lunes, 25 de enero de 2021

MODELO DE RECLAMACION SUNAT -SUNAD IMPUTCION CONTRABANDO

 

SUMILLA: INTERPONE RECLAMACIÓN

RESOLUCION DE DIVISION  N° 000001-2021.SUNAT/3P0500.

 A LA DIVISION DE CONTROL OPERATIVO DE LA INTENDENCIA DE ADUANAS DE PISCO.

XXXX  con RUC 111111 y domicilio en calle  Guillermo Quiñones Nº 111, distrito y provincia de Pisco, Región Ica, se presenta y dice:

Que,  dentro del plazo establecido en el artículo 137º del TUO del Código Tributario, interpongo recurso de reclamación contra la Resolución de División N° 000001-2021.SUNAT/3P0500, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho que a continuación se expone:

I.- FUNDAMENTOS DE HECHO:

1.- Existe una interpretación errónea de los artículos 1° y 2° de la Ley N° 28008, en el extremo de la Resolución de División que dice: “Que el artículo 1° de la Ley N° 28008 Ley de los Delitos Aduaneros respecto al delito de contrabando  señala que: "el que se sustrae, elude o burla el control aduanero ingresando mercancías dei extranjero o las extrae del territorio nacional o no las presenta para su verificación o reconocimiento físico en las dependencias de la Administración Aduanera o en los lugares habilitados para tal efecto, cuyo valor sea superior a cuatro (4) Unidades impositivas Tributarias, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de cinco ni mayor de ocho años, y con trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días-multa”', asimismo, el literal d) del Artículo 2° del mismo cuerpo legal establece como modalidad dei delito de contrabando:: "Conducir en cualquier medio de transporte, hacer circular dentro dei territorio nacional, embarcar, desembarcar o transbordar mercancías, sin haber sido sometidas ai ejercicio de control aduanero”;.

2.- A fin que la autoridad competente pueda apreciar los errores de interpretación de la ley, he destacado en letra negrita los errores siguientes: “no las presenta para su verificación o reconocimiento físico en las dependencias de la Administración Aduanera” - “cuyo valor sea superior a cuatro (4) Unidades impositivas Tributarias,” y “sin haber sido sometidas ai ejercicio de control aduanero”;.

3.- En efecto, tales expresiones no se pueden aplicar a la verdad de los hechos, como se aprecia de los siguientes:

3.1 En el formato “Declaración simplificada” del despacho simplificado de exportación, de fecha 06 de octubre de 2020, consta que las mercancías despachadas ítem 5: “VALOR ADUANA”, consta que la mercancía corresponde al Comprobante de pago (Factura) 001-0001-0001376 de fecha 6 de octubre de 2020, por importe de 2,904.73 Dólares USA.

3.2 Acompaña el DSE 127-2020-000234-48, la FACTURA N° 001-001376 emitida por Luis Valenzuela Velit, RUC N° 10222699164, de fecha 6 d octubre del 2020, en donde aparece en el item 40, cincuenta cartones de cigarros con precio unitario de US$ 11.66 cada uno y un total de US$ 583.00, siendo el total de la factura US$ 2,904.73. con lo cual se acredita que el monto total de la mercancía no supera los US$ 5,000.00 que señala la ley y que los cigarros han sido declarados legalmente, lo que acredita que no existe dolo en el accionar de mi persona ni en el transporte de la mercancía, lo que deja en evidencia que no existe delito de contrabando como se afirma erróneamente en la Resolución de División reclamada.

4.- En tal contexto, resulta arbitrario o violatorio del principio de motivación de las resoluciones, lo que se afirma en el considerando siguiente: “Qué asimismo, el artículo 33° Infracción administrativa de la menciona Ley refiere: "Constituyen infracción administrativa los casos comprendidos en los artículos 1°, 2°, 6° y 8° de la presente Ley cuando el valor de las mercancías no exceda de cuatro (4) Unidades Impositivas Tributarias, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3° de la presente Ley”; por cuanto es evidente que no existe congruencia entre lo que manda la ley y lo que se resuelve en la Resolución de División, pues el monto de las mercancías apenas si logra alcanzar el 50% del valor de mercancías que señala la ley.

5.- En relación con lo que se sostiene: “Al respecto el artículo 47° de la Ley N° 28008, establece el plazo veinte (20) días hábiles para solicitar la devolución de mercancías Incautadas, siendo que, en el caso materia de autos, hasta el momento de la emisión de la presente no se ha registrado expediente alguno solicitando la devolución de las mercancías objeto de incautación” es evidente que no se ha tomado en consideración el estado de emergencia nacional por la Pandemia Covid 19, ni el poco valor de la mercadería incautada, pues haciendo un test de ponderación, más caro me resultan los riesgos de ser sometido a un confinamiento extremo por decisión del gobierno en declarar en cualquier momento la cuarentena absoluta, que en tratar de recuperar una cantidad de mercancía por una transacción ocasional realizada en el puerto de San Juan, de lo que fluye la arbitrariedad de la decisión administrativa, que me sanciona por mi prudencia, en plena pandemia, en circunstancia que inclusive el Poder Judicial, ha restringido sus labores, de lo que fluye el exceso de poder de la administración.

6.- También es un exceso de poder lo que se sostiene en la parte considerativa que aduce: “Que, en autos, ha quedado acreditado de manera objetiva que la persona natural con negocio VALENZUELA VELIT LUIS ALBERTO identificado con RUC N" 10222699164 hizo circular por el territorio nacional mercancías de procedencia extranjera sin contar con la documentación que sustente su ingreso legal”, siendo el caso que de manera extraordinaria, se presentó la ocasión de prestar un servicio para embarque de mercancías en el puerto San Juan, a pesar de encontrarnos en plena pandemia, que limitó el ejercicio normal de las actividades económicas, siendo el despliegue del camión de mi propiedad, dentro de la jurisdicción de la Región Ica, y no a nivel nacional, como exageradamente se ha dicho, cuyo monto US $ 583.00 no justifica que gastemos mayor cantidad de dinero, en abogado, gastos de viaje, combustible, etc., estando en plena emergencia nacional y que un exceso de celo de personal de la SUNAT, no puede inducirnos a violar, por interés personal.

7.- Además resulta equivocado lo que se sostiene en el considerando en el cual se sostiene: “Que el artículo 36º de la Ley N° 28008, establece que: "Las personas naturales o jurídicas que cometen la infracción administrativa contemplada en la presente Ley, tendrán que abonar una multa equivalente a dos veces los tributos dejados de pagar.", en el presente caso los tributos dejados de pagar ascienden a la suma de US $ 1 333,00 (mil trescientos treinta y tres con 00/tOO Dólares de los Estados Unidos de América), por lo tanto, al haberse incurrido en la infracción administrativa antes citada, corresponde SANCIONAR a la persona natural con negocio VALENZUELA VELIT LUIS ALBERTO identificado con RUC Nº 10222699164, con una multa ascendente a US $ 2 666,00 (dos mil seiscientos sesenta y seis con 00/100  Dólares de los Estados Unidos de América) que equivale a dos veces los tribuos dejados de pagar, cuyo monto al tipo de cambio de la fecha de infracción (T.C. 3,572)5 asciende a S/. 9 522,95 (nueve mil quinientos veintidós con 95/100 Soles)”;

7.1 Lo vertido por la Administración, colisiona con lo que dispone el artículo 33.- Infracción administrativa Constituyen infracción administrativa los casos comprendidos en los artículos 1, 2, 6 y 8 de la presente Ley cuando el valor de las mercancías no exceda de cuatro (4) Unidades Impositivas Tributarias, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3 de la presente Ley.” Por las siguientes razones:

7.1.1 No se ha producido la tipicidad que dispone el artículo 1° de la ley, puesto que no se ha incurrido en alguna de las siguientes acciones delictivas: sustraer, eludir o burlar el control aduanero, como verbos rectores de la ley, como se acredita con el acta y la factura correspondiente, en que pacíficamente se presentó las mercancías, y que están respaldadas con la factura que se anexó a la DSE 127-2020-000234-48.

7.1.2 No se ha ingresado mercancías del extranjero o extruido del territorio nacional o no las presenta para su verificación o para su reconocimiento físico en las dependencias de la Administración Aduanera, como se acredita con el acta y la factura correspondiente, en que pacíficamente se exhibió físicamente las mercancías, las mismas que están respaldadas con la factura que se anexó a la DSE 127-2020-000234-48.

1.7.3 No se ha producido ocultación o sustracción de mercancías a la acción de verificación o reconocimiento físico de la aduana, dentro de los recintos o lugares habilitados, como se acredita con el acta y la factura correspondiente, en que pacíficamente se presentó las mercancías, y que están respaldadas con la factura que se anexó a la DSE 127-2020-000234-48.

7.2  No se ha producido la tipicidad que dispone el artículo 2° de la ley, puesto que los hechos narrados y las conductas imputadas, no se adecuan a las causales de infracción previstas en el mencionado artículo 2° de la ley 28008.

7.3 No se ha dado la tipicidad que reprime el artículo 6° de la Ley N° 28008, por cuanto no se ha adquirido ni recibido en donación, en prenda, almacenamiento, ocultado, vendido o ayudado a comercializar mercancías cuyo valor sea superior a cuatro (4) Unidades Impositivas Tributarias y que de acuerdo a las circunstancias haya tenido conocimiento o se compruebe que debía presumir que provenía de los delitos contemplados en dicha Ley, por lo que es un exceso de poder iniciar procedimiento administrativo con vulneración  de la que dispone la ley.

7.4 No se ha dado la tipicidad que reprime el artículo 8° de la Ley N° 28008, por cuanto no hemos traficado mercancías prohibidas o restringidas, ni hemos utilizado otros medios, artificios o infringiendo normas específicas para introducir o extraer del país mercancías por una cuantía superior a cuatro (4) Unidades Impositivas Tributarias, de lo que se infiere un exceso de poder, pretender un procedimiento administrativo a conciencia que no se dan las causales para tal efecto.

7.5 Finalmente es de hacer notar que no hemos incurrido en el delito que reprime el artículo 3° de la Ley N° 28008, pues los hechos acreditan que en ningún momento hemos incurrido en la comisión de los tipos penales previstos en los artículos anteriormente mencionados, sea en un sólo acto o en diferentes actos de inferior importe a las 4 UIT, cada uno, que aisladamente serían considerados infracciones administrativas vinculadas al contrabando, por lo que estamos legalmente facultados para impugnar judicialmente la resolución que abusando del derecho, siga adelante con el procedimiento administrativo, con violación del artículo 103° de nuestra Constitución.

8.- Se ha incurrido en exceso de poder en la fijación de la multa administrativa, por una interpretación errónea del artículo 36´° de la Ley N° 28008, que dispone la aplicación de Multa equivalente a dos veces los tributos dejados de pagar. Y como en este caso, los cigarros declarados en la Factura, tienen un valor de US $ 583.00, es injusto que la multa supere su valor.

II FUNDAMENTOS DE DERECHO:

1.- Se ha violado el artículo 1° de nuestra Constitución, concordante con el artículo 139° inciso 14) de la ley máxima del Estado peruano, que garantiza el derecho a la defensa.

2.- Se ha violado el artículo 103° in fine de la Constitución Política del Perú, que se infiere por el abuso del derecho en mi agravio.

3.- Se ha violado el artículo 10° de la Ley N° 27444° del Procedimiento Administrativo General, por violación de la Constitución y la Ley.

4 Se ha violado los principios del procedimiento administrativo que privilegia el artículo IV del Título Preliminar de la Ley 27444 del PAG., entre los que destaco los principios de legalidad, del debido procedimiento, de  razonabilidad y de predictibilidad o de confianza legítima, que impone a la autoridad administrativa se someta al ordenamiento jurídico vigente y no actuar arbitrariamente. En tal sentido, la autoridad administrativa no puede variar irrazonable e inmotivadamente la interpretación de las normas aplicables, como ha sucedido en este caso concreto, en que la arbitrariedad ha predominado por encima de la justicia. Además se ha violado el Principio del ejercicio legítimo del poder, que dispone: “La autoridad administrativa ejerce única y exclusivamente las competencias atribuidas para la finalidad prevista en las normas que le otorgan facultades o potestades, evitándose especialmente el abuso del poder, bien sea para objetivos distintos de los establecidos en las disposiciones generales o en contra del interés general.”

POR LO EXPUESTO:

A la División de Control Operativo de la Intendencia de Aduanas de Pisco, pido acceder a mi reclamación y disponer en justicia.

Pisco, 15 de Enero de 2021.

MODELO QUEJA POR DENEGACION RECURSO DE CASACIÓN PENAL

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EXPEDIENTE Nº 00231-2015-85-JR-PE-02

SECRETARIO DE SALA RAUL SALDAÑA MENDOZA

ESPECIALISTA: MELÉNDEZ LEGUA, JESÚS ABRAHAM

SUMILLA QUEJA POR DENEGATORIA DE CASACIÓN

 

A LA SALA PENAL SUPREMA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA.

PEDRO JULIO ROCCA LEÓN, abogado de XXXXXXXXXXX en los autos sobre Colusión Agravada en agravio del ESTADO, en grado de CASACIÓN, dice:

Que, habiendo sido notificado en mi CASILLA ELECTRÓNICA N° 7821, el 18 de enero de 2021, con la Resolución N° 16 pero con fecha aparente del 14 de octubre de 2020, (94 días a posteriori) que resolvió DECLARARON: INADMISIBLE el recurso de casación excepcional interpuesto por la imputada Felicita Lorenza Guerra Solís, con fecha 07 de setiembre de 2020, contra la sentencia de vista contenido en la resolución N° 14 de fecha 21 de agosto de 2020 corriente de fojas 194 a 214, en tiempo hábil y al amparo del artículo 437° numeral 2) del D. Leg. 957, presento RECURSO DE QUEJA POR DENGATORIA DE CASACIÓN, que espero se admita, por los vicios “in iudicando”, que fluye de la inaplicación del artículo 139° incisos 3), 5), 6) que garantiza la instancia plural y 14) que prohíbe afectar el derecho a la defensa en cualquier estado procesal, como leyes Constitucionales, a causa de la interpretación arbitraria del artículo 428° del NCPP (establece la jerarquía competencial), por parte del Aquem, que paso a fundamentar:

1.- VIOLACIÓN DEL DERECHO A LA TUTELA PROCESAL EFECTIVA EL DEBID PROCESO QUE GARANTIZA EL NUMERAL 3) DEL ARTÍCULO 139° DE NUESTRA CONSTITUCIÓN:

1.1 No se ha dado comprensión lectora a los fundamentos de la Casación que fluye de la lectura del primer acápite, en que en forma clara argumenta: “… al amparo del artículo 427º numeral 1) (no 4, como se resuelve la inadmisibilidad de la Casación) del D. Leg. 957, presento recurso de CASACION, contra la sentencia definitiva expedida en apelación por esta Sala Superior, a fin que Sala Penal Suprema competente, declare su nulidad, y resuelva en sede casatoria, SI ES JUSTO –O  NO- QUE SE EMITA SENTENCIA CONDENATORIA CUANDO EL FISCAL SUPERIOR HA SOLICITADO LA ABSOLUCIÓN DE LA ACUSADA, (Por no estar conforme con las irregularidades advertidas en la sentencia del aquo y por la incorporación ilegal como “extraneus” en la época de vigencia de la ley penal aplicable) y si es justo condenar a una inocente, mediante un juicio sumario, dentro del sistema acusatorio y adversarial, que deja en evidencia que no se ha  respetado la tutela procesal efectiva, el debido proceso y la motivación de las resoluciones judiciales, (…), lo que importa que la Sala Penal Suprema competente queda obligada a decidir si es factible la aplicación el artículo 427° inciso 4) de la ley procesal penal, referente a la prescripción -dejada sin resolver por el Aquem- para que el Supremo Tribunal cumpla su rol eficiente y uniforme la jurisprudencia para el caso de la prescripción solicitada por el Fiscal Superior y sirva para el desarrollo de la doctrina jurisprudencial” He desarrollado en negrita los aspectos que no han sido resueltas por el Poder Judicial en agravio de la administración de justicia.

1.2 Si el Aquem no ha dado respuesta, ni permite que el Tribunal Supremo atienda el clamor de justicia, declarando inadmisible el recurso de CASACIÓN, dejando insatisfecha mi demanda de justicia que se ampara en el artículo 427º numeral 1) del D. Leg. 957, cuyos fundamentos están claramente expuestos bajo el rubro

“AGRAVIOS QUE PRODUCE LA SENTENCIA: “Se ha violado la TUTELA PROCESAL EFECTIVA el DEBIDO PROCESO y la MOTIVACIÓN de las Resoluciones Judiciales, etc. Se ha violado el PRINCIPIO DEL IN DUBIO PRO REO, por parte de dos jueces superiores, que confirmaron la sentencia con “IRREGULARIDADES DEL MAGISTRADO LUIS  GUTIERREZ FAJARDO”, etc. 

Es evidente que se violaron los Derechos Humanos a la tutela procesal efectiva y el debido proceso, lo que se infiere que la ilogicidad de la sentencia de Vista, que fluye de la írrita decisión de confirmar una sentencia que -según el mismo Aquem- adolece de “IRREGULARIDADES”, cometidas por el AQUO, por lo que debió concederse el recurso por estar dentro de los fundamentos que comprende el artículo 427º numeral 1) del D. Leg. 957[1], y sobre cuyo extremo LA SALA DE APELACONES DE CHINCHA, NO HA EMITIDO NINGÚN PRONUNCIAMIENTO, VIOLANDO CON ELLO LA TUTELA PROCESAL EFECTIVA Y EL DEBIDO PROCESO, para impedir que los magistrados supremos se enteren de cómo se administra justicia en esta parte del país.

1.3 En este caso, el recurso de queja contra la sentencia del Aquem, por declarar inadmisible la casación, resulta fundada porque la Sala de Apelaciones de Chincha y Pisco, infringió normas constitucionales, entre las que destaco el artículo 139° incisos 3, 5 y 6 de nuestra Constitución, por infracción de las garantías de la tutela procesal efectiva, del debido proceso, del principio-derecho de la debida motivación de las resoluciones judiciales y del derecho a la instancia plural, así como del derecho a la defensa, previstos como garantía de la administración de justicia.

2.    SE HA VIOLADO MI DERECHO CONSTITUCIONAL A LA INSTANCIA PLURAL POR VICIO IN IUDICANDO, QUE FLUYE DE LA OMISION DE INTERPRETAR Y RAZONAR JURÍDICAMENTE EN EL CASO CONCRETO (Fundamentos de mi Casación).

2.1 Otro extremo de la CASACION, contra la sentencia definitiva expedida en apelación por la Sala Superior de Apelaciones de Chincha, tiene por objeto que la Sala Penal Suprema competente, al declarar la nulidad de la sentencia de vista, “resuelva en sede casatoria, SI ES JUSTO –O  NO- QUE SE EMITA SENTENCIA CONDENATORIA CUANDO EL FISCAL SUPERIOR HA SOLICITADO LA ABSOLUCIÓN DE LA ACUSADA”, tema sobre el cual no existe jurisprudencia de conformidad con el NCPP, lo que hace necesario un pronunciamiento que uniforme los criterios procesales penales, en estos casos extraordinarios, que no ha sido apreciado con buen ánimo por la Sala Superior de apelaciones de Chincha y Pisco.

2,2 Esto significa que el Aquem ha tomado como pretexto, el artículo 427°, inciso 4, del Código Procesal Penal, para denegarme el recurso de CASACIÓN, y de estas manera impedir que la Corte Suprema pueda enterarse de los errores in iudicando, in procedendo e in cogitando que aparecen como fundamentos que justifican que recurra al recurso de CASACIÓN, que fuera DENEGADO ARBITRARIAMENTE.

2.2 La Resolución 16 de fecha 14 de octubre de 2020, emitida por el Aquem, es arbitraria porque viola el numeral 4) del artículo 427° del D. Leg. 957, por una antojadiza interpretación efectuada por el Aquem, por mantener conflicto de intereses con los argumentos de la Sentencia de vista emitida, pues la ley, correctamente interpretada, dispone que EXCEPCIONALMENTE, y por decisión de la SALA PENAL SUPREMA DE LA CORTE SUPREMA y conforme a sus atributos de prudencia, sensatez para formar sus juicios y experticia decida emitir pronunciamiento doctrinal, como debe ser en este caso concreto, considerando que el Aquem ha emitido sentencia condenatoria, a conciencia que el fiscal “virtualmente retiró la acusación fiscal” por los errores procesales, jurisdiccionales y lógico jurídicos, en que incurrió el aquo, para emitir sentencia condenatoria, por lo que estoy legitimado para interponer la presente QUEJA por denegatoria de CASACIÓN.

3.    SE HA VIOLADO MI DERECHO CONSTITUCIONAL A LA MOTIVACION DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES QUE FLUYE DE LA OMISION DE INTERPRETAR Y RAZONAR JURÍDICAMENTE EN EL CASO CONCRETO LA RAZÓN EFICIENTE PARA DECLARAR INADMISIBLE LA CASACIÓN.

3.1 Consecuente con los fundamentos que anteceden, la defensa profesional de la procesada, considera que el AQUEM se excedió en sus atribuciones, violando el artículo 103° in fine de nuestra Constitución, incurriendo en nulidad del acto procesal, por ABUSO DEL DERECHO, pues de conformidad con las reglas de la debida motivación, la premisa mayor es el artículo 428° del NCPP, que impone legislativamente como atribución de la SALA PENAL SUPREMA, declarar la inadmisibilidad del recurso, que por imperio de la ley, no es prerrogativa delegada a los jueces inferiores y la premis menor el hecho comprobado, que mi casación ha cumplido con estratificar todas las causales para que proceda mi CASACIÓN, es un atropello a  las reglas del buen pensar y al principio universal de motivación de las resoluciones judiciales, pervertir el orden jurídico, decidiendo arbitrariamente que los hechos objetivos que constan en el recurso, no son los que en el recurso se dice, sino que la verdad está en el interior del cerebro de los jueces, y de esta manera aplican la ley según su real saber y entender.

3.2 En efecto, la facultad de las Salas Superiores para declarar inadmisible el recurso se circunscribe solo a los supuestos previstos en el artículo 405° del NCPP o cuando se invoquen causales distintas de los enumerados en el Código. Nada más, por lo que estoy legitimado para interponer la presente QUEJA por denegatoria de la CASACIÓN, de manera abusiva por parte del Aquem.

3.3 En nutridas ejecutorias y de una eficiente interpretación de las leyes, se ha llegado a establecer que “LA MOTIVACIÓN APARENTE”, es aquella en que no hay coincidencias con la verdad, se fundamentó la Resolución en hechos inexistentes y  pruebas no actuadas o simplemente se enuncian los hechos sin analizarlos, es decir se describen en bruto y dan por ciertos los que mejor les parece.

4° FUNDAMENTOS DE DERECHO PARA LA PROCEDENCIA DE LA PRESENTE QUEJA.

4.1 Invoco el numeral 2) del artículo 437° del NCPP, que dispone: “También procede recurso de queja de derecho contra la resolución de la Sala Penal Superior que declara inadmisible el recurso de casación.”

4.2 Invoco el artículo 438° del NCPP, a fin que la Sala Superior adapte el trámite a lo que ordena la ley invocada, pues este recurso de queja precisó el motivo de su interposición con invocación de las normas jurídicas vulneradas.

5° Se cumple las formalidades procesales, anexando el escrito que motivó la resolución recurrida y, en su caso, los referentes a su tramitación; la resolución recurrida; el escrito en que se recurre; y, la resolución denegatoria, conforme precisa el artículo 438° del NCPP..

POR LO EXPUESTO:

A la Sala Penal Suprema competente pido darle el trámite correspondiente a la queja por denegatoria de CASACIÓN.

ANEXOS:

1.-. Fotocopia del recurso de apelación contra sentencia del aquo.

2.- Fotocopia de la sentencia de vista, Res. N° 14, en mayoría con voto en discordia del juez Changaray Segura.

3.- Fotocopia del recurso de Casación, con los agravios estratificados por violación de tutela procesal efectiva, debido proceso, motivación de Resoluciones.

4.- Fotocopia de la Resolución N° 16, del 14 de octubre de 2020, pero registrada en el sistema el 19 de noviembre de 2020, que declaró inadmisible la Casación, notificada el 18 de enero de 2021.

Pisco, 25 de Enero de 2021.



[1] El recurso de casación procede contra las sentencias definitivas,

lunes, 11 de enero de 2021

LA JUSTICIA A PARTIR DE LA PANDEMIA Y ASALTO AL CAPITOLIO

 JUSTICIA:

En esencia, la justicia es la obra o acción de quien es justo, de la misma manera como se puede afirmar que la malicia es la obra de un ser malo, lo que para una persona pueril, puede sonar a tautología, pero, si analizamos los hechos ocurridos durante la emergencia mundial por el Covid 19, no es así.

Para desarrollar esa teoría, comenzaremos por analizar lo que es lo contrario a justo. Sed como niños, dice el Señor. Si no hemos aprendido a ser como niños, no podemos acercarnos a algo que se asemeje a lo justo o a una persona justa.

El niño tiene un amor sincero, un corazón puro, una mente limpia, una conciencia buena y una fe verdadera. Si alguien no está de acuerdo, lo menos que debe exigírsele, es que explique por qué.

Terminada la adolescencia, si a esas cualidades del infante, se le puede adicionar la prudencia, tendremos una aproximación al conocimiento de lo que es una persona justa.

Y si no perdemos más tiempo en digresiones, llegaremos al convencimiento que la justicia forma parte de la sabiduría, pero de esto nos ocuparemos más adelante, así que no nos apartemos del tema.

En mi aprendizaje filosófico, he adquirido la costumbre de conocer primero lo que una cosa no es, para luego intentar conocer lo que esa cosa sí es y en realidad, esa práctica me permite conocer a las personas en lo más íntimo de su corazón.

En torno a la justicia, Dios me puso en la Región Ica, donde ningún catedrático, ni fiscal, ni juez, sabe qué cosa es la justicia y por ende no pueden administrar lo que no conocen, lo que por lógica consecuencia, nos lleva a la convicción que no administran justicia, sino  arbitrariedades o caprichos personales.

Esto significa que esa ignorancia de quienes están vinculados el tema de justicia, me llevó a conocer hasta el fondo de la conciencia de gente maligna, para quien primero está la plata que los valores que no pueden ver, ni gastar, por lo que gracias a jueces arbitrarios o juezas caprichosas he logrado conocer lo que la justicia no es.

Este conocimiento de lo que la justicia no es, motivó que inicie este ensayo lanzando la afirmación: “la justicia es obra de la persona justa”, de la misma manera que cualquier persona de conocimiento vulgar, puede afirmar que la pericia es la obra, o la acción de un perito.

Durante la pandemia Covid 19, el Perú estuvo gobernado por una persona carente de valores personales, arrogante, imperativa, arbitraria, soberbia, hipócrita, cínica y por ende mitómana y sinvergüenza. Un auténtico patán, de tal manera que sin respeto a los demás, cada día cogía a los más inteligentes de este país, (que somos pocos) y nos torturaba a golpes de martillazos en el cráneo, con sus poses y afirmaciones de Perogrullo, pero pagado de sí mismo, por su condición de Presidente de la República. Cuando creíamos que eso pasa solo en el Perú, recientemente pasó en Estados Unidos.

Allí también gobierna un patán (Hombre que se comporta de forma ignorante, tosca y grosera.) un matón carente de valores personales, arrogante, imperativo, arbitrario, soberbio, hipócrita, cínico y por ende mitómano y sinvergüenza, que  por ser Presidente de un poderoso país, se creyó Dios, al que todos debían reverencia y obediencia.

En ambos casos, al final de su mandato, una cesado por el Congreso del Perú, y otro por el voto de los norteamericanos,  se produjo una revuelta popular, con la diferencia que en el Perú, la masa, la chusma, los ignorantes, los renegados, los rebeldes y los tontos útiles arrebañados en manada, destruyeron el orden y se impusieron por encima de la Constitución y las leyes, y nos obligaron, por la fuerza a aceptar el gobierno de la minoría.

En Estados Unidos, no se permitió la subversión, pues mientras que en el Perú, a los que defendieron el orden constitucional y político, a los sublevados se les dominó “La generación Bicentenario” y rindieron honores, accediendo a complacer los caprichos de la masa ignorante, en USA por su condición de país desarrollado, donde los inteligentes son mayoría, a los sublevados se les denominó golpistas y se dejó que las FFAA y policiales, impongan el orden interno, como corresponde en una democracia.

En el Perú, se pusieron las cosas patas arriba, en USA, se restableció el régimen democrático, es decir, triunfó la civilización sobre la barbarie. Los representantes de la mayoría impusieron el restablecimiento del Derecho, por encima de la Ley de la Selva, poniendo de pie, lo que los renegados, la hez de la sociedad, intentaba poner de cabeza, en tanto que en el Perú, triunfó la ley de la Selva y por eso vivimos en un caos, que nadie, ni siquiera en las próximas elecciones, se podrá cambiar, por ese pequeño problema que nos hace diferentes. Hay más gente mal alimentada en Perú, que en Estados Unidos de Norteamérica, y en tanto y en cuanto, no se resuelva el problema de la desnutrición, no se podrá  limitar el crecimiento de anémicos en nuestro país. Los inteligentes sabemos cuáles son los efectos de la anemia, por lo que no es necesario hacer digresiones al respecto.

Ambas experiencias –tan actuales- permiten que podamos trazar las características entre una persona justa (y por ende practicar actos de justicia) de una persona injusta (Y por ende, producir puras injusticias) Así pues,  tomamos como ejemplo de la “no justicia”, a Martín Vizcarra Cornejo, ex Presidente del Perú, y a nivel internacional a Donald Trump, de los Estados Unidos, cuyas obras permiten conocer lo que es la injusticia, como antecedente lógico para conocer lo que es la justicia.

Entre las características de la  persona no justa, tenemos algunas acepciones  que le son afines y necesarias para comprender mi teoría sobre el tema, las que  he extraído del Diccionario de la RAE.

ORGULLO. (Del cat. orgull). 1. m. Arrogancia, vanidad, exceso de estimación propia, lo que nos deja en evidencia que un orgulloso no puede ser justo.

SOBERBIA:f. Altivez y apetito desordenado de ser preferido a otros, 2. f. Satisfacción y envanecimiento por la contemplación de las propias prendas, con menosprecio de los demás.

3. f. Exceso en la magnificencia, suntuosidad o pompa, especialmente de un    edificio. 4f. Cólera e ira expresadas con acciones descompuestas o palabras altivas e injuriosas, lo que nos demuestra que un soberbio, no produce obras de justicia.

SOBERBIO, Del lat. superbus, infl. por soberbia.  1. adj. Que tiene soberbia o se deja llevar de ella. 2. adj. Alto, fuerte o excesivo en las cosas inanimadas.  3. Grandioso, magnífico.  4. Dicho ordinariamente de un caballo: Fogoso, orgulloso y violento. lo que nos demuestra que un soberbio, está en las antípodas de las obras de justicia y así sucesivamente.

ARROGANTE: Calidad de arrogante.

ALTANERO: Altivo, soberbio.

VANIDAD. Del lat. Vanitas,  1. f. Cualidad de vano. 2. f. Arrogancia, presunción, envanecimiento.  3. f. Caducidad de las cosas de este mundo.  4. f. Palabra inútil o vana e insustancial.  5. f. Vana representación, ilusión o ficción de la fantasía.

ENVANECER  Quedarse vano por haberse secado o podrido su meollo.

“PAGADO DE SÍ MISMO”: arrogante; autocomplaciente; vanidoso; altivo; insolente; vano; presuntuoso; altanero; desdeñoso; pedante; presumido; engreído; soberbio; estirado; autosuficiente; pretencioso; endiosado; creído.

Como podemos ver, es imposible que alguna de las personas a las que se puede encajar alguna de las acepciones que antecede, puede realizar un acto justo y menos aún hacer obras de justicia.

La ley de la Carrera Judicial de Perú (N° 29277) ha determinado en forma específica, el perfil del juez, entre los que destaca como característica: “(8).la trayectoria personal éticamente irreprochable”, lo que implícitamente contiene la necesidad de ser justo.

En consecuencia, un juez pagado de sí mismo, puede envanecerse de conocer el Derecho y dictar cátedras sobre el tema, o conocer de memoria todo el procedimiento y aplicarlo en la praxis, pero, si no es justo, está baldado, incapacitado, limitado para administrar justicia, perdido en digresiones en que saldrá a relucir su conocimiento del proceso, pero es imposible que logre impartir justicia. Emitirá actos con apariencia de justicia pero jamás en justicia.

Para entender esto, hay que recurrir a los filósofos griegos, que enseñaron lo elemental para el efecto: “Gnothi seauton”. En castellano: “Conócete a ti mismo” y si una persona no se conoce a sí misma, no sabe si es justo o es injusto, pues, como decía Protágoras, el hombre es la medida de todas las cosas, de las que son, en cuanto que son y de las que no son, en cuanto que no son”. Entonces, el primer punto de comparación es uno mismo. Hay que mirarse en el espejo, para tener un punto inicial de comparación. Ahora, si es imposible establecerse uno mismo como punto de comparación, la Biblia nos pone de modelo, a Jesucristo, el hombre justo por excelencia, al que podemos tomar como punto inicial de comparación, de quien podemos decir, “pasó por el mundo sin hacer daño a nadie”, o sea quien era como un niño y como tal, dotado de un amor sincero, un corazón puro, una mente limpia, una conciencia buena, una fe verdadera, y además, fue clemente, compasivo, paciente y servicial, lleno de bondad, prudente y siempre dispuesto a perdonar, que nos enseñó que debemos amar a Dios sobre todas las cosas y al prójimo como a uno mismo, y que no debemos hacer a los demás lo que no queremos que nos hagan a nosotros mismos.

Consecuentemente, tomando a Jesucristo como modelo de hombre justo, todo lo que hagan los hombres epígonos de Cristo, será obra de justicia.

Aceptado este principio, llegamos a la conclusión que la justicia no es un fin en sí mismo, sino un obrar del hombre justo, un elemento de su sabiduría,.

Al respecto, al estudiar la Sabiduría he encontrado que está compuesta por lo menos, de siete elementos (al menos, los que he podido identificar) que a mi opinión son: Perspicacia, juicio, justicia rectitud, sagacidad, conocimiento y capacidad para pensar, a lo que añadiré una circunstancia de hecho: la prudencia.

Estos elementos, o ideas básicas, piedras fundamentales, vigas maestras, base legal, atributos, póngase el nombre que mejor acomode a los conceptos que maneje cada uno, pero, lo concreto, es que no debe perderse de vista que todo conocimiento debe partir de una idea básica, un concepto elemental, un principio lógico, una ley, etc.

A mi parecer, la primera piedra, el primer postulado, la primera proposición que da inicio a la sabiduría, es la perspicacia.

El diccionario de la RAE, define la perspicacia, como “Facultad para percatarse de cosas que pasan inadvertidas a los demás.”

Lo contrario a una persona perspicaz, es el opa, la persona que está por debajo del conocimiento vulgar. Aquella de quien se dice que tiene ojos y no ve, o que no ve más allá de sus narices. La que teniendo oídos, no escucha, lo que nos permite afirmar que ni siquiera alcanza el primer nivel de la sabiduría y en lugar de perspicacia, desarrolla el arte de especular, por lo que por lógica consecuencia, todo lo tergiversa, y como vive tergiversando, cree tener una respuesta para todo, porque como dice la Biblia “Si sabemos hablar ¿Quién podrá callarnos?”.

Así, podemos observar que la mayoría de personas sin perspicacia, cuando ve a un hombre vestido de blanco, lo llama “doctor”, porque en su cerebro incipiente, o mal adiestrado para la vida diaria, identifica al médico del hospital general, como un hombre con guardapolvo blanco y nadie le puede hacer cambiar de idea, porque, como afirmo en mi ensayo, “Teoría del buen pensar”, los imbéciles  se niegan a escuchar a los que pueden enseñarles algo útil para su vida cotidiana, de la misma manera que un niño se tapa los oídos para no aprender lo que enseñan sus profesores o la conducta moral que enseñan sus padres. Como Vizcarra o como Trump, creen que las estupideces que bullen en su cerebro, son la realidad.

Platón a través de los diálogos basados en su preceptor Sócrates, nos enseñó que debemos conocernos a nosotros mismos: “gnothi seauton” y conociéndonos podemos ver con claridad o conocer lo que los demás no pueden, porque su mente cerrada a la realidad, creen saber lo que en verdad no saben. Si me identifico como un albañil, y acepto mi ignorancia de todo lo demás, que sólo soy útil para levantar muros, me determino como la medida de quienes son ingenieros y arquitectos, en cuanto son de un conocimiento superior al mío; y también sirvo de medida para conocer a los gasfiteros y cargadores de ladrillos, en cuanto no son superiores a mí; por lo que los califico como ayudantes u operarios.

Si no me conozco a mí mismo, me creo más de lo que en realidad soy, y me entrometo en lo que no domino, auto referenciándome como lo máximo, cuando en realidad no soy más que un pobre diablo que se mete en la misa, no para manifestar mi fe en el memorial de Cristo, sino para fisgonear quiénes son los que van a la misa, para chismosear sobre la vida ajena.

Esto lo pude comprobar en las misas televisadas que pasan los domingos de encierro obligatorio por la Pandemia Covid 19, en que el camarógrafo del canal del Estado TV Perú, Cana 7) en lugar de enfocar al Cardenal que oficia la misa )con mascarilla para que Dios no lo vaya a contagiar), pasea la cámara por la Catedral, y así, nos distrae la vista, mostrando chicas bonitas, gordos panzones, ricachones con mascarilla y protector facial, cada cual de mayor precio, y otras trivialidades que no guardan ninguna relación con el memorial de Jesucristo y que pone de relieve el daño que causan los “recomendados”, que alteran el curso natural del orden religioso y del orden de las telecomunicaciones, entrometiéndose en actividades para la cual no están aptos, y que en el mundo civilizado no podría estar ni como ayudante de camarógrafo, pues hasta para tomar fotografías, hay que tener talento.

En orden a la justicia, pasear las cámaras por la nave es una falta de respeto a la fe y al sacerdote que la oficia, y por ende, una injusticia en agravio de quienes estuvimos viendo la misa, debido a la falta de responsabilidad de gente de bajo nivel, que administra ese canal del Estado, que están ahí, por recomendación de algún “padrino” o “compadrito” y no por su eficiencia para cumplir la función encomendada, como quedó al desnudo con la aparición de un tal Richard Swing, en las oficinas de Palacio de Gobierno, cuyo papel nadie puede explicar, pero que sirve como ejemplo para dejar en evidencia, cómo es que actualmente la chusma nos gobierna, con la vista puesta únicamente en el robo del erario, que les facilite una posición económica e influencias, sin ningún sentimiento de amor por Dios ni por el prójimo.   

De esa arbitrariedad propia de mediocres, podemos inferir la importancia de la perspicacia, como primer escalón de la sabiduría.

Una persona perspicaz, sabe que existen órdenes naturales y órdenes culturales o construidos por el hombre. Como lo cultural es  construcción del hombre, todo lo cultural es social, por lo que no existe orden que no sea social. El perspicaz se da cuenta de las diferencias que existen en toda clase de orden de cosas.

En tal sentido, subvertir el orden (en cualesquiera de sus ramos: orden en la agricultura, orden en el medio ambiente, en el orden bancario o financiero, orden comercial, orden interno, orden jurídico, orden legislativo, etc., que se han dividido con sentido didáctico y no escindido totalmente del orden social o cultural) constituye un acto de soberbia, altivez, vanidad y menosprecio de los demás, vale decir, creerse más que los demás, ser superior a los otros –que no piensan de igual manera- auto complacerse idealizándose como un dios y que no existe otra voluntad, más que la del autosuficiente. Esa gente, pagada de sí misma, no tiene otro tema que éste: ““Hoc volo, sic iubeo, sit pro ratione voluntas Y en efecto, para los palurdos como Trump y Vizcarra, no existe más voluntad que la propia.

Con ese fin, no aceptan en su entorno colaboradores o aliados, solamente lacayos, sirvientes y provincias, por lo que a los demás se les entrega apariencias de la realidad, mitos e ilusiones, que mantienen a los simples, sometidos al yugo que los atan al farsante que les hace creer que todo lo hacen  para defender su libertad.

De esa manera los estafadores mantienen la confianza de los estafados., que como no tienen perspicacia, no se dan cuenta que son los tontos útiles de todo tipo de gobierno dogmático, de todo tipo de estado policíaco, de todo gobierno totalitario, como los establecidos en el Perú desde 1821 y del que Trump pretendió regalarse por Pascua de Reyes.

El perspicaz tiene capacidad para advertir en qué momento se encuentra con un verdadero político, un mentiroso o un estafador. En el ejemplo que antecedió, el camarógrafo es un estafador, un patán, un vanidoso, un creído o pagado de sí mismo, que ha hecho creer que conoce su oficio, cuando en realidad sólo se dedica al chisme, husmeando a las personas que asisten a misa en la Catedra, en lugar de enfocarse en lo que nos interesa: el Altar Mayor y el rito del memorial de Cristo, oficiado por el sacerdote, aunque éste esté voluntariamente amordazado y sometido al yugo del gobernante que paga el concordato, anteponiendo la plata por encima de la fe.

Cuando Martín Vizcarra dio su primer discurso, asumiendo la Presidencia del Perú, publiqué en mi Facebook, que era una persona incapacitada para gobernar, por su falta de honestidad al hablar. Mi comentario mereció el repudio de todos mis lectores, amigos y familia, que como no leen la Biblia, carecen de perspicacia y confían en un hombre en detrimento de la fe en Dios.

Eso me sirvió para calibrar una gran verdad. La Biblia -que es el mejor tratado sobre Derecho que he encontrado en mi vida- encierra una verdad –entre miles- incontrastable respecto al orden político en que vivimos: “Esto te pasa porque eres un pueblo estúpido, que no me conoce. Ustedes son hijos tontos y sin inteligencia, que saben hacer el mal, pero no el bien” (Jeremías 4:22) Y luego de mucho cavilar, saqué a flote el “Nosce te ipsum” (Gnothi seauton, en latín) y me quité de la cabeza lo que me enseñaron en las aulas, por lo que he logrado identificar a la perspicacia, como primer atributo de la sabiduría.

A diferencia del tonto, o falto de sabiduría, el perspicaz tiene permanentemente activado el instinto de alerta. Advierte las intenciones de alguien que lo quiere estafar y no se deja impresionar por las apariencias. El perspicaz ve lo que la gente corriente –los que tienen la conciencia adormecida o aletargada- no ve.

Este conocimiento me llevó a otro: ¿Cómo puede una persona conocer a las demás, si no se conoce a sí mismo? ¿Cómo puede comparar la luz un ciego que vive en las cavernas, sin un espejo en que pueda verse a sí mismo, y apreciar las diferencias entre la luz y la oscuridad?

Otro de los defectos o vicios humanos, que pude comprobar durante la Pandemia Covid 19, es que la gente se coloca a la derecha o a la izquierda de un punto imaginario de referencia. O sea, todos son autoreferenciados y se proclaman a sí mismo, lo que no son. No ubican a nadie en el centro, y se dicen pertenecer –por ejemplo- a la izquierda, pero, tal afirmación es similar a la del que se proclama católico y ni ha leído una Biblia, ni va a misa; ++++++ pero, por pura vanidad, para no estar en contra de la mayoría, se confiesa católico, cuando en realidad es ateo, o se proclama agnóstico, para parecer snob, cuando en realidad es un desubicado.

En eso de ubicarse, descubrí que yo estoy por encima, miro las cosas desde arriba, con mis ojos puestos a la altura de los ojos de Cristo en la Cruz, por lo que- desde dicha óptica, observo a  la gente con compasión y con ansias de pedirle a Dios, que los perdone, porque es evidente que no saben lo que hacen, ni saben lo que les hacen ver o escuchar los seudo inteligentes, los diabólicos, los magos de la manipulación de las mentes, los publicistas que pagan a los periodistas para que les hagan hacen oír o ver lo que ellos quieren. Carentes de perspicacia, no tienen perspicacia, para avizorar la verdad.

No saben nadar en las turbulentas aguas de la mediocridad y se ahogan en un charco de falsos testimonios o mentiras, por lo que terminan por difundirlas, y sin querer, queriendo, se convierten en tontos útiles, que van repitiendo lo que escuchan, o viendo como buenas, las malicias que los conducen por malos senderos, y así, los manipuladores de las mentes, les hacen cometer groseros crímenes, sin balar, revelando o descubriendo, ante mis ojos escrutadores, el silencio de los inocentes. Y si son inocentes, como niños de pecho, ¿Cómo no pedir que los perdone Dios?  ¿Quién les enseñó Derecho, para que sepan cuándo el Congreso o el Capitolio cometen abuso del Derecho? ¿En qué Universidad les enseñaron lo que es orden Constitucional, grupo de poder o grupo de presión, para decidir si un tal fulano lo representa o no? ¿Cuándo participaron en la vida política de un país, para saber cómo se elige a un Presidente, o cuándo hay fraude electoral? Vagos, vanos e ignorantes, un día cualquiera se creyeron el ente electoral y decidieron que las infamias de Trump, demostraban que le robaron la reelección y asaltaron, como vulgares delincuentes, el Capitolio. ¿Eso es justicia?

 A la gente corriente (vulgar), es fácil estafarla, vendiéndole una propiedad ajena, debido a su falta de perspicacia, que lo hace confiar en el timador, creer que el astuto es dueño del barco a la distancia –que el mentiroso le indica que es suyo- o del monumento de un prócer de la patria que tiene frente a los ojos, y hasta del Banco en el cual deposita su dinero y que le ofrece –al despistado- como ganga, por la undécima parte de su valor.

Eso explica por qué, para la mayoría de peruanos, las mentiras que vertía a diario el mitómano Martín Vizcarra Cornejo (antes Alberto Fujimori, Alejandro Toledo, Alan García o Humala y Heredia), como Presidente de la República de Perú, no son causales de vacancia por incapacidad moral.

Como no saben que la mentira es mala, que hace daño a los más pobres, a los más humildes, a los inocentes, que son constantemente estafados, hasta con las sentencias judiciales, no les entró en el magín, que mentir es lo más inmoral que puede existir. Tan inmoral, que ha merecido que Dios la prohíba, y que nuestros antiguos gobernantes –los Incas, para precisar- también la condenaban, menos, claro está, los peruanitos de hoy, que la única cultura que poseen, es la que proporciona el celular, que les presta una inteligencia artificial.

El perspicaz, tiene un sentido innato de desconfianza. Lo menos que pide al vendedor, es el  título de propiedad del bien que ofrece, sea inmueble o mueble. El de conocimiento vulgar, como vive tergiversando, siempre cae en la trampa, por efecto de la ley universal: “Con la vara que mides, será medido”. El perspicaz tiene despiertos -mantiene vivos- sus cinco sentidos, vive alerta… siempre. El otro, el de conocimiento corriente, los tiene adormecidos, por eso vive aturdido y por ende, incapaz de reaccionar –adecuadamente- ante estímulos anómalos, inapropiados, o desconocidos.

En el año 2020, los peruanos fueron sugestionados por el gobierno de Martín Vizcarra, y creyeron que bastaban las “pruebas rápidas” para combatir y vencer la Pandemia Covid 19, sólo porque el presidente -un mitómano profesional- así lo afirmó, y la gente corriente, como carece de perspicacia, hizo suya la afirmación, exhibiendo como único elemento de convicción, los comentarios de los ociosos, que no teniendo más cultura que la de titulares de periódicos, u opiniones de los periodistas -que mantienen hipotecada su línea editorial al que les da de comer-  habían anunciado que la pandemia asolaba Asia y Europa y que era muy mortal, matando ingentes cantidades de contagiados, sin ninguna evidencia de su letalidad, que no supera el 0.3 por ciento de la población, provocando una histeria colectiva, que puso en duda hasta la existencia de Dios, porque, como reitero, quien no tiene perspicacia, tergiversa y hasta el cardenal Carlos Castillo Matasoglio se puso mascarilla para que el cristo Clavado en la Cruz no lo vaya a contagiar. Al respecto, Dios dice: (Jeremías 23:1) “¡Ay de esos pastores que pierden y dispersan las ovejas de mis praderas!

En mi profesión de abogado, y condición de litigante, he logrado comprobar que los fiscales, (en su casi totalidad) tergiversan, y que los jueces, como toman de base para sus análisis, una tergiversación de la realidad fáctica que les entregan los fiscales, terminan por emitir resoluciones arbitrarias, es decir, carentes de juicio y sin asomo de justicia, y lo más triste es que esos personajes que trastocan la administración de justicia, son alabados y glorificados por la masa ignorante, que jamás ha estudiado derecho y no tiene ni la más remota noción de lo que es la justicia, y peor todavía, no han hallado en el mejor tratado de justicia que existe, lo que manda Dios:

Y les dijo a los jueces: “Miren bien lo que hacen, porque ustedes no juzgan en nombre de los hombres, sino en el nombre de Yavé, que está con ustedes cuando administran justicia. Que el temor a Yavé esté con ustedes. Cuiden bien lo que hacen, porque Yavé, nuestro Dios, no tolera que se hagan favores a uno más que a otro, no soporta a los jueces pervertidos, ni a los que se dejan comprar con regalos.” (2° de las Crónicas 19:6-7)

Lo que me ha servido de acicate para intentar, mediante este ensayo, enseñar lo que es la justicia.

Una persona sin perspicacia no es capaz de comprender que todo está ordenado, que en el mundo existen una serie de órdenes, distintos órdenes, que son necesarios para mejorar la vida del ser humano –como la disposición de los ingredientes en la cocina, que hace una buena ama de casa-  y que toda alteración de un orden predeterminado, es nociva para la vida humana.

Por eso, un ser perspicaz, se cuida mucho de no mezclar papas con camotes, o sea, no comete el error de combinar órdenes, y se cuida de mantener las diferencias entre cada uno de ellos, a fin de evitar que se produzca un caos en el conocimiento dialéctico de la realidad. En la práctica fomenta la lucha de contrarios para no entorpecer el cambio social que va formando la civilización –cosa que no pueden hacer los salvajes, que tratan como iguales a los desiguales y de manera desigual a los que son iguales- En tal sentido, los vulgares, ni cuenta se dan, que están extraviados, caminando por senderos que llevan a su propia destrucción y de paso, del mundo en que vivimos, como hizo Vizcarra en el Perú y pretendió hacer Trump en USA.  

El carente de perspicacia es tan tonto, que no hace caso a los que saben y prefieren las tonterías que tienen en la cabeza, a los consejos de los sabios. Por ejemplo, en mi experiencia como abogado, todos los reos, metidos en la cárcel, son los sospechosos que fueron citados a una Comisaría, y en lugar de ir acompañado de su abogado, fueron solos, afirmando a su familia: “Yo no he hecho nada, soy, inocente, ahora mismo voy a arreglar este asunto en la Comisaría” y como ignoran que la policía también tergiversa, se pasaron varios años en cárcel, hasta lograr probar su inocencia, y además, tuvieron que pagar los honorarios de un buen abogado, más la protección dentro del penal. Esa es otra cosa que los tontos no saben diferenciar: Lo útil, de lo inútil y estos conceptos, de lo dañino. El proceder soberbio y la altanería, acarrean mucho daño para sí mismos y para los demás..                                                                        

La civilización ha creado diversos órdenes, que engranan bien, unos con otros, para que la sociedad funcione. Hay un orden en la naturaleza, que el hombre imita y ha creado un orden social o cultural que comprende, un orden público, un orden moral, un orden jurídico, un orden político y un orden en todo lo demás.

El individuo de conocimiento vulgar mezcla los órdenes, en un sincretismo que confunde a todos, como si existiera uno solo, el sabio, no. El perspicaz ubica cada cosa en el lugar adecuada y procura que cada cosa ocupe su lugar y así, el sabio crea la estructura que hace posible la vida, su vida, en el mundo estructurado por su sabiduría, su inteligencia y su voluntad.

Es que el perspicaz, clasifica. Sabe que en el orden está el control y dominio de la realidad. Su razón estratifica todo lo que se pone ante su vista. Por ejemplo, diferencia un perro manso de un perro bravo y domina la naturaleza disminuyendo los riesgos que ponen en peligro su propia existencia, apartándose del perro bravo y acercarse sin miedo al manso.

El perspicaz, sabe que la naturaleza está ordenada por rangos específicos. Por ejemplo, una clasificación taxonómica coloca por encima de todo al dominio, debajo de éste hay un reino, en nivel inferior una división, luego una clase, sigue en razón  descendente un orden, debajo de éste, sigue una familia, debajo un género y finalmente, una especie.

Si una persona no sabe esta clasificación, por falta de perspicacia, nunca sabe que se  le vendió gato por liebre -por su propia negligencia- al no haber estudiado cuando tuvo oportunidad de hacerlo, y, debido a esa ignorancia de las clasificaciones, que hubiera servido para impedir que sea estafado, cayó en el cuento que fue inventado para él, para hacerlo caer en la trampa.

Dios que nos ama tanta y no le agrada que seamos objeto de burla, nos enseña a estar alerta, a permanecer despiertos, vigilantes y que no aceptemos que permanezca junto a nosotros los chismosos, los borrachos y los estafadores, porque pervierten el atributo de la perspicacia, porque unos la adormecen, con los falsos testimonios, otros afectan el correcto funcionamiento de las neuronas, las dendritas y las sinapsis, con el alcohol; y los estafadores, porque sugestionan a las personas, haciéndoles creer lo que no es cierto, y las tres clases de personas detestables, porque mienten, tergiversan y enseñan la malicia, no instruyen a los demás, para que puedan adquirir la práctica de detectar o darse cuenta de cosas que para los demás no son tan obvias; y esa manera de vendar los ojos a la realidad, es una forma solapada de injusticia.

El perspicaz, pueden ver con claridad y rapidez, en situaciones que otros calificarían de confusas; puede razonar con agudeza sobre un asunto que para los demás podría resultar difícil.

La perspicacia se desarrolla con el tiempo, con la experiencia y con la intuición. La persona perspicaz es capaz de advertir ciertas cosas porque ya las ha visto, y sabe reconocer sus señales o descifrar la forma adecuada de actuar ante determinadas situaciones, lo que no pasa con el hombre vulgar. Así lo afirma Jeremías (Cap. 5 vers. 4) “Yo me decía: Sólo la gente ordinaria actúa incorrectamente, porque no conoce el camino de Yavé, ni el derecho de su Dios. Iré entonces  a ver a la gente culta y les hablaré, pues estos conocen el camino de Yavé y el derecho de su Dios”.

¿Qué quiere decir Jeremías con eso?

Jeremías se queja que la gente corriente no encuentra el camino, (como se cree saberlo, no acepta que se lo enseñen) anda extraviada y no acepta que alguien le indique el sendero correcto. La gente corriente porfía en el error. La gente vulgar no entiende que no somos iguales, que no existe nada que sea igual.

Ningún planeta es igual a otro, ningún satélite es igual a otro, ningún continente es igual a otro, ningún elemento es igual a otro, ninguna persona es igual a otra, de tal manera que es una vanidad, una arrogancia, una altanería, una injusticia, pretender que todos somos iguales y exigir tratamiento igual.

Desde el punto de vista religioso, Dios no nos hizo iguales. Hay ángeles, arcángeles, querubines, etc. Desde el punto de vista de la física, hay elementos de distintas características (fuego. Agua). Hay enfermedades de diferente etiología. Medicinas diferentes para tratar enfermedades diferentes. Males producidos por virus, bacterias, microbios, etc. ¿Cuál es la arrogancia del hombre, para afirmar que todos somos iguales? ¿Cuál es el antecedente lógico o filosófico para afirmar que todos somos iguales? ¿Qué mentalidad pervertida, puede afirmar que no existe diferencias entre varones, mujeres, niños y ancianos, pobres y ricos, altos y enanos, tontos e inteligentes, célibes y casados? ¿De dónde emerge la vanidad de los políticos para imponer un mismo rasero para tasar a todos -y hoy- pretender imponer determinadas ideologías igualitarias en donde todo es desigual?

Por el momento, dejo las interrogantes, y más adelante, desarrollaremos las respuestas. Baste por el momento con saber que si todo fuera igual, lograríamos la paz, pero la paz del sepulcro, donde nada se mueve, en lugar de luchar por la paz de la sabiduría, donde todo está en movimiento, en constante lucha, para lograr la armonía de una numerosa orquesta, en la cual, cada instrumento, correctamente utilizado por el perito musical, llena de alegría al auditorio, plácidamente relajado, cada uno en su lugar, acomodado -cada uno- a sus personales diferencias.

 Una persona perspicaz se da cuenta que la gente ordinaria, siempre actúa incorrectamente, y no atina en lo que es mejor para ella. El que pretende ser sabio, va donde la gente culta, para consultarle, como yo le consulto a Yavé Sabaot, cada vez que quiero emprender alguna obra, para saber si conviene, pues Él dice; “Todo está permitido, pero no todo es provechoso”. Ese es el meollo de la perspicacia. Atinar cuándo una cosa es provechosa –para los demás- y cuando es nociva- para todos-  y esa consulta, nos pone en camino para afirmar que la justicia es la obra o manifestación de actos de un hombre justo.

Se es perspicaz cuando se intuyen las intenciones de otra persona sin que esta las revele expresamente. En este sentido, la perspicacia nos ayuda a ver más allá de las apariencias. Los europeos rechazaron las pruebas rápidas, por ser inútiles para detectar e contagio por Covid 19, en tanto que el gobierno peruano las compró pretendiendo otorgarles los efectos de las pruebas moleculares, para poder robar dinero del erario, sin que las mentes simples se den cuenta de la estafa, que dejó morir más de 50 mil seres humanos.

Y hay gente tan simple que se conmueve y califica de injusticia que el lobo se alimente de la cría de una oveja, cuando los seres civilizados sabemos que es la lógica de la cadena alimenticia, pero esa misma gente, que siente piedad por los animalitos, apoyó y aplaudió al lobo y las lobas, que se enriquecieron comiéndose la carne de los cholos y cholas que murieron como consecuencia del Covid, en tanto que el lobo Vizcarra y la loba Mazzetti llenaban sus cajas fuertes con el producto de la venta de las pruebas rápidas, engañando a los pobres, con la promesa de vacunar a los aterrorizados con la propaganda estatal, con una vacuna que aún no habían comprado.

También somos perspicaces cuando en una reunión de trabajo somos capaces de reconocer qué asunto es conveniente abordar allí y cuáles preferible es discutirlos en privado.

Asimismo, somos perspicaces cuando logramos expresar asertivamente una idea, una opinión o un pensamiento ante nuestro interlocutor, porque una persona perspicaz es capaz de ver, entender y expresar las cosas como realmente son y no como los afanosos de dinero mal habido pretenden.

Si una persona, no instruye a las que carecen de perspicacia, para que adquieran sabiduría, es una persona injusta, que no quiere ver a los de su especie, libres de explotación o de engaños, que no ayuda a liberarlos del yugo, por lo que carece de valores morales. Que deja aflorar su egoísmo, su falta de solidaridad y fraternidad, para que su prójimo siga siendo estafado, engañado, explotado. Es un inútil para el orden natural, social, jurídico, público, político, etc. Es un bueno para nada.

Sinónimos de perspicacia son agudeza, sutileza, penetración, sagacidad o vivacidad. Antónimos de perspicacia son torpeza, necedad o estupidez.

Ahora pasamos al segundo ingrediente de la Sabiduría, la Justica.

JUSTICIA:

Un diccionario común, nos dice que la justicia es: 1f. Principio moral que lleva a dar a cada uno lo que le corresponde o pertenece. 2. f. Derecho, razón, equidad. 3. Conjunto de todas las virtudes, por el que es bueno quien las tiene. 4. Aquello que debe hacerse según derecho o razón. 5. Pena o castigo público. 6. f. Poder judicial. 7.  Rel. En el cristianismo, una de las cuatro virtudes cardinales, que consiste en la constante y firme voluntad de dar a Dios y al prójimo lo que les es debido.

Filosofía del Derecho: (Wikipedia, resumen) “El pensamiento griego anterior a Sócrates vinculaba la idea de justicia a la de orden: es injusto cuanto vulnera o desequilibra el orden a que pertenece. Platón moralizó su concepto al considerarla como un bien -superior, incluso a la felicidad- y una virtud. Tanto él como Aristóteles vieron en la justicia una función primordial del poder político. Los juristas romanos entendieron la justicia, en principio, de manera marcadamente subjetiva. Partiendo de que lo justo (iustum) era lo que se acomodaba al derecho (ius), reputaban justa la voluntad de acatarlo. Sobre esta voluntad, de ser perseverante, construyeron el concepto de justicia. Así dijo Ulpiano que justicia “es la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno su derecho, es decir, lo suyo. Este postulado (suum cuique tribuere), junto con otros dos (honeste vivere -vivir honestamente- y alterum non laedere -no dañar a los demás-) constituía para los romanos el fin esencial del derecho. Naturalmente, en toda esta concepción subyace la impresión de las fronteras entre norma jurídica (ius), norma moral (boni mores) y norma religiosa (fas), problema que afectará para siempre al concepto de justicia. Sin embargo, el legado de Roma a este respecto: vinculó las ideas de derecho y de justicia y trazó una definición de ésta (dar a cada uno de lo suyo) que ha prevalecido sustancialmente a lo largo de los siglos. El pensamiento cristiano abordó la cuestión de la justicia, aunque en la Biblia dicho concepto se refiere, en general, a la fidelidad del hombre a la Alianza y, en definitiva, a la santidad. A partir de dicho postulado se ha construido una doctrina filosófico-jurídica de la justicia, a la que contribuyeron poderosamente San Agustín y Santo Tomás de Aquino. Los puntos esenciales del tomismo a este respecto pueden sintetizarse, muy sumariamente, de este modo: 1º Adopta como idea básica de la justicia “dar a cada uno lo suyo. 2º Recoge esencialmente la clasificación aristotélica de la justicia -aunque con mayores puntualizaciones-, distinguiendo entre una justicia general o legal (que se refiere a lo que es debido a la comunidad y fundamenta la potestad ordenadora de la actividad de las personas hacia el bien común en lo que es propio de su esfera) y una justicia particular (que versa sobre lo que es debido a cada persona). Esta última se subdivide en justicia distributiva (lo que la comunidad debe a cada persona, idea que entraña la de participación en los bienes colectivos) y justicia conmutativa (lo que cada persona debe a otra). 3º Evidencia la íntima relación existente entre las ideas de comunidad, ley, bien común y justicia. La justicia es principio superior a que debe atenerse la ley positiva emanada de la autoridad comunitaria, y la finalidad de esta ley debe ser el bien común, y 4º Esclarece la relación que media entre justicia, ley natural y ley divina. Los iusnaturalistas, partiendo de sus principios y, entre ellos, Grocio, consideraron la justicia como un imperativo derivado de la ley natural a la que debe acomodarse la ley positiva.

Las doctrinas defensoras del poder absoluto de los reyes marginaron las ideas de justicia y derecho natural a favor de la norma positiva emanada de la autoridad. Prepararon con ello el camino del positivismo jurídico contemporáneo que proclama la neutralidad ética del derecho, entendiendo que éste es únicamente el establecido por el poder político.

De este modo lo justo es, simplemente, lo legal. Más recientemente se ha tratado de reconducir la idea de justicia a la de igualdad, olvidando así la profundidad de su significado y la pluralidad de sus aspectos.

Ha sido MARITAIN quien de manera muy señalada y sugestiva ha renovado el mensaje que media entre poder político, bien común y justicia, así como el vínculo establecido entre justicia y amor. La idea de justicia elaborada sucesivamente por el pensamiento clásico y el cristianismo ha perdurado como un principio superior a la mera legalidad.

Como ha dicho con acierto RECASÉNS, es creencia general que la esencia de la justicia es dar a cada uno lo suyo, aunque la dificultad y las divergencias radiquen en la determinación de los que debe ser considerado como propio de cada uno. Supremo ideal que consiste en la voluntad firme y constante de dar a cada uno lo suyo, según el pensamiento y casi las palabras de Justiniano: "Constans et perpetua voluntas jus suum cuique tribuendi”.

Los juristas aceptan que existe una clasificación de justicia, entre las que resalta la ATRIBUTIVA -La que concede por voluntad, gratitud, humanidad o complacencia, más que por deber, razón o necesidad. La CIVIL -Hábito de atemperar la conducta a la ley. La CONMUTATIVA -La que observa la igualdad contractual y la de toda especie, sin acepción de personas. La DISTRIBUTIVA -La que premia o castiga, con igualdad de criterio, según el mérito o demérito de las personas. La EXPLETIVA -La que da a cada cual lo que por ley o derecho se le debe. La SOCIAL -Expresión tan divulgada como imprecisa, y habitual ya desde fines del siglo XIX. Para los partidos revolucionarios, por justicia social se entiende la implantación de sistemas socialistas o comunistas más o menos audaces; para los enemigos de estas tendencias, pero temerosos de la fuerza popular, por justicia social se acepta toda concesión mínima que halague a las masas, sin comprometer gravemente el statu quo económico y de clases; para el liberalismo sincero o progresivo, la justicia social se condensa en el intervencionismo de Estado, tendencia propensa al reconocimiento de ciertas reivindicaciones de los trabajadores, pero sin destrucción de las bases capitalistas de la sociedad burguesa.

Wikipedia, también informa: “La justicia (del latín iustitĭa, que, a su vez, viene de ius –derecho- y significa en su acepción propia «lo justo») tiene varias acepciones en el Diccionario de la lengua española.1​ Es un valor determinado como bien común por la sociedad. Nació de la necesidad de mantener la armonía entre sus integrantes. Es el conjunto de pautas y criterios que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones específicas en la interacción de estos.”  

Concepto desde el punto de vista cristiano:

La palabra «justicia» aparece más de doscientas veces en cualquier traducción de la Biblia. Sin embargo, la palabra justicia tiene unos significados y una gama de matices de lo que pueda tener en español u otras lenguas modernas. En ella supera el ámbito moral o del derecho ya que profundiza el ámbito más profundo de lo religioso: la relación entre Dios y el hombre y entre los hombres entre sí precisamente por su dimensión religiosa. El concepto de justicia tiene cada vez mayor amplitud y trascendencia. Este es el valor profundo de la justicia en el momento de la Alianza de Dios con los hombres. Este primer significado de «la justicia» está en el entorno de la fidelidad, de la sinceridad, de la conformidad del cumplimiento de la Alianza de Dios con los hombres.

Etimología bíblica

Las lenguas semíticas usan la raíz Sdq para expresar la palabra justicia si bien los estudiosos tienen diversas opiniones del significado de esta raíz. El primero es «fiel, justo»; según la segunda opinión puede significar «dureza, solidez, conformidad con la norma»; según la tercera es «vencer». En lo que sí están de acuerdo los etimologistas es que ninguna de ellas puede considerarse más o menos válida que las otras dos.

La justicia en el Antiguo Testamento

:En todo el Antiguo testamento, sobre todo en el texto hebreo original, hay unas referencias constantes a este término que es «la acción de Dios que quiere salvar al hombre» al que se le revelará poco a poco los designios salvíficos de que Dios había establecido con el pueblo elegido, con el pueblo de Israel, especialmente ratificados en el momento de la Alianza en el Monte Sinaí donde quedaron concretados los lazos vinculantes: las promesas de Dios y los compromisos del pueblo.12​ Dios ofrece el compromiso de la salvación al pueblo y este asume la fidelidad al pacto. La justicia de Dios es salvación y benevolencia y en el hombre, su fidelidad personal.

La justicia en el Nuevo Testamento:

El concepto fundamental de la justicia en el Antiguo Testamento, después trasmitida al Nuevo Testamento, no sufrió modificación alguna ni por los escritos extra canónicos del judaísmo ni por la influencia helenística. A partir de la revelación en toda su plenitud hecha por Jesucristo, también adquiere el concepto religioso de la justicia una dimensión mucho más profunda que en el Antiguo Testamento.

Conceptos posteriores de la justicia:

La justicia se ocupa en sí del apropiado ordenamiento de las cosas y personas dentro de una sociedad. Como concepto ha sido objeto de reflexión filosófica, legal y teológica y de debate a través de la historia. Un número de cuestiones importantes acerca de la justicia han sido ferozmente debatidas a través de la historia occidental: ¿Qué es justicia? ¿Qué demanda de los individuos y sociedades? ¿Cuál es la distribución apropiada de riqueza y recursos en la sociedad?: ¿igualdad, meritocracia, de acuerdo al estatus, o alguna otra posibilidad? Hay muchas respuestas posibles a estas preguntas de diversas perspectivas en el espectro político y filosófico.

De acuerdo a muchas teorías de justicia, es de suma importancia: John Rawls, en particular, clama que «La justicia es la primera virtud de las instituciones sociales, así como la verdad es a los sistemas del pensamiento». La justicia puede ser pensada como distinta y más fundamental que la benevolencia, la caridad, misericordia, generosidad o la compasión. La justicia ha sido tradicionalmente asociada con conceptos de fe, reencarnación o divina providencia, es decir, con una vida de acuerdo al plan cósmico. La asociación de justicia con la equidad ha sido histórica y culturalmente rara y tal vez es una innovación moderna.

JUSTICIA COMO INSTINTO NATURAL; Un estudio en la UCLA en el 2008 ha indicado que las reacciones a la igualdad están «cableadas» en el cerebro y que, «la igualdad está activando la misma parte del cerebro que responde a la comida en las ratas... Esto es congruente con la noción de que el ser tratados de manera igualitaria satisface una necesidad básica». Una investigación conducida durante el 2003 en Emory University, Georgia, que involucra a monos capuchinos demostró que otros animales cooperativos también poseen tal sentido y que «la aversión a la inequidad tal vez no sea únicamente humana», indicando que las ideas sobre igualdad y justicia puedan ser instintivas en naturaleza y en la sociedad. En esta proposición observamos que la igualdad, la equidad, es un instinto natural del rebaño, que se puede aplicar a las culturas incipientes, pero no a la civilización, que acepta la existencia de seres humanos diferentes, a veces muy diferentes unos de otros, pero que también acepta la plácida convicción de que cada uno necesita del otro (zoon politikon) por lo que la justicia no es un instinto, sino un medio racional, culturalmente condicionado, para la paz.

En el lenguaje común, el término justicia arrastra consigo la intuición de que «las personas deben recibir el trato que se merecen» y, en este sentido, conserva aún todo su vigor la definición de Ulpiano: «Dar a cada uno lo suyo». Desde el punto de vista individual, según Aranguren, la virtud de la justicia es el hábito consistente en la voluntad de dar a cada uno lo suyo. Empero, el hábito no está radicado en la razón, como elemento de la sabiduría, sino en el inconsciente, como expresión de la conducta y entonces no es justo, ubicar la justicia en un lugar que no le corresponde.

Justicia como virtud

Igualmente la justicia ha sido entendida como virtud humana y puede ser definida como el arte de hacer lo justo y «dar a cada uno lo suyo» (en latín: suum quique tribuere contenido en el Ars juris), básicamente esto nos dice que la justicia es la virtud de cumplir y respetar el derecho, es el exigir sus derechos, es otorgar los derechos a un individuo. Para diversos autores la justicia no consiste en dar o repartir cosas a la humanidad sino el saber decidir a quién le pertenece esa cosa por derecho. (lo que no es justicia, sino juicio) Dicen que la justicia es ética, equidad y honradez “es la voluntad constante de dar a cada uno lo que es suyo”. También se dice que es aquel “sentimiento de rectitud que gobierna la conducta y hace acatar debidamente todos los derechos de los demás”. Pero la conducta no es tema de la justicias, sino de la moral. Otros autores coinciden en que todas las virtudes están comprendidas en la justicia. En definitiva, la verdadera justicia es el arte de dar lo justo o hacer dar lo justo a un individuo, basándose en los principios del arte del derecho, sin tener ningún tipo de discriminación o preferencia hacia ninguna persona, ya que todas las personas deben ser tratadas por igual para, poder estar en condiciones de aplicar la justicia a plenitud.”; de lo contrario se estaría dando una justicia falsa y ello no sería «dar a cada uno lo suyo», sino «dar a él lo que le toque», dependiendo de su clase social o raza, etc., pero, si todas las virtudes están comprendidas en la justicia estaríamos calificando a la justicia como la virtud perfecta y por ende, sobre ella, no existe nada más.

TEORIZACIÓN SOBRE LA JUSTICIA

Según Kelsen, la justicia no es el dar o repartir cosas a la humanidad, sino el saber decidir a quién le pertenece esa cosa por derecho. La justicia es ética, equidad y honestidad. Es la voluntad constante de dar a cada uno lo que le corresponde. Es aquel referente de rectitud que gobierna la conducta y nos constriñe a respetar los derechos de los demás. “La justicia es para mí aquello cuya protección puede florecer la ciencia y junto con la ciencia, la verdad y la sinceridad. Es la justicia de la libertad, la justicia de la paz, la justicia de la democracia, la justicia de la tolerancia”. Lo que deja entrever que existe justicia en cada orden de cosas.

Otro nivel de análisis lo constituye el hecho de entender la justicia como valor y fin del derecho (más que como virtud subjetiva) al que podemos conceptuar juntamente con Norberto Bobbio como «aquel conjunto de valores, bienes o intereses para cuya protección o incremento los hombres recurren a esa técnica de convivencia a la que llamamos derecho». Ahora bien en cuanto al bien jurídico tutelado por el derecho, o sea, el conjunto de condiciones protegidas por las normas jurídicas, se puede considerar desde una perspectiva absoluta iusnaturalista dentro de la cual todo derecho es justo y si no es justo no es derecho. Pero desde una óptica iuspositivista el derecho es condición (sine qua non) de la justicia y a la vez, esta es una medida de valoración del derecho, por lo que podemos decir que un derecho positivo determinado puede ser «justo o injusto» de acuerdo con un ideal subjetivo de justicia. Lo que hace depender la justicia de la voluntad del hombre y no de la sabiduría.

John Rawls

Al referirse a Kant, Rawls afirma que este ha sostenido que una persona actúa autónomamente cuando los principios de su acción son elegidos por ella como la expresión mas adecuada posible de su naturaleza de ser racional libre e igual. Los principios básicos con los cuales actúa no son adoptados a causa de su posición social o de sus dotes naturales, o en función del particular tipo de sociedad en la cual vive, o de aquello que él quiere tener. Actuar sobre la base de estos principios significaría actuar de manera heterónoma. El velo de ignorancia priva a la persona, en la posición originaria, de los conocimientos que la pondrían en condiciones de elegir principios heterónomos. Las partes llegan juntas a su elección, en cuanto personas racionales libres e iguales, conociendo solamente aquellas circunstancias que hacen surgir la necesidad de principios de justicia.

Luego de una visión a vuelo de pájaro sobre diversos conceptos de la justicia, nos introduciremos en los vericuetos de ésta, para cuyo efecto, es indudable que para Platón: la justicia se relaciona con la armonía social. En su libro República, propone para la organización de su ciudad ideal, que los gobernantes sean los individuos más justos y sabios de la comunidad, lo que acredita que no todos somos iguales y que es esa diferencia social, todos no están capacitados para gobernar, siendo los más aptos, los que tienen conocimientos para armonizar las relaciones entre cada grupo de personas, en sus distintos niveles alcanzados por cada uno.

Aristóteles, por su parte afirma que lo que le corresponde a cada ciudadano tiene que estar en proporción con su contribución a la sociedad, sus necesidades y sus méritos personales, lo que deja en evidencia que no existe igualdad entre las personas y de igual manera, no existe igualdad en lo que cada quien aporta para la satisfacción de las necesidades de los demás integrantes del grupo social, con lo cual no cabe duda que además de no existir nadie igual a otro, también es verdad que cada individuo no aporta al conjunto en igual medida o igual proporción.

Pero esto no significa que estemos de acuerdo con los utilitaristas, quienes consideran que las instituciones públicas se comportan de una forma justa cuando consiguen maximizar la utilidad agregada (en el sentido de felicidad). Según esta teoría, lo justo es lo que beneficia al mayor número de personas a la vez.

El Digesto, uno de los componentes de la obra de recopilación del derecho romano realizada por Justiniano (el Corpus Iuris Civilis), comienza así: (...) ius a iustitia (...) ius est ars boni et aequi El derecho es justicia, el derecho es el arte de lo bueno y lo equitativo.”  Hasta aquí, lo que hemos copiado de Wikipedia.

Si los filósofos griegos sostuvieron que no somos iguales, y que tampoco todos los individuos aportamos de igual medida y en la misma proporción para la satisfacción de las necesidades del grupo, es evidente que la  justicia no consiste en repartir los bienes comunes en beneficio de todos, ni en tratar en menos a los que tienen más. Hay algo más que un simple cálculo matemático, cuando hablamos de justicia.

En tal sentido, Ulpiano intentó dar una definición ecléctica al tema y declaró que la justicia es la constante y perpetua voluntad de darle a cada quien lo que le corresponde. Si se toma literalmente esta proposición, es obvio que aquellos que tienen mayor necesidad de un bien tendrían que recibir asignaciones mayores. Vale decir, los más necesitados, reclamarían para sí, mayor cantidad que los menos necesitados y así se impondría la corrupción de la democracia.

Más contemporáneamente, John Rawls, ha dado una definición de la justicia, acercándola a la equidad, pero, ya los griegos demostraron (“Moral a Nicómaco”) que no son sinónimos, empero Rawls menciona que la justicia consiste básicamente en el principio de igual libertad, el principio de justa igualdad de oportunidades y el principio de diferencia, para resolver el conflicto planteado por Aristóteles. Sin embargo, rescatamos de Rawls los conceptos de igualdad de oportunidades y el de diferencia, pues, como hemos apreciado hasta aquí, mi concepto de justicia se sustenta en que no existe igualdad entre las personas, afirmando que cada ser humano está dotado de una personalidad única, exclusiva, irrepetible y dignidad propia, que la hace diferente a los demás,  por lo que es necesario que el orden creado por los hombres, respete el derecho individual a la igualdad de oportunidades, lo que significa la desaparición de las argollas, el compadrazgo.

En un principio todo era caos y de pronto, una inteligencia suprema hizo la luz y comenzó a ordenar las cosas, distribuyéndolas por sus elementos, Fuego al fuego, agua al agua, tierra a la tierra y aire al aire. Esta distribución elemental, o primaria es lo que podemos llamar orden. Se puso orden en el universo y de ahí fue posible la existencia del mundo, como así lo demuestra –por ejemplo- la ley de gravitación universal. Sin orden no es posible que exista vida, por lo que el orden es el principio necesario para que se pueda crear el Edén y porque existe vida vegetal y animal, es que Dios creó al ser humano, como pináculo de su creación.

El hombre es una creación maravillosa en que existen diferentes órganos y cada uno, es diferente y realiza diferentes funciones, pero todos están conectados entre sí. El corazón es base del sistema circulatorio, pero no podría existir sin estar conectado con el sistema nervioso, donde el cerebro es el centro, ni con el sistema digestivo, y éste no sería una realidad, sin el concurso del hígado, el páncreas, la vesícula y los riñones. Por eso, en el tratado de Derecho por excelencia, está escrito: “Además, el cuerpo no es un solo miembro, sino muchos. Si dijere el pie: Porque no soy mano, no soy del cuerpo, ¿por eso no será del cuerpo? Y si dijere la oreja: Porque no soy ojo, no soy del cuerpo, ¿por eso no será del cuerpo? Si todo el cuerpo fuese ojo, ¿dónde estaría el oído? Si todo fuese oído, ¿dónde estaría el olfato? Mas ahora Dios ha colocado los miembros cada uno de ellos en el cuerpo, como él quiso. Porque si todos fueran un solo miembro, ¿dónde estaría el cuerpo? Pero ahora son muchos los miembros, pero el cuerpo es uno solo. Ni el ojo puede decir a la mano: No te necesito, ni tampoco la cabeza a los pies: No tengo necesidad de vosotros.” (Corintios 12:14-21 Biblia Reyna Valera –Google)

El hombre, que imita a la naturaleza, ha logrado establecer una organización de las sociedades que funciona como un engranaje perfecto de sistemas distintos de engranajes, como la caja de cambios de un automóvil, o del antiguo reloj de  cuerda, en el que operan los engranajes. En el grupo social existe un orden para aprovechamiento de los recursos disponibles, los bienes producidos y la riqueza disponible, al que podríamos denominar orden económico.

Otro para el funcionamiento del orden público y el orden social, al que podríamos llamar político. Otro más, para ordenar las relaciones entre las personas y solución de sus conflictos al que podríamos llamar orden jurídico y así, diversos órdenes que apuntan a uno solo más general y estructurado, que obedece a la voluntad de una mentalidad superior, por su sabiduría y su inteligencia.

Estas mentalidades superiores son las que tienen la obligación de crear las leyes que impongan el orden, ejecutarlas para que cada individuo se mueva dentro de su orden correspondiente, para hacer que funcione el sistema de engranajes, dentro de la armonía que se pretende en pro de la civilización.

Dentro de este sistema de engranaje de órdenes diversos y diferenciados, tiene especial relevancia el orden jurídico, encargado de dar solución a las controversias que aparecen entre los individuos entre sí, o entre éstos y los distintos órdenes, que afectan el interés de los demás o del bien común, para restablecer la paz social, de modo que cada engranaje cumpla con su función, de tal manera que la justicia viene a ser como el lubricante que hace que no existan roces que deformen o limiten el funcionamiento de los diferentes órdenes o que se produzca la obstrucción de alguno de esos distintos órdenes, que irrogue como consecuencia la parálisis del sistema político, del sistema económico o del sistema jurídico, como los peruanos pudimos comprobar durante la pandemia Covid 19, en que las pasiones individuales hicieron naufragar las obligaciones de proteger y satisfacer los derechos y las necesidades básicas de los individuos. Inclusive vimos como falló el sistema religioso, y los pastores o guías del rebaño –de todas las iglesias- abandonaron a Dios y se fueron tras el poder del gobernante de turno, cerraron las iglesias, no quisieron practicar el memorial que Cristo pidió a sus apósteles que se haga para siempre y un simple virus, invisible a los ojos humanos, desnudó la debilidad de los hombres y mujeres, mostrándolos como son, ante los ojos de Cristo y ante los míos, que pude vivir más de 10 meses sin poder trabajar, ni manifestar mi fe ante los hombres, viviendo solo y sólo con la gran providencia de mi Dios Yavé, por lo que estoy animado a publicar esta teoría de la justicia.

La mayoría de autores definen como justicia al grupo de valores que deben aplicarse en la sociedad tales como: el respeto, la igualdad, la libertad y la equidad. También se conoce la el conjunto de normas que aplican los jueces para impartir la justicia cuando los ciudadanos comenten algún tipo de acción que perjudique el bien común. Empero, en estos conceptos no está comprendido el universo de la no justicia, el lugar donde cada individuo hace su capricho, sin más autoridad que su propia voluntad, cada uno creyéndose dios, al que hay que venerar y para quien cada palabra altisonante, se considera una ofensa.

La importancia de la justicia reside en la posibilidad de organizar a la sociedad de manera más o menos objetiva (aunque es verdad que cada región, país o Estado organiza su propia justicia) con el fin de mantener la paz. Si el principio de la justicia es mantener el orden, el fin de la justicia es mantener la paz. No hay justicia sin orden y no hay justicia sin paz. La paz es el nuevo nombre de la justicia y sin orden no es posible la paz. En eso consiste la sabiduría, en comprender esa proposición tan elemental.

Pero, para comprender esa proposición, tenemos que empezar con Sócrates, a empezar por ubicarnos en el tiempo y en el espacio, a fin que nuestra historia tenga en cuenta cuál fue nuestra contribución para mantener el orden y alcanzar el fin de la justicia, esto es, mantener la paz. Paz en el hogar, en la familia, en el clan, en la comunidad, en el país, en el mundo, en el concierto universal.

La Pandemia, que desnudó la soberbia, la altanería de los creídos, demostró que los peruanos ignoran el principio “Gnothi seauton” de los griegos, el “Nosce te ipsum” de los romanos, y por eso mismo, no llegamos a comprender las didácticas enseñanzas que nos dejó el ingenioso hidalgo Don Quijote de la Mancha, respecto a las notables diferencias entre las personas y que son fruto de las masivas migraciones que se producen en nuestra realidad nacional y que demuestran la necesidad del ejercicio de tolerancia, prudencia y educación intercultural para propiciar el respeto por personas que tienen menos recursos que el resto y que no merecen burla, ni menosprecio, que vienen precedidas por el estereotipo y el prejuicio, por lo que se necesita de una autoridad, un ente suprior, que obligue a respetar a los que son diferentes, a los que no piensen igual que uno, a mantener el equilibrio entre el hombre espiritual y el hombre materialista con el fin de proporcionar su crecimiento intelectual y espiritual dentro de la paz, como fin de la justicia.    

Si en verdad, como dice Aristóteles, unos hombres son creados de oro y otros de barro, es poner de cabeza el orden político, hacer que los seres hechos de barro, gobiernen sobre los seres hechos de oro.

Si el hombre es la medida de todas las cosas, como dice Protágoras, entonces, para poner un ejemplo de cómo una persona debe ubicarse en el tiempo, el espacio y la historia, el primer punto de comparación es uno mismo, por lo que paso a analizar cómo se procede al “Gnothi seauton”

-      ¿Estoy capacitado  para sostener al mundo? No, ni tengo el tamaño, ni la fuerza y tampoco son inerte, como para pretender ser Atlas, por lo tanto no es posible que me ubique en el orden de los elementos del reino mineral.

-      ¿Estoy capacitado para transformar la energía solar en energía nutritiva, para proveer a los demás de oxígeno y alimentos? No, es imposible que lo pueda hacer, por lo que no me puedo ubicar entre los elementos que componen el orden de los vegetales.

-      ¿Tal vez estoy capacitado para vivir vagando por el mundo sin más razón que alimentarme y reproducirme? No, por mucho que digan los evolucionistas, no nací como un animal cualquiera, estoy dotado de razón y voluntad propia, por lo que gozo de privilegios que no tienen los animales, por lo que no sería justo que me califique como un animal, o que pertenezca al orden de los irracionales, que no tienen otro fin que comer, tener sexo y dormir, hasta el momento que sirva para alimentar a otros animales o transformarme en abono para que vivan los vegetales. Nacen en cualquier lugar y desde su nacimiento están aptos para buscar su alimento, porque el músculo prevalece sobre el nervio, el orden de nervios que tiene su centro motriz en el cerebro, en los sesos, demoran un poco más en desarrollarse.

-      ¿Entonces, qué soy? Mi razón me dice que si pienso, luego soy persona humana. Y qué características tiene la persona humana? Que no nace como las fieras, en cualquier lugar, sino que requiere un hogar, un lugar idóneo para proteger al ser indefenso, hasta que se desarrolle el cerebro, de tal manera que pueda vivir en este mundo, lleno de amenazas contra su vida. Esto significa que la persona humana necesita un ambiente de paz. Paz que sólo pueden brindar unos padres donde cada uno cumple su rol, que cada uno está bien ubicado y sabe qué parte de su ser tiene que ceder a favor del otro, para que la armonía de sus pensamientos, sentimientos y acciones, cree el estándar de vida, que requiere el recién nacido y eso, sólo nace del amor entre semejantes –no idénticos- porque los iguales se repelen y no pueden crear un ambiente agradable o apto para el buen vivir. En este caso sería injusto que un igual obligue por la fuerza a otro idéntico, que haga una función diferente para armonizar roles, que por naturaleza son diferentes, puesto que hacer funciones idénticas, paralizaría el engranaje social.

-      ¿Y si somos diferentes, dónde mi ubico en este mundo? Bueno pues, los filósofos griegos enseñaron que unos nacen para mandar y otros para obedecer y la Biblia enseña que siempre habrán pobres. Entonces, en el orden económico, si el oro no me rodea, si como dice el vulgo, no nací en cuna de oro, soy pobre. Si en el orden político, no tengo un cargo público, entonces he nacido  para obedecer, en el orden social, si no soy respetado por los demás, estoy en la escala inferior del proletariado, pues no tengo nada más que mi prole, para acreditar mi derecho a vivir en sociedad. Si tengo un título profesional expedido por una Universidad a nombre de la Nación, entonces pertenezco a un grupo especial de científicos, seres pensantes de un orden profesional, al cual no tienen acceso los flojos.

-      Esto significa que estoy ubicado en el orden de las personas humanas, orden especial de los profesionales o científicos, porque estoy especializado en alguna ciencia.

-      ¿Dentro del orden de los científicos, me califico como un buen científico, un científico por obligación o mediocre, o un científico por necesidad, o malo?

-      Si ejerzo la profesión, por necesidad, porque la ciencia me permite ingresos económicos que no  podría obtener de otro modo, estoy en el orden de los malos. Si lo hago por obligación, porque las circunstancias me llevaron por ese camino, entonces me ubico en el orden de los mediocres y si ejerzo la profesión porque me gusta, porque fue mi vocación desde niño, sin importarme los ingresos económicos, ni la posición social, ni el halago de los demás, entonces estoy en el orden de los buenos.

.      En el orden de los profesionales, existimos los que desarrollan su función en el mundo de la salud, los que desarrollamos funciones en el mundo del derecho,  los que ejercen su función en el mundo de la economía, etc. Sería una injusticia pretender que el médico administre justicia, que el juez controle el patrimonio de un inversionista privado, o que un contador, atienda las consultas de un enfermo, o que un sacerdote recete una medicina a quien está agonizando, con lo cual es difícil que alguien pueda sostener, a partir de aquí, que la justicia es el derecho, la razón, la equidad. Algo inespecífico que regula la igualdad o equidad en la distribución de cosas o que establece la proporción con que deben distribuirse las recompensas y los castigos.

La justicia, es el restablecimiento de la paz, alterada o destruida por gente injusta que se exceden en el uso de sus derechos, destruyendo el orden establecido, mediante el cual se estableció la paz.

-      Pertenecer al orden de los profesionales, me autoriza a pretender ser político e intentar gobernar a los demás, en virtud a mi título profesional? Si tengo trato con los demás y conozco sus necesidades, comprendo sus aspiraciones y entiendo sus ideales, mi profesión me autoriza a pretender gobernarlos, pero, si soy un excelente profesional, que jamás se interesó  en política, y de la noche a la mañana se me ilusiona con un cargo público, mi título profesional, no me autoriza para pretender gobernar a los demás, y peor aún, tal despropósito corrompe mi función profesional, pues por vanidad, estoy privando a mis semejantes de un profesional excelente, de un servicio que los demás necesitan y que otra persona no les podrá dispensar. Soy un ser vano e ignorante, que hago mal el gobierno  para el que no estoy capacitado y hago un mal, a los que confiaron en mi talento para resolver sus problemas en determinado orden de cosas.

Esto significa que una vez que me conozco y me ubico en el lugar que me corresponde, puedo comprender para qué sirvo, para qué soy útil para los demás y aceptaré con placentera convicción, en qué engranaje de la creación estoy apto para ejercer mis talentos para no alterar el orden establecido, a fin de no hacer añicos lo que mis ancestros han sacrificado tanto, para lograr.

Hacer añicos, destrozar el orden significa corromper el orden existente sin motivo. Hacerlo por simple vanidad, sin explicar por qué, no es justicia.

Por gracia de Dios, he podido conocer lo que la justicia no es, para comprender lo que la justica sí es. Si conversas con una persona a la que no le has preguntado su nombre, no la conoces. La Biblia enseña -por el contrario- que, si sabes cuál es el nombre de una persona, entonces la conoces. El tema es que si a una persona le preguntas su nombre, se resiente, porque le ofende que no la conozcas -porque los ilusos, creen que todo el mundo los conoce, porque le contestan las necedades que colocan en las redes- y no toma conciencia de la insignificancia de su nombre.

Esta Pandemia Covid 19, nos demostró que la gente desconocida, la gente anónima, la gente insignificante, se hizo dueña del escenario, como profetizó Ortega y Gasset (“La Rebelión de las masas”) y corrompió el régimen político vigente en el Perú, imponiendo el capricho del momento y lograron lo que parecía imposible en una democracia: el gobierno de la minoría sobre las mayorías. Gente que jamás ha tenido vida política, el desborde social, la masa delirante, con una simple revuelta popular, obligó a renunciar al Presidente Constitucional y que el Congreso, bajo el mismo sistema con el que depuso al anterior, designó a un nuevo presidente, que no representa a nadie, ni siquiera a quienes lucían los lemas: “Merino no me representa”, de lo que se infiere que la soberbia de los desconocidos, de los que son poco menos que nada, la arrogancia de los ignorantes es peligrosa, porque nunca se sabe en qué momento desatan su malicia y corrompen o destruyen lo que les es más útil, arrasando de paso, con los bienes ajenos, de personas naturales o jurídicas que tienen domicilio en la ruta de los desadaptados.  

Ese incidente fútil, puso de relieve la insignificancia del gobierno tipo Golbasto Momaren Evlame Gurdilo Shefin Mully Ully Güe, “Delicia y Terror del Universo” y de sus liliputienses gobernados, quienes descontentos con Gulliver, por haber orinado en las habitaciones de la Reyna para salvarla de un incendio, pidieron se condene al salvador de su majestad. Esto es, prefirieron la forma sobre el fondo; la sobonería, la alcahuetería, que el servicio de lo más importante, la vida.

Los peruanitos, que no tienen otra cultura que la que proporciona los titulares de los medios de comunicación, que no tienen profesión, ni oficio, que no trabajan y el aburrimiento que provoca el ocio, lo disipan enviciándose en los comentarios anodinos que se difunden en las redes a través del celular y repiten sin ningún filtro, ni digestión, lo que aparece en el celular, sólo porque es “tendencia”, se sobrepusieron sobre millones de seres acobardados, que se escondieron bajo la cama ante un virus, con mayor razón se escondieron ante una horda de fieras desbocadas.

Los individuos anónimos se concentraron en las plazas y calles de Lima, bajo un solo lema: “Merino no me representa”, dándose ínfulas de gente importante, y como la población en su mayoría, respetó sus derechos a estar en este mundo, ociosos y sin ideas, pero, como la justicia consiste en respetar los derechos de los que no piensan como uno, de los desiguales, nadie los puso en su sitio, nadie les preguntó ¿Quién eres tú, para decidir si el presidente designado por el Congreso te representa o no te representa? ¡Si el Congreso, el Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, las Fuerzas Armadas, los demás gobiernos regionales y demás instituciones del Estado, acatan el cambio de presidente, ¿Quién te crees que eres tú, nn, para decidir que el Presidente nombrado por disposición constitucional, no te representa?

Esa falla en el sistema, esa corrupción de la democracia, esa subversión del orden, en que los engranajes menores su impusieron y ocuparon el lugar de los más grandes, me demostró que la justicia no es encumbrar a los que son menos, al nivel de los que representan algo más. La justicia no es otorgar derechos a quienes imponen sus caprichos por la fuerza. Eso es injusticia. Los peruanos incultos e incivilizados, han pervertido el sentido de las cosas, por lo que es necesario poner de pie, lo que la masa ignorante ha puesto de cabeza.

Analizando el comportamiento de la minoría de peruanos, he llegado a la concepción de la justicia, que fluye de las proposiciones que anteceden.

La justicia, es elemento de la sabiduría y por ende, no es un fin sino un medio, que nos mueve a restablecer la paz (que es el fin perseguido por la justicia), alterada o destruida (corrompida) por quien o quienes se exceden en el uso de sus derechos, destruyendo el orden establecido, mediante el cual se forjó esa paz.

Comparativamente, la justicia viene a ser el lubricante, que facilita un funcionamiento óptimo de todos los engranajes –debidamente ordenados- que conforman la caja de engranajes en que encajan cada uno de los distintos órdenes de una sociedad organizada.

(Los romanos) “conquistaron reinos vecinos y lejanos, todos los que oían su nombre los temían. Nombraban reyes a los que eran de su agrado y derrocaban a quienes no lo eran. Tenían así, un poderío inmenso. 14. A pesar de esto, ninguno de ellos se ciñe la corona, ni se viste de rey, para engrandecerse. 15. Han creado un Senado, donde diariamente deliberan trescientos veinte  hombres. Estos se preocupan del bien del pueblo y del mantenimiento del orden. Cada año eligen a uno que mande sobre ellos y que gobierne el imperio, y todos le obedecen, sin que haya entre ellos envidias o celos”. (Macabeos 8:14)

Esas palabras divinas, nos demuestran que el derecho establece el orden y que la justicia es el imperio de la razón que impele a mantenerlo. Que dentro de ese orden, cada uno ocupa un lugar y que todas las individualidades obedecen a un grupo y cada grupo u orden inferior, se concreta en un grupo de poder, que es el que manda, pero a su vez, tiene que obedecer al que han elegido para que mande sobre ellos, sin envidias ni celos.

En el Perú, a fines del año 2020, sucedió que la masa informe, ignorante, envidiosa y celosa, creídos o pagados de sí mismos, tomaron calles y plazas por la fuerza y corrompieron ese sistema que la Biblia menciona en Macabeos 8:14, que ha funcionado por siglos, y nos impusieron sus caprichos, y reemplazaron al elegido por el Congreso para que mande sobre ellos para asegurar el bienestar del pueblo y el mantenimiento del orden y lo peor de todo, es que ese gobernante nombrado por el Congreso, fue abandonado por los que lo eligieron y se pusieron de lado de la plebe, sin que ese mandatario haya emitido ni una sola ley, que perjudique  el bienestar común, y toda la masa ignorante –que en verdad destruye lo que le es útil- destruyó la democracia y nombró un nuevo presidente, bajo el mismo procedimiento con el que nombró al anterior, e impuso el gobierno de la minoría, ante la complaciente mirada de un pueblo que no sabe que es la democracia.

De esa manera quedó probada la teoría de José Ortega y Gasset, que la masa ignorante se ha hecho dueña del escenario y mandado a las galerías a la gente excelente.

Esa fue la consecuencia del primer gobierno de Alan García Pérez, un pobre ignorante demagogo, que le otorgó el voto obligatorio a los analfabetos, a los que no terminaron sus estudios por flojos, a los imbéciles, consecuencia de una mala alimentados que sufrieron anemia en su primera infancia y a los resentidos sociales, de tal manera que los indisciplinados, los que no pueden determinarse por la consecuencia de sus actos, los renegados, los desubicados, los creídos, los soberbios y los altaneros, se han adueñado de la política nacional, por lo que basta con ingresar bajo el dominio de los narcotraficantes, para comprar la línea editorial de los medios de comunicación, y poner en la vitrina de los posibles candidatos con posibilidades de ser electos para cualquier cargo público, sin tener ni la más remota noción de lo que es democracia, bien común, orden ni justicia, por lo que estamos viviendo en forma práctica, la anarquía, que yo defendía hasta antes de comprobar, con la pandemia Covid 19, que el caos, el desorden, conduce a lo que Hernando de Soto denomina “Estado fallido” y que otros economistas contradicen, alegando que un Estado no falla.

Como soy un hombre de leyes, no puedo adentrarme en esa discusión, limitándome a enunciar lo que dicen profesionales en otro orden, pero, por mi profesión de abogado, mi opinión autorizada en el orden del derecho, me lleva a afirmar que estamos en un Estado caótico, en donde cada quién hace lo que le da su gana, creído o autoreferenciados y autosuficientes, en que cada uno, se coloca su corona de rey, e impone la ley de la Selva, sin aceptar que haya alguien con autoridad, a la que debe someterse, pero viven bajo el lema: “el que puede, puede, y el gobernante elegido por la vía democrática, no me representa. Aquí mando yo. “hoc volo, sic iubeo, sit pro ratione voluntas”.  

Si una persona adinerada, adquiere un terreno en un lugar apartado de Lima, lo denomina “Las Casuarinas” y construye un palacete, tiene legítimo derecho a establecer un orden arquitectónico a su gusto. Si un trabajador, se liquida de su trabajo y con el dinero se compra cinco metros cuadrados en “Las casuarinas”,  construye una choza con totoras y vive en ella, sin muebles, y duerme en el suelo, tiene derecho a hacerlo, pero no se encuentra dentro del orden establecido por los vecinos de dicho lugar selecto. El pobre es libre de vivir y morirse de hambre donde quiera, pero si lo hace con el ánimo de joder, entonces no es un acto ilegítimo, porque los actos innobles no son justos.

El pobre ha cometido una injusticia.

En cambio, si los ricos, construyen un muro, que impide que el camión de recojo de basura, transite por una vía pública, alegando que la basura de los pobres, apesta de manera diferente que la basura de los ricos, con lo que impide que el camión recogedor pueda recoger la basura de un determinado sector del asentamiento humano vecino, eso también es ganas de joder a los demás, convirtiéndose en un acto innoble, que ni el derecho, ni la justicia, pueden amparar.

En este Estado caótico, han llegado algunos venezolanos depredadores, que con mucha suerte logran una tarjeta de crédito, se compran un poderoso equipo de sonido, y durante la noche, ponen música a todo volumen, sin importarle el sueño de los vecinos, sólo para darse el placer de escuchar música, es una injusticia, porque su libertad está basada en el egoísmo, en su propio hedonismo.

Si los vecinos piden que baje el volumen, y salen varios venezolanos invitados a la fiesta, agreden a los que reclaman, con piedras, cuchillos y hasta amenazándolos con armas de fuego, eso es una injusticia, basada en el uso de la fuerza. En tal caso, es legítimo que los vecinos exijan al gobierno que se deporte a los vecinos molestos  a su país.

Con estos ejemplos, echo por tierra las teorías de quienes afirman que la justicia busca la felicidad. Porque el proletario que construye su choza en Las Casuarinas, se siente feliz, jodiendo la paz de los ricos. Inversamente, si los ricos,  en represalia, levantan un muro que impide a los pobres pasar por sus residencias, con el agravante que el muro impide que el camión recogedor de basura, transite por ese lugar, todos se sienten felices, pero no es accionar de hombres justos. Igualmente, los venezolanos depredadores se sienten felices escuchando música estridente y bailando en la calzada, pero en todos los casos, su felicidad rompe el orden establecido y destruye la paz.

Con esto queda demostrado que lo que busca el hombre justo, es el restablecimiento de la paz, para cuya finalidad, se exige a cada uno, que viva honestamente, esto es, sin joder la paz de nadie. No hacer daño a nadie, esto es no alterar el orden establecido por puro egoísmo o vanidad y dar a cada uno lo que le corresponde, esto es, así como goza de respeto por su derecho a ser diferente a los demás, de la misma manera está en la obligación de respetar el derecho de los que ni piensan ni sientes como él, a gozar de su derecho a ser diferente, de tal manera que no se rompa la armonía que existe entre seres diferentes. Ese y no otro es el mandamiento de Cristo, “amar a Dios, sobre todas las cosas y al prójimo, como a uno mismo”. Y en tal sentido, es entendible lo que se afirma en el Salmo 82:13. “Los dejé que siguieran sus caprichos, y que anduvieran como ellos quisieran”, que explica por qué la masa ignorante, hace sus caprichos y andan en la oscuridad, haciendo creer que caminan en senderos correctos y llenos de luz, cuando en realidad viven en tinieblas y caminan por senderos equivocados, sin ningún respeto por los derechos de los demás. Eso se llama arbitrariedad y no justicia.