miércoles, 11 de diciembre de 2013

MODELO NULIDAD DE ACTOS PROCESALES CUANDO JUEZ ES MALO Y NO SABE QUÉ ES LA JUSTICIA

EXPEDIENTE Nº  2013-785-PJPLP/SB
SECRETARÍA DR. JOSÉ HERNÁNDEZ MEDINA
ESCRITO Nº 01
SUMILLA: APERSONA Y PIDE NULIDAD DE ACTOS PROCESALES

AL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE PISCO.
ALDO EMILIO RÍOS CHÁVEZ, con D.N.I. Nº 22283334, y domicilio en Av. San Martín de Porras, manzana A, lote 5, Campo Verde, Pueblo Joven San Miguel, Pisco, en los autos sobre alimentos que tiene como demandante a doña JESSICA INÉS LUQUE CHUMBES, con respeto dice:
Que, habiendo sufrido un descuento arbitrario de mis remuneraciones, y sufrido despido  por parte de mi empleador, por el problema de alimentos en que se me ha comprometido, sin perjuicio de las acciones legales por abuso del derecho y correspondiente indemnización, me apersono a su Despacho, señalando domicilio procesal en la calle Fermín Tangüis Nº 106, Pisco, donde tiene su oficina mi abogado defensor PEDRO JULIO ROCCA LEÓN, con dicho domicilio, a quien, de conformidad con lo que dispone el artículo 80º del C.P.C. otorgo las facultades generales de representación a que se refiere el Artículo 74, designando el domicilio personal como está escrito y con mi declaración expresa de estar instruido de la representación que otorga y de sus alcances, inclusive con las facultades que concede el artículo 290º del T.U.O. de la Ley Orgánica de155l Poder Judicial, para que pueda interponer recursos impugnativos en mi nombre, sin necesidad de mi firma y estando a que jamás se me ha notificado acto procesal alguno, al amparo del artículo 171 y siguientes del C.P.C.  PIDO LA NULIDAD DE ACTOS PROCESALES, DESDE LA RESOLUCIÓN Nº 1 EN ADELANTE, por los siguientes fundamentos:
FUNDAMENTOS DE HECHO: Como está sobradamente acreditado en autos, la demanda y siguientes actos procesales han sido dejadas en un domicilio diferente al mío, distante a más de quince kilómetros,  por lo que se ha violado el artículo 155º del C.P.C. por lo que no he podido tomar conocimiento del contenido de las resoluciones judiciales, confirmando la hipótesis que contiene dicha norma procesal, que tiene carácter imperativo, por lo que al haberse violado una norma imperativa, opera en mi favor lo que dispone el artículo 171º del citado Código.
Como quiera que he sido perjudicado con los actos procesales nulos, de los cuales me he venido a enterar cuando se me descontó de mis remuneraciones una cantidad de dinero que casi alcanza el 50% de mis remuneraciones netas, opera en mi favor el artículo  174º del C.P.C.; estando probado que en este proceso, se me ha perjudicado  con el acto procesal viciado (no entregarme la notificación para enterarme de las resoluciones) de lo que fluye la mala fe y temeridad procesal, para IMPEDIR QUE PUEDA DEFENDERME EN JUICIO, y al haber sido despedido por la empresa, Techint, porque la Transnacional no admite ningún tipo de problemas de parte de sus trabajadores, acredito interés propio y específico con relación a su pedido. 
FUNDAMENTOS DE DERECHO: Se ha violado las siguientes normas:
Artículo I del Título Preliminar del C.C. constando que se ha violado mi derecho a la tutela jurisdiccional efectiva para la defensa de mis derechos, con sujeción a un debido proceso.
Artículo III del Título Preliminar del C.C. constando que el Juez ha ignorado que la finalidad concreta del proceso es resolver un conflicto de intereses, haciendo efectivos los derechos sustanciales, y que su finalidad abstracta es lograr la paz social en justicia.
Artículo IX. del Título Preliminar del C.C. que ha sido ignorado por el juez, desconociendo que las normas procesales son de carácter imperativo y que las formalidades previstas en el C.P.C son imperativas.
Artículo  3 del Título Preliminar del C.C. que ha sido ignorados por el juez omitiendo que los derechos de acción y contradicción en materia procesal civil no admiten limitación ni restricción para su ejercicio.
Artículo 33 del Título Preliminar del C.C. que ha sido ignorado por el juez, que no sabe o no quiere saber que “El domicilio se constituye por la residencia habitual de la persona en un lugar.” Y la demandante sabe dónde es que tengo mi domicilio, por lo que es evidente que ha obrado de mala fe.
Como quiera que el artículo  V del Título Preliminar del C.C. dispone que “Es nulo el acto jurídico contrario a las leyes que interesan al  orden público o a las buenas costumbres.” Y que las normas violadas tienen carácter imperativo, entonces es evidente que el proceso está viciado de nulidad, por lo que se debe declarar la nulidad de todos los actos procesales, contrarios a derecho.
MEDIOS PROBATORIOS: Ofrezco el mérito de los siguientes:
1.- Original de BOLETA DE PAGO, expedida por mi ex empleador TECHINT S.A.C que corresponde a la segunda quincena de noviembre de 2013, pagada el 4 de diciembre de 2013, con objeto de probar que se me ha efectuado DESCUENTO JUDICIAL por S/. 451.00 que corresponde al proceso signado con expediente Nº 2013-785-SB y por cuya causa he sido despedido, con lo que también demuestro el perjuicio ocasionado.
2.- Recibo de agua con objeto de demostrar cuál es el lugar de mi residencia, que no corresponde al lugar donde se han efectuado todas las notificaciones del presente proceso.
POR LO EXPUESTO:
Al juzgado pido declarar la NULIDAD DE ACTOS PROCESALES.
ANEXOS:
1.A COMPROBANTE DE PAGO ARANCEL POR NULIDAD DE ACTOS PROCESALES,
1.B Original de BOLETA DE PAGO, expedida por mi ex empleador TECHINT S.A.C que corresponde a la segunda quincena de noviembre de 2013, pagada el 4 de diciembre de 2013.
1.C Recibo de agua expedido por EMAPISCO, donde consta mi domicilio real.
1.D Comprobante de pago por cédulas de notificación.
1.E Fotocopia de mi DNI.

Pisco, 10 de diciembre de 2013.

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