CARPETA FISCAL S/N
SUMILLA:
DENUNCIA DELITO
A LA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE PISCO..
JOSEFINA TERESA VELÁSQUEZ GIRAO DE ESCALANTE con D.N.I.
N° 22262630, con domicilio en Urbanización Pesca Perú, manzana U lote 19 del
distrito y provincia de Pisco, región Ica, celular 956808089, Correo pedrojuliorocaleon@gmail.com
señalando domicilio procesal en la calle Doctor Zúñiga N° 275, Pisco, celular
956562429, con respeto, dice:
Que, en mi condición de víctima de la corrupción de las
autoridades, coludidos con traficantes de terrenos, presento denuncia penal,
contra el comandante de la PNP de la provincia de Pisco Comandante PNP Alex Fredy Escalante Salazar con
domicilio en la calle San Francisco N°
139, Pisco y los que resulten responsables, por delito de USURPACIÓN
AGRAVADA, en mi agravio y de los vecinos de la urbanización Pesca Perú,
conforme paso a fundamentar:
1.- FUNDAMENTOS DE HECHO DE LA DENUNCIA POR USURPACIÓN.
1.1 El día jueves 22 de septiembre de 2022, a horas
9.00 de la mañana, de pronto los vecinos de la urbanización Pesca Perú, de la
provincia de Pisco fuimos sorprendidos por un operativo policial con un muy
numeroso número de policías, serenazgo, y gente de mala catadura, desconocidos
por nosotros, posiblemente traídos del Callao, rodeando el perímetro de
nuestras viviendas, y cuando pedíamos se nos informe de lo que estaba pasando,
nos repelieron, nos golpearon con los escudos, nos golpearon con los palos que
llevan y nos sacaron del lugar en donde tenemos las viviendas, procediendo a
romper los linderos de mi terreno, que vengo ocupando y conduciendo pacífica,
pública y legalmente, desde el año 1984, sin problemas con ninguna persona, por
lo que vivo honestamente, no hago daño a nadie y nunca toco lo que no es mío,
vale decir, soy una persona justa, por lo que me sorprende e indigna que
estemos bajo un sistema de gobierno despótico, que no respeta los DD.HH. y se
impone el abuso por encima del imperio de la Ley, lo que me legitima para
presentar mi denuncia por el delito de usurpación agrava ante esta fiscalía,
por ser la autoridad designada por la ley, para defender los intereses públicos
y la legalidad.
1.2 El Comisaria PNP Sectorial Pisco Comandante PNP Alex Fredy Escalante
Salazar sabe perfectamente que estamos en una República democrática y social y
que la Comisaría PNP de Pisco, es una Institución del Estado que tiene
como función garantizar, mantener y restablecer el orden interno, prestar
protección y ayuda a las personas y a la comunidad,
garantizar el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y
privado, prevenir,
investigar y combatir la delincuencia; entre otras funciones, lo cual ha sido
violado arbitrariamente, para imponer su propio capricho y los intereses
personales de terceros, para violar el sistema jurídico de la provincia y la
seguridad del patrimonio público y privado, destruyendo los linderos de la
propiedad privada y ocupado el espacio que corresponde a las pistas y veredas,
en beneficio de terceros, lo cual, obviamente no es gratuito, pues ninguna
autoridad inteligente pondría en riesgo su cargo, para violar sus funciones,
sin percibir alguna ventaja económica a cambio, por lo que el Fiscal
responsable deberá investigar imparcialmente, respetando los plazos procesales,
o sería parte de la corrupción imperante.
MEDIOS PROBATORIOS OFRECIDOS
Como medio probatorio de las tropelías del comandante
provincial de la PNP, presento
1.- Copia del Registro de mi propiedad, Registrada en
la PARTIDA N° 02007485 de los Registros
Públicos de Pisco.
2.- Un total de cinco fotos, en las que se aprecia el
MOMENTO en que se produjo el vandalismo
de la PNP a mando del comandante policial denunciado, que deja en evidencia el
delito de usurpación.
2.- FUNDAMENTOS DE DERECHO:
2.1 Invoco a mi favor
el artículo 376° del C.P, que define el ABUSO DE AUTORIDAD, “El funcionario público que, abusando de sus atribuciones, comete
u ordena un acto arbitrario que cause perjuicio a alguien será reprimido con
pena priva tiva de libertad no mayor de tres años."
2.2.Invoco el artículo 376-B del Código Penal que
reprime el Otorgamiento ilegítimo de derechos sobre inmuebles: ““El funcionario público que, en violación de sus atribuciones u
obligaciones, otorga ilegítimamente derechos de posesión o emite títulos de
propiedad sobre bienes de dominio público o bienes de dominio privado estatal,
o bienes inmuebles de propiedad privada, sin cumplir con los requisitos
establecidos por la normatividad vigente, será reprimido con pena privativa de
libertad, no menor de cuatro ni mayor de seis años. Si el derecho de posesión o
título de propiedad se otorga a personas que ilegalmente ocupan o usurpan los
bienes inmuebles referidos en el primer párrafo, la pena privativa de libertad
será no menor de cinco ni mayor de ocho años,”
2.3 Invoco el artículo 202° del Código Penal, que
reprime el delito de USURPACIÓN en los incisos 1), 2) y 3) de la ley penal
citada, con la agravante de haber sido cometido usando armas de fuego de la
PNP, con la intervención de dos o más personas, sobre inmuebles reservados para
fines habitacionales, afectando la libre circulación en vías de comunicación, abusando
de su condición o cargo de funcionario, servidor público, sobre derechos de vía
que reprime el artículo 204°, en casi su totalidad, del Código Penal.
3.- MEDIOS PROBATORIOS OFRECIDOS
Como medio probatorio de las tropelías del comandante
provincial de la PNP, presento
1.- Copia del Registro de mi propiedad, Registrada en
la PARTIDA N° 02007485 de los Registros
Públicos de Pisco.
2.- Fotostática
de la memoria descriptiva del inmueble de mi propiedad.
3.- Un total de cinco fotos, en las que se aprecia el
MOMENTO en que se produjo el vandalismo
de la PNP a mando del comandante policial denunciado, que deja en evidencia el
delito de usurpación.
POR LO
EXPUESTO:
Al señor fiscal,
pido admitir la presente denuncia.
ANEXOS:
1.- Fotocopia de la PARTIDA N° 02007485 de los Registros Públicos de Pisco.
2.- Fotostática de la memoria descriptiva del inmueble
de mi propiedad.
3.- Un total de cinco fotos, en las que se aprecia el
MOMENTO en que se produjo el vandalismo
de la PNP.
4.- Fotocopia de mi D.N.I.
Pisco, 28 de setiembre de
2022.
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