CONST., la vía propia para resolver los asuntos que tienen sustento material directo en la Constitución. (Artículo 1.- Finalidad de los Procesos “Los procesos a los que se refiere el presente título tienen por finalidad proteger los derechos constitucionales, reponiendo las cosas al estado anterior a la violación o amenaza de violación de un derecho constitucional, o disponiendo el cumplimiento de un mandato legal o de un acto administrativo.”)
1.4 En este contexto, los procesos constitucionales NO EXISTE ETAPA PROBATORIA, por lo que es otro grueso error del juez, afirmar en el segundo considerando “sin que para ello adjunte documento alguno”, puesto que las acciones de garantías son de puro derecho. Se viola un derecho constitucional, se presenta la acción constitucional que corresponda a la defensa del derecho constitucional violado. No hay más.
1.5 Existe incongruencia en el tercer considerando, pues con prístina claridad el juez afirma, en el tercer considerando: “si bien es cierto la acción de amparo protege los derechos que han sido vulnerados, como es el derecho al trabajo consagrado en el inciso 15, del artículo 2º, concordado con el artículo 22, de 

MODELO DE DEMANDA CONTRA ONP


EXPEDIENTE Nº:
ESCRITO Nº 01
SECRETARIA:
SUMILLA  DEMANDA PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CONTRA RES. Nº  0000000042-2012-ONP
Expediente  Nº 01800040909 - ONP

AL JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE TURNO DE LIMA.

JORGE EUGENIO ESPINOZA ANCHANTE, con D.N.I. Nº 22255657, con domicilio en manzana A, lote 36 Asentamiento Humano Manuel Gonzáles Prada, provincia de Pisco, señalando domicilio procesal en la central de Notificaciones del Poder Judicial de Lima, Casilla Nº 17566, dice:
Que, en proceso contencioso administrativo, demando a OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL, con domicilio en Jr. Bolivia Nº 109, Lima.
PETITORIO: Ejerciendo control jurídico de las actuaciones del demandado y por la efectiva tutela de los derechos e intereses del accionante, de conformidad con lo que dispone el artículo 4º inciso 1, se disponga del DECRETO SUPREMO N° 013-2008-JUS, se ordene:
1.- La nulidad de la Resolución Nº  0000000042-2012-ONP, emitida por el Gerente de Producción de la OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL, que declaró INFUNDADO el Recurso de Apelación que interpuse contra la RESOLUCIÓN  Nº 0000008092-2010-ONP/DPR.SC/DL 19990, de fecha 04 de febrero de 2010.
2.- El reconocimiento de mi derecho a la pensión de jubilación que me reconoce el artículo 40º del D.L. 19990, que la demandada me deniega.
1.- FUNDAMENTOS DE HECHO DEL PETITORIO:
1.1 El actor nació el 17 de noviembre de 1943, en la ciudad de Pisco, y debido a la pobreza de mis padres, he trabajado desde antes de cumplir la mayoría de edad, prestando servicios en el grifo B. TIZÓN Y CÍA.,  Desde el 05 de agosto de 1962, hasta el 04 de agosto de 1964, en la AGENCIA MARÍTIMA DE PISCO S.A.  desde el 01 de enero de 1970, en la empresa de VICTOR JOSÉ ARAMBURÚ GUARDA, desde el 01 de marzo de 1988 hasta el 21 de diciembre de 1989 y comencé a pagar el seguro facultativo desde el 01 de enero de 1990, hasta el 30 de setiembre de 2008, aportando mensualmente, gracias a mis ingresos como vendedor de periódicos, con la esperanza de poder percibir una pensión de jubilación, cuando mis fuerzas no me permitan seguir trabajando en forma independiente, repartiendo mis periódicos por las calles de Pisco.
1.2 Con fecha 01 de octubre de 2009, presenté solicitud de PENSIÓN DE JUBILACIÓN, que ingresó en las oficinas de la demandada, con Nº 0801-12345, consignando los datos que constan en el punto anterior de la presente.
1.3 Como antecedente declaro que a mi solicitud de inscripción a SEGURO FACULTATIVO, ante el IPSS, expediente Nº 015-SFCPS 90, El IPSS expidió la Resolución 020-SFC-SNP-90, quedando inscrito en la continuación de seguro facultativo a partir del mes de enero de 1990.
1.4 En respuesta a mi solicitud para PENSIÓN DE JUBILACIÓN, la ONP, expidió la RESOLUCIÓN Nº 0000008092-2010-ONP/DPR.SC/DL.19990, Expediente Nº 01800040909, de fecha  4 de febrero de 2010, denegándome el derecho a la pensión de jubilación, utilizando como pretexto ”que de los documentos e informes que obran en el expediente administrativo el asegurado no acredita aportaciones al Sistema Nacional de Pensiones, según cuadro resumen de aportaciones de fecha 04 de febrero de 2010” y que “por consiguiente las aportaciones efectuadas desde enero de 1990 hasta septiembre del 2008, mediante los Certificados de Pago correspondientes a los meses de enero del año 1990 hasta septiembre del año 2008, que figuran a folios 28 a 346 no se consideran válidos para el Sistema Nacional de Pensiones, al no contar con Resolución  que autorice su inscripción en el Régimen  facultativo (lo cual es falso)
1.5 La Resolución Nº 0000008092-2010-ONP/DPR.SC/DL.19990, la impugné mediante recurso de APELACIÓN, fundado en que:
1.5.1 “No se ha tomado en consideración que los HECHOS, se les da a la autoridad para que los conozca, no para que los manipule o deforme, por lo que nadie en el mundo puede negar que es verdad que he pagado aportes al sistema de seguridad desde el mes de enero de 1990 y que al recibir mi plata, nadie objetó la falta de Resolución y que mi plata la usaron, la disfrutaron y la dispusieron cada mes hasta el año 2008”;
1.5.2 Que “Sin embargo, cuando se trata del reconocimiento de mis aportes, se pretende aplicarme la ley a rajatabla, sin excepciones, invocando el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 011-74-TR, pero, cuando se trata de aplicar el carácter imperativo u obligatorio de la ley, se revierte la situación y pretende que sea el ciudadano pobre y anciano, quien tenga que demostrar con documentos que acredite que la ley me faculta el derecho a la pensión.“;
1.5.3 Agregando que “Eso, en cualquier parte del mundo se llama falta de imparcialidad y evidente violación al Código de Ética de la Función Pública, Ley Nº 27815, impidiendo que se logre una mejor atención a la ciudadanía, vulnerando el artículo 6, numeral 7, que dispone el “Principio de Justicia y Equidad” por lo cual el servidor público “Tiene permanente disposición para el cumplimiento de sus funciones, otorgando a cada uno lo que le es debido, actuando con equidad en sus relaciones con el Estado, con el administrado, con sus superiores, con sus subordinados y con la ciudadanía en general.
1.5.4 Y  que “si la ley dispone, conforme al artículo 4º de la Ley Nº 19990, que “Podrán asegurarse facultativamente en el Sistema Nacional de Pensiones en las condiciones que fije el reglamento del presente Decreto Ley: a) Las personas que realicen actividad económica independiente; y b) Los asegurados obligatorios que cesen de prestar servicios y que opten por la continuación facultativa.” Y mi parte ha procedido conforme a lo dispuesto en la ley mencionada, por el carácter imperativo de la Ley, no puede dejarse sin efecto el pago que he efectuado bajo imperio de la ley.”
1.5.5 Concluyendo que “En este contexto, es evidente que existe una errónea interpretación de la Ley, pues el artículo 7º del D.S. 011-74-TR, dispone en forma expresa: “La obligación de pago de las aportaciones se generan en la fecha de la resolución consentida o ejecutoriada admitiendo como asegurado facultativo al solicitante. El pago de las aportaciones se efectuará mensualmente.” Pero no dispone la nulidad del acto voluntario de quien paga mes a mes las aportaciones, habiéndose establecido una vinculación directa, cuyo carácter vinculante no ha sido contradicho durante el lapso de 1990 a 2008.”
1.5.6 Todo lo cual no ha sido tomado en consideración en la Resolución que vengo a impugnar en vía del contencioso administrativo, por ser evidente la violación de la tutela efectiva y con ello se ha violado el debido proceso.
1.6 En respuesta a mi apelación el Director de Producción de la Oficina de Normalización Previsional, me ha notificado el 16 de enero de 2012, con la Resolución Nº  0000000042-2012-ONP/DPR/DL 19990, de fecha 2 de enero de 2012, en cuatro folios, declarando INFUNDADO el recurso  de Apelación, sustentado en consideraciones “ultra vires” y maliciosas. 
1.6.1 En la Resolución Nº  0000000042-2012-ONP/DPR/DL 19990, maliciosamente aducen que: ”de los informes de Verificación de folios 366, 375 a 376 y 448, se determina que no es factible acreditar aportaciones al Sistema Nacional de Pensiones por las semanas faltantes de los años 1962 y 1963, correspondientes a su ex empleador declarado B. TIZÓN Y CÍA., al no haberse ubicado las instalaciones del referido empleador en Av. Fermín Tangüis 1ª cuadra S/n. Pisco y otras consideraciones que atentan contra los derechos del actor, pues, en primer lugar, el artículo 1º de la Constitución garantiza la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad, como fin supremo de la sociedad y el Estado, y éste, no puede desconocer los aportes que he efectuado desde la fecha que he declarado, presumiendo que los peruanos somos todos mentirosos, como los políticos y autoridades que nos gobiernan.
1.7 En el procedimiento administrativo se ha violado el artículo 165º de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General, que dispone: “No será actuada prueba respecto a hechos públicos o notorios, respecto a hechos alegados por las partes cuya prueba consta en los archivos de la entidad, sobre los que se haya comprobado con ocasión del ejercicio de sus funciones, o sujetos a la presunción de veracidad, sin perjuicio de su fiscalización posterior.” Y mi persona ha aportado las pruebas del cumplimiento de las obligaciones legales de mis ex empleadores, no existiendo constancia de procesos administrativos o judiciales, en su contra, por incumplimiento de sus obligaciones de pago de las aportaciones al seguro, por lo que si las pruebas que deben constar en los archivos, según ellos, no se encuentran, es por su culpa y no de mi parte, por lo que prima el principio: “nec aequm est dolum suum quemquam relevare” (No es justo que el propio dolo libere a cualquiera de su obligación) Porque, por obligación legal, el responsable de conservar los datos referentes a los aportes de la seguridad social de los empleadores, es el Estado, a través de las instituciones creadas por éste para el efecto, y no el justiciable. Pero como en el Perú, todo se hace al revés -nada el ave y vuela el pez- se emiten resoluciones del tipo que vengo en cuestionar.
2º.- FUNDAMENTOS DE DERECHO: Invoco a favor de mi pretensión, las siguientes normas:
2.1 Numeral 2 del artículo 5º de la ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General, (en adelante LPAG) que dispone:  “Los actos administrativos deben expresar su respectivo objeto, de tal modo que pueda determinarse inequívocamente sus efectos jurídicos. Su contenido se ajustará a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico, debiendo ser lícito, preciso, posible física y jurídicamente, y comprender las cuestiones surgidas de la motivación”. Que ha sido violado en mi perjuicio, por la demandada.
2.2 Se ha violado el numeral 4 del artículo 3º de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General que dispone: “El acto administrativo debe estar debidamente motivado en proporción al contenido y conforme al ordenamiento jurídico.” Y desde que no se ha respetado, 

lunes, 5 de marzo de 2012

MANIFIESTO DE LA SOCIEDAD CIVIL DE PISCO.


COOPROSOC PISCO, COMITÉ PROVINCIAL DE LUCHA DE PISCO Y COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE PISCO.
MANIFIESTO
¡EL PAÍS ESTÁ BAJO DOMINIO DE LA CORRUPCIÓN!
Luego de un análisis de la realidad nacional y local, hemos llegado a la conclusión fatal de que estamos bajo el dominio de la corrupción. No existe ni un hombre puro, ni siquiera uno, en el Poder Ejecutivo, en el Poder Legislativo, ni en el Poder Judicial. ¡Todo está corrompido!

1.- PRUEBAS DE LA CORRUPCIÓN DEL PODER EJECUTIVO.
            Nadie puede negar que el Poder Ejecutivo esté absolutamente corrupto. El Presidente ha declarado públicamente: “Teníamos un gabinete en donde no todos entendieron la línea política del presidente de la República que eligieron los peruanos.”; “Nosotros siempre hemos caminado derecho. El tema es que en estos casos, hemos tomado decisiones para que no haya ni impunidad ni juicio popular. Con el señor Chehade evitamos el juicio popular.”; “Aquí el que gobierna es el presidente, y no los asesores”. A confesión de parte, relevo de pruebas. El único que gobierna, es  Ollanta Humala. Todo lo demás está fuera de su línea politica autócrata, dentro de un sistema republicano y democrático de gobierno. O sea una perversión de la democracia. Y ¡Eso es corrupción!. El Presidente, ha dicho a los ricos que él es de “ABAJO”. Eso exige una explicación, pues es moneda corriente entre los ricos, la afirmación: “El que quiere ser mi amigo, tiene que estar abajo, de rodillas, debajo de mis pies”. Aristóteles enseñó que “Es un gran problema el saber a quién corresponde la soberanía en el Estado. No puede menos de pertenecer o a la multitud, o a los ricos, o a los hombres de bien, o a un solo individuo que sea superior por sus talentos, o a un tirano” Y Ollanta, como buen “cachaco”, (no es alférez, ni general) ha pervertido el sistema, pretendiendo ser él solo, quien asuma en sí mismo, todo tipo de soberanía y pretende, sometiéndose al poder de los ricos, y subyugando la soberanía a la oligarquía, gobernar en favor de los pobres. Una contradicción. Una verdadera corrupción de la soberanía popular, que terminará por poner al pueblo bajo las suelas de los zapatos de los ricos. Es decir, ¡Todos abajo, si quieren la amistad de los ricos! Pero eso no puede ser ¡Es imposible andar derecho, si vivimos de rodillas! Esto se infiere de la confesión: “Yo no soy de izquierda ni de derecha, soy de abajo. Eso me da la capacidad de empatar con el sentimiento de la población.” Pero el mensaje no va dirigido a los pobres, va dirigido a los ricos. “Me coloco a tus pies, abajo de tu poder. Tú manda y yo obedezco”. A partir de ahora en el Perú, el rico es quien manda, Ollanta quien obedece, y el pueblo puede quejarse donde quiera que ¡Aquí no pasa nada!. Conclusión. La soberanía está en manos de los ricos. Y por eso es que las leyes son viciosas, perniciosas y favorables a quienes tienen el poder, y de ninguna manera a favor del pueblo, no nos cabe ninguna duda. Ollanta ha declarado el gobierno de la OLIGARQUÍA.
Los seres, desde el momento en que nacen, están destinados, unos a obedecer, otros a mandar. Es esclavo por naturaleza el que decide entregarse a otro, y el comandante Ollanta, por naturaleza es esclavo de generales y demás jerarquía militar, así se cumple en la práctica, lo que teorizó Carlos Marx “el estado es un instrumento que sirve para que una clase económica ejerza su poder sobre la sociedad”.
En el mito de las clases, citado por Platón, los sabios eran los que estaban destinados a gobernar; los guerreros eran los guardianes del Estado; y por ultimo el trabajador debía proveer a las necesidades del Estado. Según ese mito, es fundamental para el orden del Estado que los individuos se emparejen sólo con otros de su misma clase. Si alguno demostrara no estar a la altura de la clase social en que ha nacido debe ser rebajado. La declaración de Humala es clara. Era guardián del Estado, el pueblo lo hizo presidente, pero declara ante los ricos que se rebaja y se coloca en su sitio natural. Debajo de los ricos como obediente guardián de sus intereses. Es claro que su fuerza y su poder, se ponen debajo de los pies de la oligarquía. Estamos advertidos, Y si sus apetitos se desordenan podría transformarse en tirano. Ollanta sabe que para gobernar este país basta con estar debajo del poder de los ricos, mantener el contacto con el estamento militar y tener como aliado al gobierno USA (F.Salas- Guevara Schultz, Incendiando la pradera pag. 162. Francisco Salcedo al embajador de EEUU) Lo malo es que los ricos ya no nacen de la aristocracia tradicional, sino del narcotráfico; los militares no son de abolengo, sino vulgares cachacos y el gobierno de USA se ha instrumentalizado a favor de los Lobbys. Observe que Ollanta visita los pueblos más pobres (casi analfabeta) y les dice lo que ellos quieren oír, con lo cual cimenta su base social y puede ponerse debajo de los ricos, y así aumenta la aprobación de un pueblo sin ideología, que sólo sabe apoyar a quien sea, que les da de comer sin trabajar.

2.- CORRUPCIÓN DEL PODER LEGISLATIVO.
El congreso ha sido creado para hacer las leyes. Sus miembros tienen que parlar, pero por el alto grado de ignorancia de los congresistas, sus parlamentos abundan en palabras, pero carecen de conceptos y en la mayoría de los casos, no tienen la inteligencia para terminar un pensamiento completo. Sus frases son como una ensalada de lechuga, llena el plato, pero no alimenta. Son tan ignorantes de su función, que comenzaron por hacer las sesiones itinerantes, pero abandonaron el proyecto. Ahora quieren que los “Gestores para el Desarrollo Local”, piensen por ellos y faciliten presentar proyectos de ley, en consonancia con la realidad nacional. No existe liderazgo político. No tenemos rumbo y están dando palos de ciego, a ver si alguna vez atinan en el blanco. La ley es convertir la provisional en permanente y lo permanente en provisional, y operan como lobbystas a favor de la Oligarquía. Para los ricos todo, para los pobres, ¡La Ley!
Según el pensamiento Marxista el poder “público”... “viene a ser, pura y simplemente, el Consejo de administración que rige los intereses colectivos de la clase burguesa.” El Estado tiene que pensar, su función es pensar por los demás, pero lamentablemente, nadie piensa donde todos tragan (J. Ingenieros, El hombre mediocre) Y como no piensan, no existe comunicación con el pueblo. No tienen nada que comunicar y es mejor que se callen.
La frase “otorongo, no come otorongo” que el pueblo aplica a los congresistas, es fiel manifestación de la realidad. Los “otorongos” no son otra cosa que una manada de fieras autóctonas. Y no puede haber sentimiento de humanidad, cuando los que gobiernan son “otorongos”, (fauna silvestre) mimados por la oligarquía (nacida del narcotráfico). No existen congresistas virtuosos. La corrupción es total. La pus brota sin necesidad de apretar el dedo. No hacen nada por el bien común, ni por interés de los pobres. Conforman grupos de otorongos hambrientos, corruptos, que todo lo hacen por dinero. Los otorongos se unen para tragar del plato que les pone el rico. Si es poco pelean entre ellos, como fieras, pero apenas les echan un poco más, para que traguen, se acaba el pleito y vuelve la paz entre la manada. Nadie fiscaliza, nadie sanciona y se concreta en la realidad, la frase “!Estamos en el Perú!” y los pobres seguimos esperando que algún día aparezca alguien, verdaderamente virtuoso, que termine con tanta corrupción. Así pues, no hay la mínima intención de discutir una reforma del Estado. No se vislumbra una inclusión social en el Poder Judicial, para que sea el pueblo quien elija a sus jueces. No existe definición en la clase de economía que debe regir. No existe una verdadera descentralización, porque las regiones no sintonizan con la “línea política del Presidente”. No se dan por enterados que el fin del Estado el bienestar de los ciudadanos, y que todas las instituciones tienden a afianzarlo. Mendigan los votos y ruegan al pueblo, que los hace bailar, pero una vez en el Congreso, se olvidan de sus obligaciones, establecen filtros para impedir que el pueblo al que representan llegue a sus oficinas, se ponen de espaldas al pueblo y luego, pretenden pagar a otros comechados, para que ganen su comida sin trabajar, viajando a los pueblos más alejados, dizque, para ponerse en contacto con el pueblo y conocer sus necesidades. ¡Bárbaros! Pagan para que hagan lo que ellos están obligados a hacer. ¡Se les acabó el tiempo! En lugar de servir para mantener el sistema, se han convertido en sus principales verdugos y el pueblo se hartó, se cansó de tanta mentira. Ya no queremos seguir “abajo”, de los pies dominantes de los ricos, tolerando la demagogia, la mentira y las artimañas, de los que viven prendidos de la teta del Estado, imaginando que representan al pueblo. Pueblo que, obviamente, los rechaza, los desprecia y ridiculiza.

3.- CORRUPCIÓN DEL PODER JUDICIAL.
El Poder judicial está tan corrupto, que ya no existe vergüenza entre los jueces que resuelven según a como se pague por las sentencias, siendo el caso que un mismo juez dicta sentencias contradictorias en casos semejantes y la justicia se la reparten entre Al Capone y Frank Nitti, uno manda en el Poder Judicial y el otro en el Ministerio Público. Todos ignoran qué cosa es la justicia. Son jueces, pero jamás justos. Malos abogados, buscan la influencia para no morirse de hambre y aceptan ser jueces, sin tener capacidad para administrar justicia. Más que buscar la justicia, buscan el poder, el placer y el dinero; por lo que se ha convertido en la institución más corrupta del Perú y la menos confiable, dándose el caso que más del 50% de los jueces adolece de problemas mentales, y nadie hace nada para reformar esa entidad ineficiente. No saben qué hacer para salir de la  crisis que agobia al sistema de justicia penal, caracterizado por la falta de transparencia y control popular, frustración de las expectativas comunitarias de paz, seguridad y tranquilidad, y las de los agraviados por el delito, casi nunca resarcidos; así como por la insatisfacción de los incriminados que sufren las consecuencias del incumplimiento del plazo razonable en la resolución de su situación jurídica y el atropello de la presunción de inocencia que los favorece, porque el derecho penal, es frecuentemente desviado de sus finalidades legítimas y puesto al servicio de las tiranías, o del simple presidencialismo, para las qué constituye un arma indispensable.
Marx sostiene que la burguesía, en connivencia con el estado, se puede servir de practicas jurídicas (sobre todo en momentos en donde la crisis es apacible) o el uso de la fuerza (en momentos donde la lucha por el poder es muy intensa) para mantener el status quo- el liberalismo- que viene desde el gobierno de Morales Bermúdez y que ahora alcanza su clímax.  
A pesar de la tan fementida “inclusión social”, el pueblo no participa en la elección de los jueces, por lo que el Poder Judicial se ha convertido en una mafia en la cual se protegen los jueces corruptos entre sí, cometiendo las más clamorosas injusticia, en iniquidades que claman al Cielo, por lo que Dios ha dispuesto su extermino, por lo que la población no los respeta y son objeto de odio y menosprecio y afán de venganza, que no tardará en llegar, porque el sistema, que debieron defender, según Kelsen, ha colapsado y el pueblo quiere un cambio, por lo que sea, pero un cambio radical y rápido.  ¡El tiempo de la paciencia se acabó! ¡El pueblo exige justicia!
En el colmo de la corrupción, el presidente de la corte Superior de justicia de Ica, se ha concertado con el cuestionado alcalde de Túpac Amaru Inca, y ha permitido la malversación de los bienes de la Municipalidad que administra y le de cómo donativo, la utilización de las oficinas municipales para uso del Poder Judicial, sin tener ni pizca de idea de que eso constituye delito, y ha dispuesto que se abandone el local ubicado en la calle Abraham Lincoln (hotel Pachito), pagado con el presupuesto del Poder Judicial, para llevarse los juzgados que deben funcionar en la capital de la provincia, al distrito Túpac Amaru Inca, donde le han dado como donativo o prebenda, el uso de parte de las instalaciones del local de la Municipalidad de ese distrito, posiblemente a cambio de que los procesos judiciales que se ventilen en su contra, sean desestimados o declarados improcedentes o infundados, según las circunstancias, lo que deja en evidencia la colusión entre el Poder Judicial y el poder político, por encima de cualquier reclamo moral de parte de la ciudadanía.
Entonces tenemos, que por el lado del Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, se ha sometido la soberanía a la OLIGARQUÍA, en el Poder Judicial se ha sometido la justicia al PODER POLÍTICO OLIGÁRQUICO, por lo que los justiciables somos víctimas de las peores injusticias. Y los ricos alientan a los brutos e ignorantes a que copen el Poder, porque saben que los ignorantes son dañinos aún para sí mismos. (Ortega y Gasset, La rebelión de las masas), como por ejemplo, el alcalde de Pisco, que más es el daño que causa a nuestro pueblo, con sus proyectos, que las obras que hace.
Tenemos pruebas de la corrupción del Poder Judicial, con sentencias en que se ha metido a la cárcel a trabajadores pobres, por no haberle pagado una deuda de naturaleza civil, a prestamistas y usureros. Se ha sentenciado en proceso sumarísimo y por acción privada, a periodistas querellados por delitos cometidos por medio de comunicación social y de la paralización de procesos en los cuales los alcaldes de distintas municipalidades están comprometidas, a efectos de procurar la impunidad de los procesados por graves delitos y para no pagar obligaciones laborales o civiles que deben pagar por sentencia firme.
Es tan corrupto este Poder Judicial de Ica, que con plena conciencia de que tenemos harta carga procesal y que el justiciable exige se resuelvan los casos en los plazos establecidos por la ley, en el año 2011, se han hecho TRES traslados de los juzgados civiles y laborales, demorando maliciosamente la administración de justicia para favorecer a empleadores y empresarios, buscando aburrir a los pobres, para que abandonen el proceso, ya que como todo el mundo sabe ¡La justicia tardía, no es justicia!
Se habla de inclusión social, y nosotros afirmamos que lo provisional se hace permanente, así, se agobia al pueblo pobre, y lejos de administrar justicia gratuita, como manda la Constitución, se ha establecido una odiosa carga procesal, cobrando a los litigantes aranceles judiciales, obligando a pagar el  ofrecimiento de pruebas y cédulas de notificación, como entrada al circo. Quien no paga, no entra y no tiene derecho a la justicia. ¡Así la oligarquía nos somete al servicio LUCRATIVO, del poder judicial para que gane el que más plata tiene.
Los jueces fueron nombrados a dedo en el primer gobierno de Alan García, entre sus abogados sin clientela, para que tengan de qué vivir, y una vez en el cargo, se amarró el sistema para que no ingresen abogados que ejercen la defensa libre. Ollanta ruega a los corruptos, que mejoren la calidad de justicia, pero no tiene ni la más mínima idea de cómo reformar ese antro de corrupción, por lo que no hace nada para que mejore la calidad de la justicia.
 A los jueces se les dicta cursos para que aprendan lo que nunca aprendieron en la Universidad, y la mafia organizada, convoca sólo a éstos (apristas todos) para los concursos internos para ser nombrados titulares, y como recién están aprendiendo derecho, las sentencias se dictan según a las clases recibidas en el mes, siempre dependiendo de quien paga o de qué partido es el litigante. La tónica en los juzgados laborales, es demorar el proceso para aburrir a los trabajadores y que abandonen el proceso y así librar a los empleadores del pago de sus obligaciones laborales. Nuestros archivos están llenos de toda esta corrupción e injusticias, por lo que nos declaramos INDIGNADOS y tomamos la decisión de insurgir en contra de los que detentan el poder oligárquico, para reivindicar el Derecho de justicia a favor del pueblo. Si el dinero marca la razón y la sentencia de los jueces ¿Dónde está la justicia? Los justiciables no apristas nos encontramos ante jueces que son jueces y partes. Aprendices de Derecho, litigan contra los abogados, intentando demostrar que saben más, y como ordinariamente es uno mal juez en causa propia, yerran en sus decisiones, por lo que prefieren vender la resolución al mejor postor, para pasar como corruptos y no como brutos. Han olvidado lo capital: La justicia es una necesidad social, porque el derecho es la regla de vida para la asociación política, y la decisión de lo justo es lo que constituye el derecho. Por culpa de Alan García, que ha creado este monstruo de mil cabezas, como culpable es de que la decisión de elegir a los gobernantes esté en la mayoría casi analfabeta y sin cultura cívica, el sistema ha llegado a su fin y los peruanos queremos el cambio, urgente y radical, ahora, y definitivamente.

4.- CORRUPCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Al haberse entregado a la masa, la elección de sus gobernantes, no hay meritocracia. Se designa a dedo a cualquiera ignorante para que sea autoridad  y se reparten los cargos como un botín de guerra. El ignorante, que no conoce ni de oídas la Ley del Procedimiento Administrativo General, por lo mismo que es ignorante, carece de responsabilidad y acepta el cargo para el cual no está preparado, creyendo que la autoridad, consiste en ser arrogante, pretensioso, cruel, inhumano, dominante, intolerante y vengativo, como fue el conquistador español. El ignorante no sabe qué es la asociación del bienestar y de la virtud, para bien de las diversas clases de habitantes, para que formemos una familia y una sociedad, que se baste a sí misma.
El ignorante no sabe que la base de su autoridad se sustenta en el diálogo, la comunicación con su pueblo y como no tienen verbo, hablan tonterías que nadie comprende, juntando palabras rebuscadas, sin orden ni concierto y lo peor, sin rumbo. Finalmente, como carecen de razón, se imponen por la fuerza y a los que se resisten, los doblegan a través de constantes represalias, hasta que los hacen callar, o los meten presos. La represalia es la vara de mando, el cetro de su autoridad. Así les pasa a los profesores en la UGEL, a los campesinos en las Desmotadoras, los Comités de Regantes, ALAS y ANA, a los trabajadores en la zona de Trabajo, a los pescadores en el Ministerio de la Producción. a los médicos en el MINSA, a los pensionistas en ESSALUD. Aquí es el colmo. Gente fraudulenta logró pensiones de jubilación y a los jubilados honestos los tienen penando para darles lo que les corresponde por derecho propio: y así en demás instituciones del Estado. ¡Callas, o sufres!
En su obra “La ideología Alemana”, Marx dice que el estado “... es la forma bajo la que los individuos de una clase dominante hacen valer sus intereses comunes y en la que se condena a toda sociedad civil de una época”.  El Estado ha sido copado por los apristas, puestos al servicio de la Oligarquía por obra y gracia de Alan García, y desde el Poder Judicial, y la administración pública, se condena a toda la sociedad a someterse al que tiene plata, o al dominio de los mafiosos que se reparten los puestos públicos entre ellos, impidiendo que los ciudadanos, que sí tienen méritos, accedan a un cargo. Y los que sí saben y conocen, están relegados a trabajar como taxistas u otro oficio.
El Perú está en crisis. La crisis  se evidencia en la fragmentación partidaria, (sólo subsiste el APRA) la desnaturalización de las instituciones (ni el Congreso, ni el Poder Judicial, ni el Ejecutivo, sirve para sus fines) o la división de clases misma (no existe ningún gremio unitario, todo está dividido por intereses crematísticos) de lo que surge el triunfo del plan urdido por la alta burguesia: “Divide y vencerás”.
O los mecanismos formales de resolución de conflictos suscitados por el delito funcionan y superan o, por lo menos, reducen los índices de violencia que subyacen tras cada  hecho punible; o la población, cansada de vivir en medio de la inseguridad e intranquilidad, toma en sus manos la persecución y castigo de los infractores, en medio de la anomia y completa quiebra institucional.

5.- LA CORRUPCIÓN IMPONE LA INSTALACIÓN DE UNA PETROQUÍMICA EN PARACAS, PORQUE EL GRUPO BRESCIA TIENE PLATA A MONTONES, COMO PARA COMPRAR A TODOS LOS MIEMBROS DE LOS TRES PODERES DEL ESTADO.
El consejero regional CARLOS OLIVA FERNÁNDEZ PRADA, ha demostrado que la mayoría de los funcionarios públicos, se entregan al mejor postor y sirve para hacer el papel de tontos útiles de la Oligarquía, o agente de los “Lobbys”.
Es así, que los ignorantes y “lobbystas” han cometido la mayor estupidez que puede cometer un ser humano: Instalar industrias altamente contaminantes ahí donde el Estado ha declarado la existencia de una zona de protección del medio ambiente. Una contradicción histórica que ninguna inteligencia, por burda que sea, puede admitir, salvo los lobbystas y los ignorantes.
Así tenemos que el artículo 68 de la Constitución Política del Perú dispone que el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas; el artículo 9 de la Ley General del Ambiente - Ley Nº 28611 establece que la Política Nacional del Ambiente tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y el desarrollo sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperación del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona; el artículo 10 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 distingue entre las competencias exclusivas y compartidas para ser ejercidas por los Gobiernos Regionales. Según el numeral 1 son competencias exclusivas: l) Concretar acuerdos con otras regiones para el fomento del desarrollo económico, social y ambiental; y n) Promover el uso sostenible de los recursos forestales y de biodiversidad; en tanto, el numeral 2 precisa que son competencias compartidas la: c) Promoción, gestión y regulación de actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondientes a los sectores agricultura, pesquería, industria, comercio, turismo, energía, hidrocarburos, minas, transportes, comunicaciones y medio ambiente; d) Gestión sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental; y e) Preservación y administración de las reservas y áreas naturales protegidas regionales; los artículos 68 y 69 del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas aprobado por el Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, establecen que las Áreas de Conservación Regional son administradas por los Gobiernos Regionales en coordinación con las Municipalidades, poblaciones locales, Comunidades Campesinas o Nativas que habiten en el área e instituciones privadas y públicas, quienes participan en la gestión y desarrollo de las mismas el artículo 2 de la Ley de Áreas Naturales Protegidas - Ley Nº 26834 establece que la protección de las áreas tiene como uno de sus objetivos el de proporcionar oportunidades para la recreación y el esparcimiento al aire libre, así como para un desarrollo turístico basado en las características naturales y culturales del país; el artículo 9 del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, precisa que en la aplicación de las disposiciones establecidas por dicho Reglamento, se reconoce, protege y promociona los valores y prácticas sociales, culturales, religiosas, espirituales y económicas propias de las comunidades campesinas y nativas, tal como lo establece el “Convenio Nº 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes” de la Organización Internacional del Trabajo-OIT, en particular lo señalado en su Parte IX y en armonía con los objetivos de creación de las Áreas Naturales Protegidas; Que, según el numeral 89.1 del artículo 89º del Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, el Estado reconoce los derechos adquiridos, tales como propiedad y posesión entre otros, de las poblaciones locales, incluidos los asentamientos de pescadores artesanales y las comunidades campesinas o nativas, que habitan en las Áreas Naturales Protegidas con anterioridad a su establecimiento.
Queda claro que las modalidades de otorgamiento de derechos para el aprovechamiento del recurso natural paisaje con fines turísticos, no permiten el aprovechamiento directo de otros recursos naturales distintos al paisaje; sin embargo, como estamos en un sistema de gobierno oligárquico, iniciado con Morales Bermúdez, continuado por Fujimori, Toledo, García y Humala, nada importa la persona, ni la sociedad, ni los Derechos Humanos, ni la dignidad del hombre, cuando el que tiene plata quiere explotar algún recurso nacional y así, los que “están abajo”, derogan las leyes, cambian peritajes, amañan procedimientos, adulteran la realidad, y facilitan al explotador, la explotación de nuestros recursos, maquillando el término, con la expresión “inversión”, que no es otra cosa que la “inversión” de la explotación del capitalismo salvaje, por una palabra menos explícita. No existe inversión, cuando se entierra una aguja y se saca un riel de tren. La inversión se entiende como sacar del Perú un kilo de hierro en bruto, a un Nuevo Sol, y regresar ese kilo, transformado en una cocina a gas, que nos venden a quinientos Nuevos Soles, ese kilo de hierro transformado.  Invirtieron la figura  en su provecho. Pero, sacar el oro del país, destruyendo el paisaje, sin pagar impuestos, haciendo trabajar de Sol a Sol a los obreros, sin ponerles sombra, sin darle un refresco, sin permitirles respirar una bocanada de aire fresco, eso es explotación, aquí o en la China. Inversión, es cuando la persona tiene un millón, y lo entrega para sacar mil profesionales que mejoren la situación penosa de los más pobres. Pero aquí, como todo se compra y todo se vende, los pecadores contra el octavo mandamiento, se encargan de dar falsos testimonios y mentir, para engañar a los necios, a los tontos y a los ignorantes, que se creen esa farsa, de que la explotación, no es explotación, sino inversión, y así, los necios, los tontos y los ignorantes piden a los explotadores que venga y nos exploten, pero escondido el asalto, bajo la careta denominada “inversión”, como si fuéramos indios con plumas, que regalamos nuestra riqueza al blanco y barbado, a cambio de espejitos y cintas de tafetán. ¡Y satanizamos a los patriotas que se atreven a rechazar las baratijas y exigimos una mejor relación de intercambio, mejores precios para nuestra materia prima, o el pago de impuestos, acorde con la riqueza que se llevan los explotadores. En la explotación del gas natural, los “inversionistas”, no gastaron más de treinta mil Nuevos soles, para la creación de su empresa y hasta la fecha se van llevando más de veinte mil millones de dólares. ¡Eso se llama explotación, y de la peor, porque están depredando el gas, para terminar con todo, antes de cinco años, y qué diablos les importa los daños que causen a la ecología, a la biodiversidad, al medio ambiente y a las personas que habitamos este valle de lágrimas, que demuestra que la historia del Perú, es una historia plagada de traiciones y la política nacional de traidores.
Si el Estado, no sirve a los intereses de nuestro pueblo. Si el Estado se ha convertido en el moderno corregimiento del Virreynato y sólo sirve para proporcionar carne fresca a los explotadores, entonces el Estado tiene que desaparecer, siguiendo la ruta de Túpac Amaru, Pumacahua, Zela y tantísimos peruanos que no aceptaron vivir de rodillas.

6.- CORRUPCIÓN EN EL GOBIERNO REGIONAL:
Es vox populi, que al abogado Alonso Navarro Cabanillas, le ha quedado muy grande el cargo de Presidente Regional de Ica, y hasta ahora no se aprecia obra relevante, que haya ejecutado a favor del pueblo, más se le conoce como un asiduo pedidor de licencias, para no participar en sesiones del GORE ICA, existiendo un distanciamiento con los consejeros regionales, lo cual perjudica al pueblo, porque cada quien camina por su lado; igualmente no coordina el desarrollo de la Región con sus autoridades locales, y ningún ciudadano puede testificar que se haya puesto alguna una primera para obra relevante para nuestro pueblo. Si una persona se gana un sueldo del Estado, pero no trabaja, (se la gana fácil), eso es corrupción.
Obrar como un “lobbysta” camuflado, con doble discurso, en el caso de la Petroquímica, que se pretende instalar en área de protección del medio ambiente, ¡Eso es corrupción!

7.- CORRUPCIÓN EN EL GOBIERNO LOCAL.
La ausencia de obras relevantes, la permanencia de asesores corruptos, que ganan sueldos exorbitantes, el facilismo de querer enajenar- con el pretexto de concesión- de algunos bienes, como el Estadio Municipal; el incremento en demasía de trabajadores que no saben qué hacer, el cambio constante y sistemático de funcionarios, que no contribuye a nada (sólo propicia el caos administrativo municipal), la rotación de los mismos funcionarios en áreas donde resalta su ignorancia y donde tienen que esperar la buena voluntad de trabajadores antiguos, para darle funcionalidad a sus oficinas, propiciando el maltrato de la carrera pública; la política del ciego que no quiere ver, del sordo que no quiere oir, y el estar desconectado de la sociedad civil, son una evidencia clara de incapacidad administrativa para administrar la Municipalidad Provincial de Pisco. El Alcalde es elegido para administrar los bienes de la Municipalidad, no para venderlos y para que brinde los servicios esenciales a la comunidad. Se habla de un Pisco verde, Pisco seguro y Pisco limpio.
En lo primero, hasta la fecha no se ha plantado un solo árbol y lo poco que hizo la anterior gestión, tiene un deficiente mantenimiento.
En lo que respecta a lo segundo, los asaltos continúan a la orden del día, el funcionamiento de Serenazgo es un canto de sirenas, la drogadicción continúa, y la policía si coordina permanentemente, tiene como resultado cero de nota.
En lo que respecta a Pisco limpio, se ha avanzado algo, pero el depósito de basura creado (según notificas) por el Gerente de Servicios a la población, y la basura que está en las inmediaciones de la carretera Pisco - Paracas, ocasiona vergüenza, por eso, no dudamos en afirmar que en el gobierno local, también cunde la corrupción por doquier y mientras esta gestión, a pedido de la sociedad civil, no nos haga una clara rendición de cuentas, como manda la Ley, seguiremos pensando que estamos bajo un gobierno corrupto.
Hoy el interior de la Municipalidad es un caos, y alguien tiene que ponerle fin y ese alguien es el pueblo, después de escuchar qué cuentas le rinde, nuestro poco capacitado intelectualmente, alcalde provincial, hasta la fecha.

DEFINITIVAMENTE, los que deben defender el sistema, han fracasado en su misión. Ollanta reclama justicia de calidad dentro de un Estado de Derecho, lo que revela que ignora que la Constitución impone un Estado Constitucional de Derecho. Dominados por la corrupción, no han sabido sentar las bases de una convivencia social pacífica y de aceptación del sistema, por lo que son pocos los que confían en el Estado y la gran mayoría quiere un cambio, por lo que sea, pero cambio al fin. Hé ahí la razón por la cual la juventud ha dado su apoyo a la inscripción del MOVADEF como partido político, y que demuestra la estulticia de la OLIGARQUÍA y sus corifeos de la política nacional, que no entienden la contradicción y han fracasado en la defensa de su propio sistema.
Este manifiesto refleja sólo una visión parcial del problema que aqueja a nuestro pueblo, por lo que invitamos a los intelectuales a las reuniones que sostenemos semanalmente, para que hagan sus aportes en pro de un Perú, libre y soberano, con justicia justa, y desarrollo sostenible…

¡SIEMPRE DE PIE!                                                 ¡NUNCA DE RODILLAS!



Teódulo Will Hernández Valle                            Pedro Julio Rocca León
 Q.E.P.D Siempre presente.                             Comité Provincial de Lucha




Catalino García Briones                                       Jorge Luis  Vega Soto.
 COOPROSOC Pisco                                       Comisión Técnica Mixta