lunes, 24 de octubre de 2016

MODELO OFRECIMIENTO PRUEBAS EXTEMPORANEAS LABORAL NCPL.

EXPEDIENTE Nº  00206-2016-0-1408-JR-LA-01
ESPECIALISTA: Dra. GINA INGRID VALDIVIESO MORON.
ESCRITO Nº 02
SUMILLA: OFRECE MEDIO PROBATORIO EXTEMPORÁNEO.

AL JUZGADO DE TRABAJO - SEDE CHINCHA

PEDRO JULIO ROCCA LEON apoderado de AGRICOLA JESUS S.A.C en los autos sobre pago de beneficios sociales interpuesto por CARLOS ENRIQUE MOLINA CHAVEZ, digo:
Que habiéndose incorporado medios probatorios de oficio, en la audiencia de juzgamiento del día 20 de los corrientes, las mismas que fueron actuadas de inmediato, sin aplicar lo dispuesto en el artículo 22º de la Nueva Ley Procesal Laboral, al amparo del artículo 429º del C.P.C. me veo precisado a presentar medios probatorios extemporáneos, a fin que no se cometa una injusticia, valorando medios probatorios sin que se verifique su legalidad, como paso a fundamentar:
En la audiencia apareció, al término de la actuación de pruebas, documentos presentados por el juzgado para incorporarlos al proceso, sin previa comunicación a las partes para que puedan contradecirlas, como se aprecia en la parte final del rubro III ETAPA DE LOS ALEGATOS FINALES DE CLAUSURA: “Es este estado el juzgado pone a la vista de las partes por unos minutos las planillas electrónicas de los años 2007 al 2016, las que serán incorporadas al proceso” apareciendo en los mismos, a instancias de la parte demandante, que las boletas de pago tenían como régimen laboral, el D.L. 728, lo que contradice los medios probatorios legalmente obtenidos y ofrecidos por mi parte al absolver el traslado de la demanda, de lo que se infiere que alguien está faltando a la verdad, lo que amerita que se realice una investigación formal, a fin de determinar cuáles son los documentos valederos que se tendrán en consideración al emitir sentencia, por lo que ofrezco como medio probatorio extemporáneo, la copia de la FICHA RUC Nº 20452623243, que corresponde a la empresa AGRÍCOLA JESUS S.A.C., firmada y sellada por personal de la SUNAT de Chincha, con fecha 20 de octubre de 2016, a horas 12.48 p.m., esto es, después que terminó la audiencia de juzgamiento, a fin de acreditar con documento verídico y de fecha cierta que, la empresa AGRÍCOLA JESUS S.A.C. realiza sus operaciones bajo el régimen de la LEY DE PROMOCIÓN DEL SECTOR AGRARIO Nº 27360, desde el año 2005, recordándole que la citada ley tiene vigencia hasta el año 2021, como así está dispuesto en el artículo 3º de la citada Ley.
OTROSI DIGO: Que, por convenir a los intereses de mi poderdante, pido se sirva proporcionarme copia de los audios de las audiencias realizadas en este proceso, la copia de los documentos que fueron presentados en la audiencia de juzgamiento: planillas electrónicas de los años 2007 al 2016, que se ha incorporado al proceso, sin notificarnos con las copias atinentes.
POR LO EXPUESTO:
Al juzgado pido se sirva disponer como solicito.
ANEXOS:
2.A Cedulas de notificación.
2.B copia de la FICHA RUC Nº 20452623243, que corresponde a la empresa AGRÍCOLA JESUS S.A.C., firmada y sellada por personal de la SUNAT de Chincha, con fecha 20 de octubre de 2016.

Chincha, 21 de octubre de 2016.

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