CASO N°
2106094501-2021-2944-0
FISCAL
RESPONSASBLE JULISSAS DEL ROSARIO DIAZ PECHO
SUMILLA: ELEVACIÓN
DE ACTUADOS.
AL 3er
DESPACHO DE LA I FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE PISCO
PAUL
GUSTAVO LISMA CAMACHO, en mi denuncia de parte contra LUIS PACHECO, un sujeto que dijo ser su
representante del señor LUIS ANTHONY PACHECO PORTAL, LUIS CHRISTIAN FERNÁNDEZ
MARTÍNEZ, el COMISARIO de la Comisaría PNP de Paracas y 5 sujetos desconocidos,
por delito CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, USURPACIÓN de
la POSESIÓN, el robo de los palos y alambres que cercaban el perímetro de dicha
posesión, que se robaron con el objeto de que no quede huella de los linderos y
delito de ABUSO DE AUTORIDAD, en mi agravio, dice:
Que, habiendo sido notificado el 6 de los
corrientes, con la Disposición N° 1 de NO HA LUGAR A FORMULAR NI CONTINUAR CON
LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA, al amparo de lo dispuesto en el artículo 334°
numeral 5) del NCPP, pide la ELEVACIÓN DE ACTUADOS, en donde espero lograr su
nulidad, por los siguientes fundamentos:
1.- La Fiscal no se ha pronunciado sobre todos
los extremos de mi denuncia para dejar en la impunidad a los autores del delito
tergiversando la verdad con tal propósito.
1.1 No es verdad que no existan medios
probatorios que acreditan la comisión de los delitos denunciados, pues oportunamente
ofrecí los siguientes medios probatorios, sobre los que no existe
pronunciamiento:
1.1.1 Luego que presté mi declaración con fecha
29 de Abril de 2022, presté los medios de prueba que tengo en mi poder,
solicitando se anexe a la carpeta:
“1.- Solicitud ingresada en la Municipalidad
Distrital de Paracas, solicitando inscripción como contribuyente del área
adquirida por contrato de compra venta de fecha 30-12-2011, con objeto de
probar que inicié un trámite administrativo y que tengo documento mediante el
cual se me transfiere la posesión del lote sub materia”.
“2.- FUT, del 4 de Junio de 2021, expediente N°
764-2021-SGGD, solicito se ordene me entregue el certificado de posesión anexando el plano que corresponde al predio, con objeto
de probar que tengo trámite administrativo N° 764-2021, en la sub gerencia de
gestión documentaria, del cual no tengo
respuesta alguna y más bien han desaparecido dolosamente el plano que se
menciona en dicho FUT.” Con lo que se acredita el ABUSO DE AUTORIDAD,
mediante un acuerdo de voluntades delictivas, que la fiscal no quiere ver.
“3.- Solicitud que ingresó en la Municipalidad
Distrital de Paracas, con fecha 18 de Junio de 2021, haciendo constar que con
expediente 427 de fecha 19 de marzo de 2021, pretendiendo se me inscriba como
nuevo contribuyente, que fuera rechazada debido a que el subgerente de rentas
exigía certificado de posesión, con objeto de acreditar la resistencia de la
Municipalidad de Paracas, en resolver mi solicitud”, con lo que se acredita el
abuso de autoridad por OMISIÓN DE DEBERES DE FUNCIÓN previstos en el artículo
2° numerales 5) y 20) de la Constitución y Ley 27806, que deja en evidencia la
conspiración de los denunciados, para burlarse del ciudadano, lo que es la
causa fundamental por la cual el pueblo está harto de sus autoridades y pide
que se vayan todos, por inútiles para la función pública a la que han accedido
por favores políticos y no por propios méritos.
“4.- Solicitud que ingresó en la Municipalidad
Distrital de Paracas, con fecha 30 de Junio de 2021, con Código
N°1379-2021-SGGD, poniendo en conocimiento de la Alcaldesa el desalojo y sustracción del módulo de madera en que pernoctaba con mi
familia, y solicitando una cita para exponerle mi situación, con objeto de
probar que dentro del procedimiento administrativo se me ha denegado todo tipo
de justicia, por lo que estoy legitimado para intentar, en esta vía penal, que
se me haga justicia”. Lo cual ni fue respondido por las autoridades
administrativas, ni investigado por el M.P. con lo que demuestro que soy
víctima de una conspiración de las autoridades y de los fiscales, para
despojarme de la posesión que aún ostento –gracias a Dios- por lo que doy la
razón a los ciudadanos que tienen el coraje de protestar en la misma proporción
en que las autoridades nos hacen víctimas del abuso de poder y de autoridad en
agravio de quienes no tenemos influencias ni dinero para que se nos haga
justicia.
“5.- Solicitud que ingresó en la Municipalidad
Distrital de Paracas, con fecha 20 de Julio de 2021, con el código N°
1580-2021-SGGD; precisando mi solicitud de Certificado de posesión e información sobre incidente y solicitando
el resarcimiento del daño causado y solicitando la inscripción como
contribuyente, tomando como referencia los expedientes administrativo N°
000764-2021 y N° 427-2021, con objeto de probar la violación de los deberes de
función, que impone la Ley N° 27444, del Procedimiento Administrativo General,
cuyo TUO fue aprobado por D.S. N° 004-2019-JUS, que me legitima para pretender alcanzar justicia en
esta vía.”, lo que no ha sido atendido ni por las autoridades en la vía
administrativa, ni sometido a prueba por la fiscal responsable, por lo que no
me cabe duda que existe una conspiración de mala fe, en mi contra, para impedir
que pueda construir mi vivienda en el terreno que poseo y del cual los
denunciados esperaban adueñarse para su beneficio personal.
“6.- Fotocopia de la RESOLUCIÓN DE GERENCIA N°
067-2021-GAT/MDP, sin fecha de expedición, dando respuesta al Código no
previsto en el TUPA N° 01256
(16.06.2021) y N° 0427 (19.03.2021), con objeto de probar el abuso del derecho
en mi agravio, al resolverse en contra de los principios del derecho
administrativo, dispuestos en el artículo IV del Título Preliminar del D.S. N°
004-2019-JUS, por lo que tengo legítimo derecho en recurrir a esta vía, para
que se me haga justicia, por negativa a inscribirme como nuevo contribuyente
(art. primero) y por la remisión a la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES
ESTATALES, para que intervenga el procurador público en contra de mi posesión
(art. segundo)”, lo que fue una farsa porque no existe ningún trámite en dicha
superintendencia, lo que ni siquiera ha merecido la intención de investigar por
parte del M.P., lo que pone de manifiesto el desprecio de todas las
autoridades, en agravio de los más pobres de este país, por lo que la mayoría de
la población nos sentimos dominados por la corrupción de quienes nos gobiernan.
“7.- Fotocopia de la solicitud dirigido a la
Alcaldesa de la Municipalidad de Paracas, con fecha 7 de setiembre de 2021, con
Código N° 2064-2021-SGGD, dando respuesta a la RESOLUCIÓN DE GERENCIA N°
067-2021-GAT/MDP, sin fecha, haciendo constar que el INFORME N°
351-2021-SGFM-GAT/MDP, es falso, porque antes
fuimos despojados por parte de SERENAZGO de la citada municipalidad, con apoyo
de la PNP, se llevaron mi módulo que estaba instalado en mi terreno, ubicado en
la Av. Los Libertadores manzana A, lote 2, Paracas y solicitando se me
reciba para cumplir con el pago del impuesto predial municipal. En el párrafo
siguiente solicité la DEVOLUCIÓN DEL MÓDULO, MIS PERTENENCIAS QUE HABÍAN DENTRO DEL MÓDULO Y EL PAGO DE S/. 3,500.00
por concepto de daños y perjuicios que a dicha fecha (7 de setiembre de 2021)
aún no me daban respuesta, con objeto de probar el abuso de autoridad en mi
contra.” con lo que acredito el ABUSO DE PODER y de AUTORIDAD en mi agravio,
que la fiscal ni siquiera se ha preocupado en verificar, con lo que está
probado la violación de la tutela procesal efectiva y el debido proceso en mi
contra.
“8.- Fotocopia de la CARTA N° 110-2021-GAT/MDP,
de fecha 26 de octubre de 2021, que se dirigió a mi persona, con el Asunto.
“Inscripción como nuevo contribuyente”, referido al expediente N° 1310-2021-
(22 de setiembre de 2021) afirmando que mi solicitud ha sido atendida a través
de la Resolución Gerencial N° 067-2021-GAT/MDP, recibida con fecha 22 de julo
de 2021, que al no haber sido impugnada quedó consentida, con objeto de probar
que mediante una resolución engañosa, sin fecha, se pretende haber dado
respuesta a mis solicitudes que constan en
los medios de prueba ofrecidos, desde el número 1, hasta el número 5,
siendo imposible que pueda haber dado respuesta al medio de prueba que ofrecí en este escrito con el
número 7.” Que no ha merecido ningún acto de investigación por parte de la
fiscalía, con lo que demuestro la violación de la tutela procesal efectiva y el
debido proceso por parte del M.P. por lo
que solicito la elevación de actuados.
“9.- Fotocopia de la APELACIÓN, que presenté en
contra de la CARTA N°110-2021-GAT/MDP, de fecha 26 de octubre de 2021, con objeto de probar las razones por
las cuales dicha carta viola el debido procedimiento administrativo”, recurso
impugnativo que hasta la fecha no ha sido respondido, con lo que se demuestra
el ABUSO DE AUTORIDAD EN MI CONTRA, que la fiscal responsable ni siquiera se ha
molestado en investigar, con lo que se demuestra la conspiración entre
autoridades y M.P. para ignorar mi existencia y despojarme de la posesión que
aún ostento por gracia de Dios, lo que justifica que estemos hastiados de
tantas injusticias y esperemos con ansiedad que se vayan todos, por ser
inútiles para los propósitos para los cuales fueron creados y por tal motivo
muchos quieren una nueva Constitución en la cual sí, seamos respetados y no
sojuzgados al poder de los que tienen plata, influencias o un cargo público.
Los medios probatorios mencionados ya se
encuentran en la carpeta fiscal. De otro lado la fiscal pretende que los
recibos o boletas de compra de los materiales que demuestran mi posesión los
guarde en el bolsillo para cuando ella quiera, sin tomar en consideración que
cuando se robaron el modulo, se robaron todo, lo que incluye papeles, menaje
del hogar y rastros antiguos de la posesión, y en consecuencia me veo obligado
a presentar los siguientes anexos:
ANEXO para los efectos de probar la falsedad de la
disposición fiscal, los siguientes documentos, que he logrado obtener con
posterioridad a la entrega de la notificación de la disposición que vengo en
impugnar:
1.- Foto del módulo en color azul, ubicado en
el predio, con objeto de probar su existencia.
2.- Foto del momento en que policías y serenos
desrman los palos que cercan el predio en posesión, con objeto de probar que se
robaron todo para que no queden huellas de su existencia, contando con la
posibilidad que la fiscal crea que no existen los palos y los alambres como es
su propósito.
3.- Foto de los 5 serenos desconocidos que se
introdujeron en mi posesión, cuando salí para hacer mi trabajo y que logré
sorprender a mi retorno por llamado de un vecino, con lo que puebo que soy
víctima de una conspiración de autoridades, para despojarme de mi posesión,
robándose mis pertenencias, para que no quede huella que existió tal posesión y
que no presenté antes, porque confié en que los fiscales eran imparciales y que
no se coludían con las autoridades en contra de los ciudadanos que no tienen
dinero ni influencias.
4.- Foto de los sujetos que se introdujeron en
mi posesión, con la vista del cerco vivo que rodea el sur de mi posesión, con
objeto de probar que es verdad que fui despojado y que por número de los
agresores, no fue posible que impida que se roben mis pertenencias, con lo que
demuestro la negligencia de la fiscal para realizar las investigaciones
conforme disponer el D. Leg. 52, en defensa de la legalidad y el orden público.
5.- Foto de la camioneta de serenazgo, de placa
de rodaje N° EUF-486, en la que se aprecia el robo de los palos y alambres de púas
con el que estaba cercada mi posesión, con objeto de probar que los serenos de
la Municipalidad Distrital de Paracas, por órdenes de los denunciados, se
robaron todos los medios de prueba, que acreditaban mi posesión, y que a su vez
deja en evidencia el abuso de autoridad por omisión de sus funciones por parte
del comisario de la Comisaría PNP de Paracas, que no quiso aceptar mi denuncia,
con lo que se deja en evidencia la conspiración entre las autoridades para
despojarme y también deja en evidencia que es falso que haya un gobierno
democrático y la obligación del pueblo de defender una Constitución falsa, que
lo que promociona es un estado policíaco y la corrupción, en contra de los más
humildes y sojuzgados, por lo que la fiscal responsable ha dejado en la
impunidad a las autoridades civiles y policiales, en mi agravio, lo que me
legitima para pedir la elevación de actuados.
6.-Otra foto en que se aprecia la camioneta de
serenazgo, de placa de rodaje N° EUF-486, en la que se aprecia el robo de los
palos y alambres de púas que cercan la parte de delante de la posesión, con objeto
de probar la impunidad en que se quiere dejar a las autoridades corruptas que
robaron el cerco perimétrico y el módulo de vivienda, con el fin de despojarme
sin que quede evidencia de mi posesión, a la que se somete la fiscal, por
negligencia en el desempeño de sus funciones, para dejar en la impunidad de los
denunciados.
7.- El informe que se solicitará a la Comisaría
PNP del distrito Paracas, CONFORME
SOLICITÉ EN MI ESCRITO DE DENUCIA, para que informe por qué no se
aceptó la denuncia presentada por el agraviado Paul Gustavo Lisma Camacho, el
día domingo 7 de noviembre de 2021, con el fin de acreditar la violencia que se
ha ejercido sobre su persona y los bienes usurpados y los bienes robados en la
manzana A, lote 2, Av. Los Libertadores, El Golf, Paracas.” Que la fiscal NO
ACTUÓ POR INTERÉS PERSONAL, dejando en evidencia la CONSPIRACIÓN EN CONTRA DE
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, que practican los fiscales y las autoridades y funcionarios
públicos, para perjudicar a los más humildes y sin influencias, que creíamos
que los gobernantes eran gente que vivía honestamente, no hacía daño a nadie y
le daba a cada quien lo que le corresponde, pero la realidad, como en este
caso, demuestra que todo era mentira, que nada es verdad, que al mundo nada le
importa, que al que se considera un gran señor no es más que un ladrón, como
dice el tango YIRA.,
8.- Fotocopia de la solicitud de copias simples
del cuaderno, que ingresó con fecha 2 de diciembre del año 2021, con el anexo
de pago por 50 copias simples, emitido por el Banco de la Nación, con lo que
demuestro que el M.P: no actúa con imparcialidad, sino que se presta para dejar
en la impunidad a las autoridades y funcionarios públicos, lo que a su vez deja
en evidencia que la única que ha denunciado a un funcionario en ejercicio de
sus funciones es la Fiscal de la Nación, por lo que o es un gesto político ese
acto excepcional del M.P. o la fiscal ve la paja en Palacio de Gobierno, pero
no el bosque de ramas podridas debajo del despacho de la F.S. M.P. en que los
fiscales se coluden con las autoridades corruptas, para dejarlas en la
impunidad, cualquiera que sea el delito que cometen.
POR LO EXPUESTO:
A la fiscal responsable pido admitir la presente y
elevar los actuados ante el superior, donde espero alcanzar justicia.
Pisco, 13 de enero
de 2023
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